Hasta el último viernes había un promedio de 279 mil vacunas aplicadas al día y una cobertura de las dos dosis del 70%. Aunque el proceso de vacunación contra el COVID-19 avanzaba sostenidamente en el país, las brechas se mantenían y había riesgo de que los casos aumenten por las fiestas de fin de año. Ese día empezó a cambiar las reglas de convivencia para evitar un repunte de contagios.
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En el Perú se vacuna a todas las personas de 12 años a más sin necesidad de cronograma y desde hace dos semanas se aplican terceras dosis para mayores de 18 años y personas con comorbilidades, incluidos quienes se vacunaron en el extranjero, que hayan cumplido los cinco meses desde su segunda aplicación. Sin embargo, la brecha de no vacunados para entonces seguía siendo más de 4′289.000 personas de 30 años a más sin sus dos dosis y si solo se considera a los mayores de 50 años unos 1′453.000 sin el esquema completo.
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Ante esta situación y con una nueva variante del SARS-CoV-2 (Ómicron) presente en al menos cinco países de la región, desde el viernes 10 de diciembre empezó a ser obligatorio presentar el carné de vacunación para ingresar a espacios públicos cerrados.
Alexis Holguín, director general de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Minsa, explica a El Comercio que el objetivo es evitar un incremento de contagios por las celebraciones de fin de año. “Para no retroceder en la reactivación económica y dar seguridad a la población. Sabemos que por estas fechas muchos asisten a reuniones o espacios aglomerados. El año pasado, en esta época, los casos empezaron a subir”, indica.
1. ¿Dónde se exige el carné de vacunación?
La obligatoriedad para presentar el carné de vacunación fue establecido el 13 de noviembre pasado en el DS N° 168-2021-PCM. Inicialmente estaba planeado aplicarse desde el 15 de diciembre, pero la semana pasado el ministro de Salud, Hernando Cevallos, anunció el adelanto de fecha ante una posible llegada de la variante Ómicron, la cual se investiga si es más transmisible o si agrava los casos de infección.
Esta norma establece que el carné se debe presentar de forma obligatoria para ingresar a espacios públicos cerrados (centros comerciales, restaurantes, teatros, cines u otros). También será una exigencia para realizar viajes interprovinciales vía transporte aéreo o terrestre, trabajar de forma presencial (solo para centros laborales con más de 10 trabajadores), para realizar servicio de delivery y para los conductores y cobradores del servicio público.
El Decreto Supremo Nº 179-2021-PCM publicado la noche del jueves, precisó que esta medida no aplica para ingresar a hospitales, farmacias y bodegas.
2. ¿Dónde lo consigo?
El carné de vacunación se entrega apenas termina la colocación de la primera dosis. Es el documento que se debe llevar para la aplicación de la segunda y tercera dosis. Este contiene los datos personales del vacunado, fechas de las dosis recibidas, nombre y lote del fabricante de la vacuna y los lugares donde fueron aplicadas.
Para acceder a la versión virtual y el QR puedes ingresar a https://gis.minsa.gob.pe/CarneVacunacion/ y colocar los datos personales (DNI, fecha de nacimiento y fecha de emisión) o en la aplicación ‘carné de vacunación’ en Play Store. El aplicativo es válido para móvil Android e iOS.
3. ¿Cuál debo presentar?
Holguín precisa que la versión física y la virtual del carné de vacunación son válidas para ingresar a los establecimientos públicos cerrados. De todas formas, se recomienda tener a la mano el QR para agilizar el proceso. “La aplicativo es para ayudar a los usuarios y comerciantes para que la revisión sea más rápida y amigable. Con la lectura del QR en cuestión de segundos tienes la información”, señaló.
4. ¿Qué hacer si te vacunaste en el exterior?
Los peruanos o extranjeros que se vacunaron en otro país deberán mostrar el carné recibido al momento de su inmunización, tanto si se trató de una vacuna de una o dos dosis. En este caso también es válido el certificado físico o virtual.
