Resguardar la información. Cuidado que debemos tener con la información que tenemos que, de revelarse, puede tener algún tipo de afectación en libertades, en derechos o en bienes de nuestra propiedad.
¿Y si la información no es nuestra sino de terceros que nos las dieron en custodia? Si la información es de personas naturales tenemos como marco la Ley de Datos Personales que nos establece obligaciones, a personas naturales, jurídicas, públicas y privadas de cuidar esta información. Descuidarla dejando que otros accedan sin permiso (por un acto de fuerza bruta, entrando a la fuerza a un sistema, o por una negligencia informática) tiene responsabilidades que se pueden ver en la Ley de Datos Personales o en las normativas sobre ciberseguridad.
¿Y si la información es generada con fondos públicos? La regla general es que toda información generada con fondos públicos es pública. Esto, precisamente porque el dinero es de todos los contribuyentes. El acceso se hace sin expresión de causa. Aquí es accesible toda la información, salvo la que se considera secreta o reservada, de acuerdo a la temporalidad de resguardo de la misma, o aquella confidencial, que va en línea con la legislación de datos personales.
¿Y qué sucede cuando la información es de interés público, pero puede estar bajo alguna de las excepciones de la ley de transparencia o está bajo la ley de protección de datos personales? El análisis de la información revelada se debe hacer caso por caso, pero teniendo como marco el interés público.
¿Cómo los periodistas deben cuidar la información que tienen? ¿Cómo cuidar sus fuentes? El uso de herramientas de ciberseguridad es fundamental. Esto acompañado de las protecciones constitucionales del secreto de las comunicaciones y los diversos mecanismos de resguardo que brindan los convenios internacionales.
¿Qué hacer si es el Estado el que busca crear normativa que pudiera vulnerar alguno de los derechos de información o impedir el libre ejercicio de la libertad de expresión o de prensa? No solo la acción se vuelve contraria a los principios básicos de la democracia, sino que es inconstitucional, es allí donde instituciones como el Consejo de la Prensa Peruana, la Sociedad Interamericana de Prensa, la Asociación Nacional de Periodistas, entre otras, deberán dar la batalla, porque afecta no solo la libertad de prensa, sino la libertad de expresión.
Todo poder viene con una gran responsabilidad: la libertad de expresión y de prensa vienen con reglas claras para el Estado de no tener censura previa ni desarrollar regulaciones que terminen afectando dichas libertades.
*El Comercio abre sus páginas al intercambio de ideas y reflexiones. En este marco plural, el Diario no necesariamente coincide con las opiniones de los articulistas que las firman, aunque siempre las respeta.