Retiro AFP 2024: LINK del cronograma para realizar la solicitud para el desembolso
¿QUÉ PASA SI UNA EMPRESA INCUMPLE EL PAGO DE LA CTS?
De no cumplir con el depósito de la CTS en el plazo establecido, la Superintendencia de Fiscalización Laboral (Sunafil) aplicará multas diferenciadas por considerarse una infracción grave.
¿QUÉ PORCENTAJE DE LA CTS PUEDO DISPONER?
La legislación laboral permite retirar el 100% del excedente de cuatro remuneraciones brutas (acumuladas en la cuenta CTS a la fecha de la disposición), y se considera para ese cálculo el monto de la última remuneración.
¿DESDE CUÁNDO PUEDO RETIRAR MI CTS?
Desde el 18 de mayo. A diferencia de la aprobación del retiro de la AFP, en la CTS se podrá realizar el desembolso desde el día siguiente a la publicación del reglamento.
¿HASTA CUÁNDO PODRÍA RETIRAR MI CTS?
En caso se apruebe en el Congreso y luego tenga la luz verde del Poder Ejecutivo, el dictamen autoriza poder retirar la CTS hasta el 31 de diciembre 2024.
¿CÓMO CALCULAR MI CTS 2024?
Fórmula para el cálculo de la CTS
El cálculo de la CTS se realiza de la siguiente forma para quienes han trabajado durante todo un periodo completo:
CTS = 50% del Sueldo Mensual (sin descuentos) + 1/6 de la Gratificación recibida en el periodo + 1/6 del total de horas extra + Asignación familiar (si aplica).
Si el trabajador recibe un sueldo variable, la CTS se calcula mediante un promedio del sueldo total recibido en el periodo del cálculo.
La fórmula es la siguiente: sueldo más 1/6 de la última gratificación por el número de meses trabajados y dividido por los 12 meses que tiene el año
Por ejemplo, si tienes un sueldo básico neto de S/ 1,500 y tu última gratificación fue de S/ 1,500, así calculas tu CTS:
Sueldo básico neto: S/ 1,500
1/6 gratificación de S/ 1,500: 250
(1,500 + 250.00) / 360 = 4.86
4.86 x 180 = S/ 875
Tu CTS será de S/ 875
Además, las empresas deben entregar al trabajador la hoja de liquidación dentro de los 5 días posteriores al depósito. No hacerlo constituye una infracción leve, con multas que van desde 231.75 hasta 80,958 soles.
Las escalas de multas fueron aprobadas por el D.S.008-2020-TR (10/02/20) y están determinadas por el tamaño de la empresa y el número de trabajadores afectados, basándose en la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, que es de 5,150 soles para el 2024.
Si no se realiza el depósito de la CTS dentro del plazo establecido, la Superintendencia de Fiscalización Laboral (Sunafil) impondrá multas diferenciadas, ya que se considera una infracción grave. Estas multas varían dependiendo del tamaño de la empresa y van desde 566 hasta 134,518 soles, según explicó Álvaro Gálvez.
Casos de Embargo y Retención
Los depósitos de la CTS pueden ser embargados hasta un 50% por deudas alimenticias.
Es importante señalar que la CTS debe ser depositada en el banco seleccionado por el trabajador, incluso si hay un embargo judicial por deudas de alimentos. En estas situaciones, la empresa debe notificar al juez que la CTS ha sido depositada según lo estipulado por la ley, y que cualquier embargo debe ser solicitado al banco depositario. Esto es aplicable excepto en los casos de CTS incluidos en la liquidación de un trabajador cesante, cuyo plazo de depósito aún no ha vencido.
Trabajadores que no tienen derecho a CTS:
Conforme a la ley, no tienen derecho a este beneficio:
• Los trabajadores que laboran menos de cuatro horas diarias.
• Los que reciben el 30% o más de las tarifas que paga el público.
• Los trabajadores de microempresas contratados después de la inscripción de la empresa en el Remype y aquellos con remuneración anual integral.
• Los trabajadores del régimen laboral agrario que optaron por cobrar su CTS junto con su remuneración (Ley 30110 y DS 005-2021-Minagri).
Retiro de la CTS que excede a cuatro sueldos:
• La Ley 30334 permite a los trabajadores retirar el exceso de cuatro sueldos de su CTS.
• Si el trabajador decide retirar su CTS, debe comunicarlo por escrito a su empleador, quien informará a la entidad financiera donde se encuentra depositada la CTS (banco, financiera, caja, entre otros), especificando el monto que se podrá disponer libremente.
• Para determinar el monto intangible, se considera el último sueldo del trabajador a la fecha en que solicita el retiro, multiplicado por cuatro.
Libre disponibilidad del 100% de la CTS:
La Ley 31480 (25/05/2022) autorizó a los trabajadores a disponer libremente del 100% de la CTS hasta el 31 de diciembre de 2023.
Esta norma será extendida hasta el 31 de diciembre de 2024, según un proyecto de ley aprobado por el Congreso, el cual será promulgado por el Poder Ejecutivo.
