La Ley del desalojo judicial, que permite los desalojos 'express', podría aplicarse de manera más masiva.
La Ley del desalojo judicial, que permite los desalojos 'express', podría aplicarse de manera más masiva.
Marcela Valverde Ganoza

Frente al reto que representa para los arrendadores el eventual desalojo de un inmueble, en el 2019 se publicó la Ley No. 30933, una norma que permite la intervención de un notario para desalojar al arrendatario de un inmueble. Es conocida como el desalojo ‘express’, dado que se estableció para regular el procedimiento lo más rápido posible.

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Lo que se ha buscado durante estos años es que disminuya la carga procesal del Poder Judicial en esta materia, así como que se incentive a los diversos propietarios a formalizar la relación contractual que mantienen con sus arrendatarios, mediante el Formulario Único de Arrendamiento de Inmueble Destinado a Vivienda (FUA), o mediante la suscripción de una Escritura Pública, con lo que podrían acogerse a los lineamientos de la norma.

Luego de tres años de la publicación de la Ley de Desalojo Notarial, aún surgen ciertas interrogantes sobre su puesta en práctica: ¿todos los contratos de arrendamiento acceden a esta norma?, ¿estamos ante un camino más veloz?

Lamentablemente, las respuestas a estas interrogantes no son muy alentadoras. Esto se debe a que estamos en un país donde predomina la informalidad, donde la exigencia de requisitos como contar con el FUA o elevar un contrato a Escritura Pública para poder acogerse a la Ley de Desalojo, se convierten en un elemento restrictivo, transformando a la ley en una norma poco amigable.

Sobre lo expuesto, si bien la Ley se creó para facilitar el proceso de desalojo de los arrendadores, aún resulta ser un tanto inaccesible, condición que debe revertirse en aras de que la norma sea realmente eficaz.

[Marcela Valverde Ganoza es asociada senior del Estudio Miró Quesada & Miranda].

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