El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro decidió no reincorporar a los candidatos al Parlamento Andrea Lanata (PPC) y Pedro Gamio (Partido Morado) al proceso electoral que se realizará este domingo. Esto al definir que resulta “imposible” ejecutar las medidas cautelares que el Poder Judicial dictó para que sean repuestos.
Esto debido a que- señala el ente electoral- acatar la orden judicial afecta “el principio de seguridad jurídica” de las elecciones en curso.
Lanata había sido excluida del proceso por el JEE de Lima Centro 1, el último 13 de diciembre, al detectarse que no declaró dos inmuebles en su hoja de vida.
Mientras que el exviceministro de Energía Pedro Gamio omitió información sobre dos vehículos y un inmueble.
El JEE de Lima Centro argumentó que los carteles que contienen las listas de candidatos –que se pegan en la pared de la cámara secreta de un local de votación– ya se imprimieron y distribuyeron en Lima y el extranjero. Agregó que sería contraproducente realizar nuevamente esa labor a solo días de la elección.
El ente electoral precisa que en el referido material no figura ni Lanata ni Gamio como candidatos de sus partidos en Lima.
También indica que- de acuerdo a la sentencia del Tribunal Constitucional N.° 00007-2007-PI/TC- “en ningún caso la interposición de la demanda de amparo contra el JNE, suspende el calendario electoral, el cual sigue su curso inexorable”. “Toda afectación de los derechos fundamentales en la que incurra el JNE devendrá en irreparable cada vez que precluya cada una de las etapas del proceso electoral (…)”, agrega.
Por lo tanto, el JEE de Lima Centro refiere que “la responsabilidad que asume el juez electoral en este marco de garantizar la seguridad jurídica e irreversibilidad del proceso electoral es innegable e incontrovertible en nuestro marco constitucional”.
En comunicación con El Comercio, Andrea Lanata dijo que ella no ha solicitado, a través de su medida cautelar, que se vuelvan a imprimir los planillones. “Lo único que he solicitado es mi derecho a ser reintegrada a un proceso de elección popular bajo mi propia responsabilidad. Me han congelado cuatro semanas, no he podido hacer campaña, pero esto tiene que ejecutarse bajo mi propia decisión de presentarme en una elección en desventaja”, subrayó.
La abogada informó que ha presentado este viernes un escrito ante el Poder Judicial solicitando que exhorten al JEE de Lima Centro acatar la medida cautelar a su favor.
“Lo único que se ha solicitado es la reintegración al proceso y aparecer en el [portal del] Voto Informado. El jurado en vez de basarse en formalismos debería ver el tema de fondo”, acotó.
Pedro Gamio, candidato del Partido Morado, consideró que sí es factible cumplir con el mandato judicial, porque basta que las autoridades electorales emitan un oficio señalando el retorno a la campaña de los candidatos que habían sido excluidos. “Es un tema de buena fe, esta es una más de varias irregularidades que se están produciendo en estas elecciones”, mencionó.
En diálogo con este Diario, indicó que espera que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) intervenga.
Anteriormente, el ente electoral había rechazado reincorporar al candidato Ricardo Vásquez Laguna (PPC). La justificación fue la misma que utilizó para la situación de Lanata y Gamio.
Vásquez Laguna fue excluido el 16 de diciembre por el JEE y luego el pleno del JNE ratificó la medida. Se le cuestionó el no consignar en su declaración jurada de hoja de vida los ingresos o rentas generados durante el 2018, cuando en el rubro experiencia laboral registró que se desempeña como asesor legal de SG Diseño y Construcción S.A., desde el 2018 hasta la fecha. Él replicó que por su tipo de contrato con la citada compañía, solo le pagarían por el éxito de un caso judicial aún en proceso.
El argumento del JEE “es un absurdo”
A juicio del constitucionalista Samuel Abad, el argumento del JEE sobre el caso de Vásquez es “absurdo” al señalar que es imposible ejecutar la medida cautelar, pues esta no necesariamente implica la reimpresión de las cartillas, sino que se podría mandar comunicaciones a la ONPE, al JNE, las mesas de sufragio y otros actores electorales indicando que el candidato sigue en carrera.
“Es una clara desobediencia a la autoridad judicial (delito) pues desconoce un mandato judicial. La cautelar no afecta el cronograma electoral. El JEE demuestra desacato y desconocimiento del proceso electoral. Sí es posible cumplir la cautelar sin que se afecte el cronograma electoral. Esa resolución del JEE no tiene validez pues no puede desconocer un mandato judicial”, manifestó.
Una posición similar tuvo el experto en derecho electoral José Naupari, quien sostuvo que si el JEE puede excluir postulantes con sentencias judiciales hasta un día antes de la elección y que en ese caso los nombres de aquellos se mantienen en las cartillas. “Si el argumento es ya imprimí el material, no sería un argumento válido”, dijo.
Asimismo, indicó que el Tribunal Constitucional (TC) ha precisado que sí se pueden cuestionar las decisiones del ente electoral a través de demandas de amparo, porque se trata de la jurisdicción de jueces constitucionales y no ordinarios. En esa línea, afirmó que sí es posible reponer a los postulantes excluidos, en los casos señalados: “A mi juicio, está incumpliendo un mandato judicial”. “El Tribunal Constitucional ha dicho que los amparos, si bien son admisibles, no interrumpen el cronograma electoral”, expresó posteriormente.
Naupari también precisó que si los electores utilizan su voto preferencial a favor de uno de los candidatos excluidos, este simplemente no será computado para el postulante. Pero sí se considera válido para el partido.