La Comisión de Constitución del Congreso de la República aprobó por mayoría modificar el artículo 89 de su reglamento. Si el pleno da luz verde a los cambios planteados, el Legislativo quedaría facultado para suspender de sus cargos a altos funcionarios ajenos al Parlamento desde que aprueba un antejuicio; es decir, desde el momento en que decide si autoriza o no a los tribunales ordinarios a intervenir ante indicios que considera suficientes. Esto equivale, en la práctica, a una suspensión indefinida y hasta a una sentencia anticipada, pasando por encima incluso del derecho a la presunción de inocencia.

Otra modificación central es que la suspensión, producto de ese antejuicio, exigiría solo 51 votos del pleno, y no la mayoría calificada de 87 votos.

El escenario que se crearía es particularmente grave porque la Constitución considera como altos funcionarios a los integrantes de la Junta Nacional de Justicia y del Tribunal Constitucional, así como a los jueces y fiscales supremos, entre otros magistrados. Dicho de otra manera, se trata de funcionarios que tienen entre sus más importantes funciones ser un contrapeso frente a la actuación del Congreso.

El constitucionalista Heber Joel Campos, entrevistado por El Comercio (9.4.25), precisa que la propuesta tiene dos problemas: “La Constitución no contempla la figura de la suspensión en el marco del antejuicio. Contempla esa figura, pero como una sanción en el marco del juicio político, que es un procedimiento distinto. Y luego, el Congreso, a través de esta medida, estaría regulando una materia –la permanencia temporal o no de un funcionario que viene siendo procesado– que no le compete”.

No es la primera vez que el actual Congreso interfiere o busca interferir en el sistema de administración de justicia. La actual confrontación con el Ministerio Público es una más. Por eso, al margen de que los fiscales puedan o no cometer errores, lo fundamental es el respeto a los fueros de cada instancia.

Nuevamente, ya convocadas las próximas elecciones generales, tales posibles modificaciones se suman a otras que no hacen sino despertar susceptibilidades y preocupaciones en torno a su transparencia y a las garantías de que será un proceso respetuoso de los derechos básicos de los ciudadanos. No se trata, por cierto, de garantizar solo los procedimientos del día de las elecciones, sino de todo el proceso convocado. Los efectos de medidas de este tipo pueden recaer sobre la independencia de los magistrados y afectar múltiples ámbitos de su actuación.

*El Comercio abre sus páginas al intercambio de ideas y reflexiones. En este marco plural, el Diario no necesariamente coincide con las opiniones de los articulistas que las firman, aunque siempre las respeta.

Santiago Pedraglio es sociólogo

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