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La Comisión Permanente del ha resuelto archivar la denuncia contra la presidenta por el Caso Rolex. De esta manera confirma la decisión de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales.

Para estos dos grupos congresales, el artículo 117 de la Constitución restringe la posibilidad de acusar a un presidente en ejercicio. La Constitución, en efecto, enumera solo cuatro opciones. Los delitos son: traición a la patria, impedir elecciones, impedir el funcionamiento del Congreso o el del Jurado Nacional de Elecciones y otros organismos electorales.

Esta restricción de las acusaciones se establece para impedir un bloqueo del ejercicio presidencial. No podría ser interpretado como una licencia para delinquir. Tal interpretación colisiona contra todo el fundamento constitucional, basado en el Estado de derecho.

La Constitución impide acusar al presidente durante el ejercicio de sus funciones. No impide investigar al mandatario. Una investigación preliminar no forma parte del procedimiento acusatorio.

La fiscalía persigue el delito. Si no pudiera investigar delitos cometidos desde el poder, caería su razón de ser. La Constitución es un instrumento para frenar y limitar los excesos cometidos desde el poder. Es imposible interpretarla como instrumento a favor de la impunidad, el abuso y hasta el descaro.

La investigación debe iniciarse apenas se conocen los hechos. Se trata de evitar la desaparición de pruebas, pistas y testimonios. O perseguimos el delito o damos carta blanca al delito.

Si la presidencia se convierte en el poder de delinquir impunemente, los criminales buscarán en masa elegirse. Convertiríamos la presidencia de la república en la cueva apetecida por los delincuentes.

El Caso Rolex es emblemático. La presidenta usó relojes y joyas por decenas de miles de dólares. Primero, dijo que era fruto de su trabajo y que había laborado desde muy joven. Después, señaló que se las habían regalado. Finalmente, contó que era un préstamo.

La presidenta mintió. El prestador de joyas resultó ser el gobernador de Ayacucho, Wilfredo Oscorima. Ella dijo que era su “wayki” (amigo-hermano). Se descubrió luego que favoreció a Ayacucho con presupuestos que no recibió otra región.

Si eso no se puede investigar, aunque sea preliminarmente, estamos perdidos. Perdidos el Estado de derecho, la política y la Constitución.

El Tribunal Constitucional debe resolver una demanda competencial del gobierno contra la fiscalía y el Poder Judicial. Pretende que se interprete el artículo 117 de manera absoluta. Pretende, en otras palabras, instalarnos en la república de la impunidad.

*El Comercio abre sus páginas al intercambio de ideas y reflexiones. En este marco plural, el Diario no necesariamente coincide con las opiniones de los articulistas que las firman, aunque siempre las respeta.

Federico Salazar es periodista

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