El dictamen permite el retiro de hasta 4 UIT del fondo de pensiones de las AFP. | Foto: Andina
El dictamen permite el retiro de hasta 4 UIT del fondo de pensiones de las AFP. | Foto: Andina
Redacción EC

El pasado 4 de mayo, el pleno del Congreso aprobó, con 107 votos a favor, la ley que permite el retiro de hasta 4 UIT, equivalentes a 18.400 soles, para todos los afiliados a las . Sin embargo, antes de ejecutar el dictamen, faltaba la validación del Ejecutivo. Dicho esto, tras varios días de incertidumbre, el presidente Pedro Castillo avaló la autógrafa el pasado viernes 20 de mayo.

Ahora bien, mientras se espera el anuncio del cronograma del sexto retiro AFP, resolvemos las siguientes interrogantes:

QUIÉNES COBRAR EL RETIRO DE HASTA 4 UIT DE LAS AFP

La propuesta elaborada por la Comisión de Economía y aprobada el 12 de abril por la misma, plantea que todos los afiliados, sean aportantes activos o no, puedan retirar su dinero del fondo.

Este detalle marca una diferencia con el dictamen aprobado en la Comisión de Trabajo, que establecía el mismo monto de retiro, pero solo en los casos de las personas que no cuenten con tres meses consecutivos de aportes al sistema.

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CUÁNDO SE PODRÁ RETIRAR HASTA 18,400 SOLES

Tras oficializarse el desembolso en el diario El Peruano, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) tiene, como máximo, 15 días útiles para sacar un cronograma que indique en qué plazos se realizará el retiro de la AFP.

No obstante, si bien aun o se conocen las fechas exactas de desembolso, la propuesta establece que dicho retiro se realice en tres partes de la siguiente manera:

  • Primera parte: Una UIT (S/ 4,600) 30 días después de computada la solicitud.
  • Segunda parte: Una UIT (S/ 4,600) 30 días después de la entrega del primer monto.
  • Tercera parte: Dos UIT (S/ 9,200) 30 días después de la segunda entrega.

CÓMO PUEDO RELLENAR LA SOLICITUD PARA COBRAR EL RETIRO AFP

El retiro extraordinario de los fondos se realiza de la siguiente manera:

  • Los afiliados presentan su solicitud de forma remota, virtual o presencial, y por única vez, dentro de los 90 días calendario posteriores a la vigencia del reglamento de la presente Ley.
  • Se abonará hasta 1 UIT cada 30 días calendario, realizándose el primer desembolso a los 30 días calendario de presentada la solicitud ante la administradora privada de fondos de pensiones a la que pertenezca el afiliado. Ello es aplicable hasta el segundo desembolso y el resto será entregado en el tercero.
  • En el caso de que el afiliado desee dejar de retirar los fondos de su cuenta individual de capitalización, podrá solicitarlo por única vez a la administradora privada de fondos de pensiones 10 días calendario antes del desembolso.
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¿CÓMO SABER EN QUÉ AFP ESTOY?

  • Entra a la web y llena los datos que te soliciten.
  • Escoge la opción para buscar por DNI o nombres y apellidos. Llena los campos y haz clic en “buscar”.
  • Finalmente, la aplicación de la SBS te mostrará la AFP a la que aportas y el tipo de comisión que te cobran.

¿CÓMO REVISAR EL ESTADO DE CUENTA DE MI AFP?

Puedes realizar la consulta directamente de la página web de la AFP a la que pertenezcas: