Josefina Miró Quesada

Entre el 2016 y el 2017 la policía de Tránsito impuso 1’200.000 papeletas solo en Lima. ¿Usted notó algún cambio en las pistas?
Desde la imposición de una papeleta pueden pasar 4 años sin que esta sanción se haga efectiva. La ley permite presentar descargos, reconsideraciones, apelaciones y otros recursos hasta que la multa prescriba. Estos derechos son invocados para disfrazar artimañas legales. ¿El resultado? Sanciones que no sancionan, menos aún disuaden.

“Es muy frustrante ver que en el registro de infracciones varias aparecen bajo reclamo”, cuenta el coronel de la Policía Nacional del Perú, Franklin Barreto. El problema no está en la imposición de papeletas sino en el cobro. Esta función le corresponde al Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la Municipalidad de Lima. Es esta institución la que se ve afectada por las distintas argucias de los infractores para no pagar .

-Recursos para no pagar-
Cuando un policía (o una cámara, en el caso de las fotopapeletas) impone una papeleta, esta información llega luego al SAT. Las papeletas se someten al mismo procedimiento sancionador que rige para cualquier otra multa administrativa (por ejemplo, por abrir un local en malas condiciones higiénicas, construir un edificio sin licencia municipal, etc.).

Paul Concha, director general de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), sostiene que este es el origen del problema: “No existe un procedimiento especial simplificado que dé mayor agilidad al cobro de este tipo de multas”. Por su naturaleza y por la cantidad que se emiten a diario, deberían tener un proceso expeditivo para resolverlas, pero eso no existe.

Quien está obligado a pagar la multa –sea el conductor o el propietario del auto, según la infracción– puede interponer varios recursos para cuestionar la sanción hasta lograr su prescripción. “El administrado tiene, además, 3 meses para ir a la vía contenciosa administrativa del Poder Judicial y eso puede durar más de los 4 años que toma en prescribir”, comenta Luis Quispe Candia, director de la ONG Luz Ámbar. En el caso de infracciones de reglas de transporte, pueden ser hasta dos años.

Si a esto se suma un abogado experto en dilatar, tenemos la combinación perfecta para perpetuar la impunidad.

(Infografía: El Comercio)
(Infografía: El Comercio)

-Atados de manos-
Mientras se impugna la papeleta, la sanción queda pendiente y el SAT no puede utilizar medios coactivos para cobrar. Por ejemplo, no podrá embargar cuentas bancarias o pedir la captura del auto. Pero cuando la multa queda consentida, el SAT sí es coactivo, afirma Quispe Candia, aunque agrega que solo ocurre con el 20% de las papeletas.
Para María Jara, ex jefa de la Sutrán y ex gerenta de Transporte Urbano de Lima, más preocupante que no poder recaudar el dinero de las multas es que las papeletas no cumplen su función de cambiar conductas. Además, a pesar de que en algunas infracciones la policía está facultada a adoptar medidas, como el internamiento de autos (mientras se resuelva el cobro de la papeleta), esto no se da porque no hay suficientes depósitos para enviarlos.

El especialista Lino de la Barrera agrega que, si bien eso es cierto, podría resolverse si el SAT –que tiene siete depósitos– suscribiera contratos de concesión con empresas que ofrezcan el servicio con terrenos habilitados. “La municipalidad provincial podría también firmar convenios con la distrital para lograrlo, como sucede en San Isidro”, agrega.

¿Qué distingue una papeleta de un acta de control?

Pese a que las sanciones a los conductores infractores comúnmente reciben el nombre de papeletas, cuando las reglas no son de tránsito, sino de transporte, a estas se les llama actas de control y no las impone el policía, sino el inspector municipal.
Hacer carreras con otro vehículo, recoger pasajeros con el auto en movimiento son algunas faltas a las normas de transporte sancionadas en actas de control. Pasarse la luz roja y conducir a exceso de velocidad son de tránsito y se castigan con papeletas.
El SAT informó a este Diario que la mayoría de impugnaciones son presentadas por empresas de transporte público “haciendo uso y abuso del derecho que les asiste como ciudadanos, entrampando y retrasando los procesos de cobranza”.

—El sistema de puntos—
En el 2009, el MTC implementó un sistema para sancionar a los infractores no solo con papeletas sino con un registro de faltas al Reglamento de Tránsito que impediría que esas personas sigan manejando.

El sistema de puntos funciona de la siguiente manera: todo conductor empieza con un récord en blanco. Según el tipo de infracción, irá acumulando puntos. Las de tipo muy grave suman 50 o más; las graves suman 20 y las leves, 5. Si en dos años, un chofer acumula más de 100 puntos, automáticamente se le suspende la licencia por seis meses. Si acumula 100 o más por segunda vez, la suspensión es por un año. Si esto ocurre por tercera vez, se le cancela el brevete de manera definitiva.

Pero, este sistema de puntos se aplica solo cuando un policía impone una multa del Reglamento Nacional de Tránsito. No funciona cuando la infracción es al Reglamento del Servicio de Taxi Metropolitano, al Reglamento de Transporte Escolar, al Reglamento de Transporte de Carga o al Reglamento de Transporte Regular de Pasajeros.

Por eso en Lima circulan tranquilamente choferes como Clemente Rojas Camacho, quien pese a acumular 125 papeletas, tiene solo 20 puntos en el sistema y una licencia vigente. La autoridad que lo intervino le aplicó el Reglamento Nacional de Carga, que no contempla una suma de puntos. Es decir, puede acumular todas las infracciones de este tipo posibles y eso no impedirá que siga al volante.

Incluso, cuando las licencias son efectivamente suspendidas, varios conductores siguen manejando, como lo ha demostrado este Diario a lo largo de la semana. Quispe Candia añade que cuando esto sucede, el policía no puede hacer más que imponer otra papeleta por una falta muy grave y otra vez volvemos a lo mismo.

Según el reglamento, también debe retener la licencia e internar el auto. Pero ni siquiera esto es disuasivo. El director de Luz Ámbar cree que todo esto cambiaría si el manejar con la licencia suspendida o cancelada fuera considerado un delito contra la seguridad vial.

(Infografía: El Comercio)
(Infografía: El Comercio)

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