Objetivo es reducir la normalización de la violencia a través de una comunicación responsable. (Foto: Gob)
Objetivo es reducir la normalización de la violencia a través de una comunicación responsable. (Foto: Gob)

El aprobó por insistencia la modificación del artículo 46 de la Ley 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la . La nueva normativa impone obligaciones específicas a los medios de comunicación, orientadas a fortalecer la defensa de los derechos humanos y contribuir activamente a la erradicación de la violencia de género.

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De acuerdo con la ley publicada en el diario oficial El Peruano, los medios escritos, radiales, televisivos y de cualquier otra modalidad, sean públicos o privados, deberán garantizar una cobertura objetiva de los casos relacionados con y de género. Además, deberán mostrar especial cuidado en el tratamiento gráfico de la información difundida, evitando la revictimización y el morbo.

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Carlos Salas Abusada
Ley refuerza el rol de los medios en la prevención de la violencia contra mujeres y familias. (Foto: Gob)
Ley refuerza el rol de los medios en la prevención de la violencia contra mujeres y familias. (Foto: Gob)

Uno de los aspectos centrales de esta modificación es la implementación de una franja educativa obligatoria del 10% en la programación de los medios, en horario de protección familiar. Esta franja será de uso gratuito para las instituciones públicas articuladas en el Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar.

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El contenido de esta franja deberá estar vinculado a acciones de sensibilización, prevención, atención, protección, sanción y reeducación, con el fin de erradicar la y promover relaciones familiares basadas en el respeto y la igualdad.

Asimismo, la norma establece que el Poder Ejecutivo adecuará el Reglamento de la Ley 30364 y su Texto Único Ordenado en un plazo no mayor de 30 días calendario desde su entrada en vigencia.

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