Aunque el ministro de Salud, César Vásquez, ha adelantado que prepara un nuevo decreto para reemplazar el DU 007-2019 que fomentaba la venta de medicamentos genéricos, el único dispositivo legal que obligaba a las farmacias y boticas del país a tener un stock de 34 medicamentos esenciales genéricos e imponía sanciones se encuentra vencido desde hace más de dos semanas.
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En este escenario, dos bancadas del Congreso han presentado proyectos de ley relacionados a la venta y disponibilidad de medicamentos genéricos. El primero es Fuerza Popular que, aunque busca promover el uso y acceso universal de fármacos genéricos, excluye de su aplicación a miles de boticas independientes.
El PL N°7211/2923, presentado el 7 de marzo, busca modificar la Ley 29459, Ley de Productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios, para que las farmacias, boticas y farmacias de los establecimientos de salud públicos y privados estén “obligados a mantener de manera permanente un stock de productos farmacéuticos genéricos y esenciales priorizados por la Auroridad Nacional de Salud, equivalente al 30% de la dispensación mensual en unidades para los de alta rotación, y al 5% de aquellos de baja rotación”.
Asimismo, plantea que el químico farmacéutico responsable del establecimiento y el personal técnico “únicamente podrán sugerir al usuario alternativas de medicamentos genéricos química y farmacológicamente similares”.
A diferencia del decreto de urgencia vencido, el proyecto de ley fujimorista no incluye un monto de multa en UIT para los establecimientos que incumplan la norma. Sin embargo, lo que sí hace es exceptuar del alcance del porcentajes de stock establecidos a las “boticas independientes registradas en el Registro de Micro y Pequeña Empresa - Remype”.
De acuerdo con el último boletín de Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID), hay 25.304 boticas y 4.856 farmacias en el Perú (hasta diciembre del 2023). Solo considerando el sector privado, son 28.620, cuya mayoría (85.8%) son establecimientos independientes. Es decir, más de 24 mil boticas y farmacias independientes en todo el país. Se considera independiente cuando está constituido por cuatro o menos establecimientos vinculadas a un mismo número de RUC.
Fuentes de El Comercio advirtieron que esta exclusión podría implicar conflicto de intereses de dos congresistas fujimoristas coautores del proyecto de ley: Víctor Flores Ruiz y Mery Infantes Castañeda, vinculados a boticas.
En el caso de Flores Ruiz, el parlamentario fue gerente general de FARMEDICA SAC hasta el 2020, según su declaración jurada de candidato ante Infogob. Este establecimiento acreditado en Remype tiene ahora como gerente general al hijo del parlamentario, Iván Alexander Flores Lazo.
Similar situación ocurre con Mery Infantes, quien trabajó hasta el 2021 en Botica Mery, cuya hija, Doris Herrera, ahora es gerente general. Este establecimiento también está en Remype.
Es importante precisar que, aunque las grandes cadenas de farmacias y boticas del país, son la minoría de establecimientos a comparación de los locales independientes, tuvieron una participación en ventas del 79.1 % en el periodo 2020 – 2023, según el reporte de Digemid.
El segundo proyecto de ley, presentado el mismo 7 de marzo, pertenece al grupo parlamentario Podemos Perú. Se trata del PL 07254/2023-CR, el cual busca modificar la Ley N° 26842, Ley general de Salud.
La propuesta legislativa propone la modificación del artículo 33 para que las “farmacias, boticas y servicios de farmacias de los establecimientos de salud, se encuentren obligados a ofrecer preferentemente al usuario alternativas de medicamentos genéricos o con Denominación Común Internacional (DCI) que sean química y farmacológicamente equivalentes al prescrito en la receta o con el o los mismos principios activos, concentración y forma farmacéutica, en igual forma farmacéutica y dosis, y como segunda opción, medicamentos innovadores o de marca”.
A diferencia del otro PL, este no define un porcentaje de disposición mensual de genéricos sino que indica que debe hacerlo el Minsa a través de la lista de medicamentos genéricos que debe actualizarse y ampliarse “mínimo una vez al año”.
Al igual que el proyecto fujimorista, este también busca modificar la Ley 29459 de productos farmacéuticos. Además, reitera es que el “químico farmacéutico responsable del establecimiento de dispensación se encuentra obligado a ofrecer preferentemente al usuario alternativas de medicamentos genéricos”. Sí establece multas “de acuerdo a la escala de infracciones y sanciones” que se determinen en el reglamento de ley, con la precisión que para las boticas y farmacias independientes la multa es menor.