Redacción EC

Con el objetivo de brindar apoyo económico a diversos trabajadores del y pensionistas que cumplan con los requisitos estipulados, el Gobierno peruano ha hecho oficial el otorgamiento del correspondiente al Año Fiscal 2025. Esta medida fue publicada en el diario oficial El Peruano, y el beneficio será abonado una sola vez en la planilla de pagos. En la siguiente nota, te contamos todos los detalles.

¿CUÁNDO SE PAGA EL BONO DE ESCOLARIDAD 2025?

A través del Decreto Supremo Nº 002-2025-EF, publicado en el diario oficial El Peruano, se establecieron las disposiciones para la entrega de un nuevo Bono de Escolaridad 2025. Esta bonificación, que está contemplada en la Ley N.º 32185, será de S/ 400 y estará dirigida a los trabajadores del sector público y pensionistas, siendo abonada por única vez en la planilla de pagos del mes de enero de 2025. En cuanto a los profesores y auxiliares de educación contratados bajo la Ley N° 29944, el bono se depositará por única vez en la planilla de pagos correspondiente al mes de junio de 2025.

El Gobierno peruano ha hecho oficial el otorgamiento del Bono de Escolaridad correspondiente al Año Fiscal 2025 para los trabajadores del sector público y pensionistas.
El Gobierno peruano ha hecho oficial el otorgamiento del Bono de Escolaridad correspondiente al Año Fiscal 2025 para los trabajadores del sector público y pensionistas.

¿QUIÉNES SON LOS BENEFICIARIOS DEL BONO DE ESCOLARIDAD 2025?

De acuerdo con el artículo 2 del Decreto Supremo, el Bono de Escolaridad 2025 abarca a distintos grupos laborales del sector público. Además, este beneficio se aplicará de manera proporcional a los empleados que trabajen a tiempo parcial o en jornadas incompletas, así como a aquellos que no hayan alcanzado los tres meses de antigüedad mínima en el cargo, entre los cuales se encuentran:

  • Funcionarios y servidores públicos: Nombrados y contratados bajo los regímenes laborales del Decreto Legislativo N° 276, la Ley N° 29944 (Ley de Reforma Magisterial) y la Ley N° 30512.
  • Docentes universitarios: A los que se refiere la Ley N° 30220.
  • Personal de salud: Según lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1153.
  • Obreros: Permanentes y eventuales del Sector Público.
  • Miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú.
  • Pensionistas: A cargo del Estado, comprendidos en diversos regímenes como la Ley N° 15117, los Decretos Leyes N° 19846 y N° 20530, el Decreto Supremo N° 051-88-PCM y la Ley N° 28091.
  • Servidores penitenciarios: De acuerdo con la Ley N° 29709.
  • Trabajadores del Sector Público bajo el régimen laboral de la actividad privada.
El Gobierno peruano ha hecho oficial el otorgamiento del Bono de Escolaridad correspondiente al Año Fiscal 2025 para los trabajadores del sector público y pensionistas.
El Gobierno peruano ha hecho oficial el otorgamiento del Bono de Escolaridad correspondiente al Año Fiscal 2025 para los trabajadores del sector público y pensionistas.

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA RECIBIR EL BONO DE ESCOLARIDAD 2025?

El artículo 4 establece que, para acceder al Bono de Escolaridad 2025, el personal activo (con excepción de los profesores y auxiliares contratados) debe estar trabajando efectivamente en la fecha de entrada en vigencia del decreto, o bien encontrarse de vacaciones, en licencia con goce de remuneraciones, o recibiendo subsidios. Además, en la institución debe tener como mínimo tres meses de antigüedad, pero en caso de no cumplir con el plazo, el bono se cancelará proporcionalmente a los meses y días trabajados.

El Gobierno peruano ha hecho oficial el otorgamiento del Bono de Escolaridad correspondiente al Año Fiscal 2025 para los trabajadores del sector público y pensionistas.
El Gobierno peruano ha hecho oficial el otorgamiento del Bono de Escolaridad correspondiente al Año Fiscal 2025 para los trabajadores del sector público y pensionistas.

Mientras que en el caso de los profesores y auxiliares de educación contratados debe realizar labores efectivas al mes de junio de 2025, o estén de vacaciones, en licencia con goce de remuneraciones u obteniendo subsidios de acuerdo con la Ley N.º 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud. También cumplir con una antigüedad mínima de tres meses en el cargo, sino el bono se pagará proporcionalmente.