Es importante cuidar dicho documento porque el Minsa ha señalado previamente que no emitirá carnés de vacunación sobre dosis que no se aplicaron en el Perú. En caso de pérdida, el ciudadano debe ingresar a la plataforma virtual del país donde se vacunó y acceder al certificado digital, que también es reconocido en nuestro país.
5. ¿Quién fiscaliza la aplicación de la norma?
De acuerdo con Holguín, los municipios serán los encargados de apoyar con la fiscalización del cumplimiento de la norma de alcance nacional. “La policía es la que va a identificar casos de falsificadores. Podríamos pasarlo todo a virtual [para evitar falsificaciones o adulteraciones], pero, como sabemos que hay limitaciones todavía en algunas zonas, se da la opción física o virtual. En algún momento pasaremos todo a virtual”, señaló.
Sobre este punto, el ministro Cevallos aseguró el último lunes que la fiscalización será una “responsabilidad colectiva”. “Desde luego los gobiernos locales tienen que fiscalizar, fiscalizar que no haya fiestas que están prohibidas, que se guarde el distanciamiento social, que se apliquen las normas del Ministerio de Salud, igual que las fuerzas del orden”, indicó en conferencia de prensa.
Al respecto, Luis Llanos, gerente de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Miraflores, informó que realizarán operativos inopinados en locales públicos cerrados para vigilar el cumplimiento. Para orientar a los vecinos, este jueves 09 realizarán una marcha blanca de aplicación de la norma en el Palacio Municipal del distrito, ubicado en la cuadra 4 de la avenida Larco. Por su parte, la Municipalidad de Lima realizará hoy activaciones con los comercios de Mesa Redonda.
6. ¿Hay sanción por portar un carné falso?
Aunque el vocero del Minsa no precisó que sanción se aplicaría en estos casos, Alexandra Vargas, abogada penalista de Estudio Linares Abogados, explicó a El Comercio que la falsificación del carné de vacunación tipificaría como delito de falsedad ideológica, al tratarse de un instrumento que es autorizado por un funcionario público, según establece el Artículo 428 del Código Penal.
El delito es sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años y con ciento ochenta a trescientos sesentaicinco días-multa.
7. ¿Se puede presentar un documento de exención de vacunación?
El Minsa ha informado que el documento de exención de vacunación no es válido para ingresar a espacios cerrados y que denunciarán a quienes entreguen un certificado como este.
“No hay carnet de excepción, aquellos que están dando carnet diciendo que es su derecho no estar vacunados eso es completamente ilegal. No hay persona o funcionario que esté autorizado para entregarlo y, si alguien lo está haciendo, está usurpando funciones y vamos a denunciarlo porque eso es contradictorio al fin que damos para proteger a la población”, señaló el Viceministro de Salud Pública, Gustavo Rosell ayer a RPP.
8. ¿Con la presentación del carné se anulan otras medidas obligatorias?
No. El uso de una mascarilla KN95 o doble mascarilla (quirúrgica de tres pliegues y encima mascarilla de tela) sigue siendo obligatorio para circular por las vías de uso público, lugares cerrados o en lugares donde no se pueda mantener el distanciamiento físico o corporal.
“Tenemos que no repetir lo que pasó en el 2020. Mucha gente contagió a sus familiares vulnerables, abuelos, papás, mamás, hubo muchos muertos. Lo principal es prevenir con la vacunación, mascarilla, distanciamiento y ventilación”, explica Holguín.
A esto se suma que el decreto DS N° 168-2021-PCM también definía los siguientes aforos en espacios cerrados:
- Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 80%
- Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 80%
- Restaurantes y afines: 80%
- Cines y artes escénicas: 80%
- Bancos y otras entidades financieras: 80% (Antes 60%)
- Templos y lugares de culto: 80%
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