Para trabajadores con menos de 1 mes de servicio:
Los empleados que al 30 de abril de 2024 tengan menos de un mes de servicio no tienen derecho al depósito de la CTS. Los días trabajados se acumularán para el semestre mayo-octubre 2024, y la CTS acumulada se depositará hasta el 15 de noviembre de este año.
En cuanto a la microempresa, se define a aquella cuyos ingresos anuales no superan las 150 UIT (772,500 soles).
Aquí también se presentan tres situaciones:
• Si la microempresa no está registrada en el Remype, todos sus trabajadores tendrán derecho a la CTS bajo la norma general.
• Si la microempresa está registrada en el Remype, los trabajadores contratados antes de la inscripción tienen derecho a la CTS según la norma general.
• Si los trabajadores fueron contratados después de la inscripción de la microempresa en el Remype, no tendrán derecho a la CTS.
Una pequeña empresa se considera a aquella cuyos ingresos anuales no exceden las 1,700 UIT (8 millones 755,000 soles).
En este caso, pueden presentarse tres situaciones:
• Si la pequeña empresa no está registrada en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), todos sus trabajadores, tanto antiguos como nuevos, tendrán derecho a la CTS de acuerdo con la norma general aplicable a medianas y grandes empresas.
• Si la pequeña empresa está registrada en el Remype, los trabajadores contratados antes de su inscripción tendrán derecho a la CTS según la norma general.
• Si el trabajador fue contratado después de la inscripción de la empresa en el Remype, su CTS será el 50% de lo que se obtiene bajo el régimen general.
Para las medianas y grandes empresas, el monto de la CTS depende del tiempo trabajado durante el semestre.
Si el trabajador ha laborado todo el semestre (noviembre 2023 - abril 2024), la CTS a depositar será el 50% del sueldo de abril 2024, más un sexto de la gratificación recibida en diciembre 2023. Si el trabajador no ha laborado el semestre completo, por cada mes trabajado recibirá un sexto del sueldo y la misma fracción de la gratificación.
¿QUÉ SUCEDE SI LA EMPRESA NO PAGA LA CTS?
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) informó a los trabajadores que en caso no depositen la CTS dentro de la fecha establecida, esto es considerado una falta grave por lo que podría recibir una sanción de la siguiente manera:
- Pequeña empresa: la multa va de 0.45 a 4.50 unidades impositivas tributarias (UIT), entre S/2,070 y S/20,700.
- Empresas no Mype: la sanción monetaria va entre los 1.57 a los 26.12 UIT, lo que equivale a montos entre los S/7,222 y los S/120,152.
La norma publicada en El Peruano establece que el Gobierno “aprobará el reglamento de la presente ley en un plazo máximo de diez días calendario a partir de su entrada en vigor”. A más tardar, el lunes 27 de mayo, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo debería aprobar este reglamento, permitiendo el acceso a las cuentas de CTS a partir del martes 28 de mayo.
¿Quiénes no tienen derecho a recibir la CTS?
De acuerdo con la normativa vigente, no tienen derecho a recibir el pago de la Compensación por Tiempo de Servicios:
- Los trabajadores que laboran menos de cuatro horas diarias
- Los trabajadores que perciben remuneración anual integral
- Los que perciben el 30% o más de las tarifas que paga el público
- Los trabajadores del régimen laboral agrario que han optado por cobrar su CTS conjuntamente con su remuneración (Ley 30110 y DS 005-2021-Minagri)
- Los trabajadores de las microempresas contratados después de su inscripción de la empresa en el Remype.
El retiro del 100% de la CTS ya es ley, ¿dónde puedes invertirla?
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Gobierno promulga ley para retiro del 100% del fondo
El Poder Ejecutivo deberá aprobar el reglamento de esta ley en un plazo máximo de diez días calendario a partir de su entrada en vigor.
Esta norma está dirigida a los trabajadores comprendidos en el Texto Único Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por el Decreto Supremo 001-97-TR, que tienen estos fondos depositados en diversas entidades financieras del país.
El Poder Ejecutivo ha publicado la Ley Nº 32027, que permite la libre disponibilidad del 100% del fondo de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) hasta el 31 de diciembre de 2024, en respuesta a la actual crisis económica.
Se estima que alrededor de tres millones de empleados retirarán su dinero ahorrado.
La ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en las normas legales del Diario Oficial El Peruano. El Ejecutivo tendrá 10 días hábiles para reglamentar la ley y establecer el procedimiento para el retiro de los fondos. Los trabajadores podrán acceder a sus fondos una vez se publique el reglamento de la norma.
El Gobierno de Dina Boluarte ha autorizado la ley que permite el retiro del 100% de la CTS y ha publicado la norma en el diario oficial El Peruano. Ahora, surge una nueva pregunta: ¿Ya se puede retirar el dinero de los fondos?
