Si tiene pensado contratar los servicios de traslado, hospedaje y destinos turísticos, durante el próximo feriado largo, es recomendable seguir una serie de recomendaciones hechas por el Indecopi a fin de evitar inconvenientes que puedan terminar arruinando sus planes.
Primero, es resulta casi indispensable consultar el registro “Mira a quién le compras” https://enlinea.indecopi.gob.pe/miraaquienlecompras/#/inicio para conocer si un proveedor ha sido sancionado por el Indecopi.
Agencias de viajes y turismo
- Verifique que la empresa sea formal y que cuente con RUC vigente.
- Las agencias turísticas deben estar registradas en el directorio nacional de Prestadores de Servicios Turísticos Calificados del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – Mincetur. Revise: https://shorturl.at/lvQRT
- Las empresas tienen la obligación de informar el itinerario, duración del tour, lugares a visitar, costo de entradas, así como todas las prestaciones incluidas en el servicio.
- Exija su comprobante de pago, este le servirá de respaldo en caso presente un reclamo o una denuncia.
- Revise a detalle los términos y condiciones a firmar, así evitará asumir prestaciones por las que no fue informado.
Hospedajes
- Los establecimientos tienen que publicar, en un lugar visible, la lista de precios de los productos y servicios que ofrecen en soles, así como el tipo de cambio aplicable.
- El precio ofrecido al consumidor debe incluir los tributos, comisiones y cargos aplicables. Si le brindan un servicio extra que genere un cobro adicional, debe ser informado de manera oportuna y clara.
Turismo de aventura
- Solo las agencias de viaje autorizadas por el Mincetur pueden prestar servicios de turismo de aventura. Exija personal calificado para orientarlo y prestarle el servicio.
- La agencia debe brindar información de los lugares y modalidades de turismo de aventura que prestará, equipos, medidas de seguridad, riesgos existentes, entre otras.
- Si la empresa le pide firmar un documento en el que se exonera de responsabilidad ante cualquier accidente, esta acción es nula, ya que no es posible renunciar a los derechos reconocidos por el Código de Protección y Defensa del Consumidor.
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