Cusco alberga a cerca del 0,82% de la migración venezolana que ha llegado al Perú, según datos del gobierno regional. (Foto: referencial)
Cusco alberga a cerca del 0,82% de la migración venezolana que ha llegado al Perú, según datos del gobierno regional. (Foto: referencial)
Daniel Macera

Tras la aprobación, en mayo pasado, de la ordenanza para sancionar a que despidan cusqueños para contratar “en informalidad y subempleo", el gobierno de hizo la publicación respectiva este domingo 21 en el diario "El Peruano", con lo que entra en vigencia formalmente.

La medida declara de necesidad pública la priorización de la mano de obra regional en la convocatoria de nuevos puestos de trabajo.


Tiene sus orígenes en el hecho de que muchos trabajadores locales han sido despedidos con el propósito de que la empresa contrate “entre 2 y 3 trabajadores informales, que reciben un tercio o la mitad de lo que gana el peruano”, explicó a El Comercio el director regional de Trabajo de Cusco, Alí León.

“Los que dicen que la presencia de estos señores ha optimizado el mercado, que hay más ingresos para el Estado, no han analizado. Si se va a producir contratación de extranjeros en nuestra región, que sea bajo el paraguas de la formalidad. Que tengan beneficios y que paguen sus impuestos”, indica.

Cabe resaltar, no obstante, que ningún gobierno regional puede dictar competencias sobre trabajadores inmigrantes, ya que estas le corresponden al .

Adicionalmente, llama la atención que se busque sancionar la contratación de trabajadores foráneos en informalidad, algo que hoy ya es sancionable para cualquier empleado, sea local o extranjero.

Y en lo que concierne a la contratación bajo subempleo, hoy un trabajador subempleado puede ganar hasta S/968, superior a la remuneración mínima vital, por ende, es legal de acuerdo a la legislación laboral.

De acuerdo con León, los migrantes suelen ganar alrededor de S/500, y hace referencia principalmente a la llegada de . El año pasado, detalló en mayo, había en Cusco 137 venezolanos con permiso temporal de permanencia (PTP), hoy 3.200 tienen el documento y unos 3.000 no cuentan con este. 

Cabe destacar que a junio del 2019, el número de venezolanos que tramitaron el PTP y residen en el Cusco asciende a 3.254, según el Ministerio de Trabajo. 

Establecer diferencias basadas en el origen es ilegal, precisan desde la Defensoría del Pueblo.

(Foto: Johnny Aurazo)
(Foto: Johnny Aurazo)

Nosotros ya nos habíamos pronunciado en contra de esta ordenanza, desde la etapa de dictamen. Se mandó un oficio al gobierno regional instándolos a no aprobar el proyecto de ordenanza. Lo desoyeron”, indica Percy Castillo, adjunto de Derechos Humanos y Personas con Discapacidad de la defensoría. Lo más probable es que la entidad impulse una acción de inconstitucionalidad si llega a publicarse, agregó.

Otra manera de cuestionarla sería presentando una acción popular, que puede ser interpuesta por cualquier persona, agrega Germán Lora, socio del Estudio Payet.

De otro lado, llama la atención que si bien la ordenanza se refiere a la contratación de extranjeros, a detalle hace una precisión apuntando a quienes tienen Permiso Temporal de Permanencia (PTP), situación que abarca únicamente a ciudadanos venezolanos.

INCONSTITUCIONAL

En el país ya existen normas que buscan favorecer al trabajador local frente al extranjero. Por ejemplo, las empresas no pueden tener en su planilla a más del 20% de trabajadores extranjeros. Y las remuneraciones de los extranjeros tampoco pueden superar al 30% de lo pagado a la planilla total.

“Cualquier tratamiento a favor o en perjuicio de un grupo de personas debe responder a correcciones que deben hacerse en el mercado. Pero excluir las en función de su nacionalidad es discriminatorio”, opina el laboralista Jorge Toyama.

Aclara, además, que “cualquier despido arbitrario debe ser reprimido y controlado por el Estado”, y esto al margen de que si se trata sacar a un peruano para poner un venezolano.

Tras la publicación de la ordenanza este domingo último, el Ministerio de Trabajo -mediante el viceministro Augusto Eguiguren- la consideró como inconstitucional.

“Es inconstitucional, la región no puede regular relaciones de trabajo, solo el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, quien tiene la competencia exclusiva según la Ley de Orgánica de Funciones del MTPE” , declaró el funcionario, según informa Gestión.

Al respecto, el MTPE iniciará un proceso de inconstitucionalidad. “Se estaba a la espera de que se publique la ordenanza (para que entre en vigencia) e iniciar el proceso”, apuntó.

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