Cabe recordar que el pasado 2 de mayo, el Pleno del Congreso aprobó con 95 votos a favor, nueve en contra y una abstención, el dictamen que permite a los trabajadores disponer libremente del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) hasta el 31 de diciembre de 2024.
Jorge Carrillo Acosta, profesor y experto en finanzas de Pacífico Business School, señala las posibles fechas para cada etapa:
- Publicación del reglamento por parte del Ministerio de Trabajo: lunes 27 de mayo de 2024 (10 días calendario)
- Inicio de los retiros: martes 28 de mayo de 2024.
- Fecha máxima de retiro: martes 31 de diciembre de 2024.
¿Desde cuándo podrías tener libre acceso a tu cuenta?
Lamentablemente, los trabajadores formales del Perú aún deberán esperar para acceder a sus cuentas CTS, ya que el Poder Ejecutivo debe aprobar el reglamento en los próximos días. La norma publicada en El Peruano indica que el Gobierno “aprobará el reglamento de la presente ley en un plazo máximo de diez días calendario contados desde su entrada en vigor”
¿Puedo retirar todo mi dinero de CTS?
De acuerdo con la ley aprobada, los trabajadores pueden "disponer libremente del 100 % de los depósitos por compensación por tiempo de servicios". Esto significa que podrán retirar y mover todo el dinero acumulado en sus cuentas CTS, incluyendo lo que se les depositará en la segunda mitad de 2024.
¿Se puede retirar la CTS?
Los trabajadores formales del Perú deberán esperar un poco más para acceder a sus cuentas CTS, ya que el próximo paso es la aprobación del reglamento por parte del Poder Ejecutivo en los próximos días.
“Se autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2024, a los trabajadores comprendidos dentro de los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por el Decreto Supremo 001-97- TR, a disponer libremente del cien por ciento (100 %) de los depósitos por compensación por tiempo de servicios (CTS) efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición”, señala la norma oficial.
¿DESDE CUÁNDO PUEDO RETIRAR MI CTS?
A diferencia de la aprobación del retiro de la AFP, en la CTS se podrá realizar el desembolso desde el día siguiente a la publicación del reglamento.
Retiro CTS 2024: Gobierno promulga ley para retiro del 100% del fondo
A través de la Ley Nº 32027 se autorizó el retiro del 100 % del monto de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2024. La norma lleva las firmas de Dina Boluarte y Gustavo Adrianzén.
¿SE APROBÓ LA LEY DE RETIRO DE LA CTS?
Sí. Mediante publicación en el diario El Peruano este viernes 17 de mayo, el Gobierno promulgó la Ley 32027 que autoriza la disposición del 100% del monto de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).
¿CUÁNDO ME DEBEN DEPOSITAR LA CTS?
En el presente año, el 50 % debe depositarse durante los primeros 15 días de mayo del 2024 y el 50 %, dentro de los primeros 15 días de noviembre del 2024.
¿QUÉ TRABAJADORES RECIBEN LA CTS?
La Compensación por Tiempo de Servicio es recibida por todos los trabajadores formales del sector privado que tengan una jornada mínima de 4 horas diarias, lo que equivale a aproximadamente 4 millones de peruanos. Este beneficio es equivalente a un sueldo anual, pero además se suma la sexta parte de la última gratificación percibida.
¿CÓMO CALCULAR TU CTS?
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) ha habilitado un aplicativo denominado " Calcula tu CTS", que permite saber cuál es el monto referencial de la Compensación por Tiempo de Servicios. Para ello: deberás ingresar a Sunafil, luego a " Calculadora Laboral". Ahí deberá digitar tu número de documento de identidad, como el número de RUC del empleador. Finalmente deberás elegir la opción " Calcula tu CTS" y listo.
¿HASTA CUÁNDO PODRÍA RETIRAR MI CTS?
En caso se apruebe en el Congreso y luego tenga la luz verde del Poder Ejecutivo, el dictamen autoriza poder retirar la CTS hasta el 31 de diciembre 2024.
¿CÓMO HAGO PARA RETIRAR MI CTS?
Ante un eventual retiro de la CTS 2024, los pasos a seguir serán los mismos que en anteriores oportunidades.
• Es fundamental contactar con el banco en el que su empleador deposita su CTS o, en todo caso, al área de recursos humanos de la empresa en la que trabaja para obtener información detallada.
• Verifique el saldo de su cuenta de CTS: asegúrese de conocer el monto exacto con el que cuenta, antes de hacer cualquier solicitud de retiro.
• Decida el monto a retirar: puede ser total (del 100 %) o parcial.
• No será necesario presentar ningun solicitud, como sudece con las AFP.
El Congreso aprobó con 98 votos a favor, 9 en contra y una abstención el texto que permite la liberación del 100% de los depósitos. La medida también fue aprobada en segunda votación.
Retiro CTS 2024: Gobierno promulga ley para retiro del 100% del fondo
A través de la Ley Nº 32027 se autorizó el retiro del 100 % del monto de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2024. La norma lleva las firmas de Dina Boluarte y Gustavo Adrianzén.