El defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, justificó la presentación de una demanda ante el Tribunal Constitucional contra el decreto legislativo 1373 que faculta de autonomía a los procesos judiciales de Extinción de Dominio. (Foto: GEC)
El defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, justificó la presentación de una demanda ante el Tribunal Constitucional contra el decreto legislativo 1373 que faculta de autonomía a los procesos judiciales de Extinción de Dominio. (Foto: GEC)
Redacción EC

El defensor del Pueblo, , se pronunció sobre la , que beneficiaría directamente a su hermana, y aseguró que desconocía el proceso de extinción de dominio que afronta.

Según informó este Diario, la demanda fue presentada por Gutiérrez mientras el Poder Judicial definía un proceso de extinción de dominio contra un vehículo de propiedad de una empresa cuya representante legal era su hermana Sara Gutiérrez Cóndor.

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Al respecto, el titular de la Defensoría del Pueblo negó que haya presentado la demanda ante el TC para beneficiar a su hermana y dio su palabra de que no estaba al tanto del proceso iniciado por la justicia.

“Eso es falso (que haya presentado la demanda para beneficiar a su hermana). Es cierto o no, creo que no está en materia de debate. Cuando nosotros presentamos una demanda de inconstitucionalidad, lo hacemos ceñidos en un principio de control constitucional que debe ejercer el tribunal, es que el máximo intérprete de la Constitución. Nosotros somos accionantes, no somos los que resolvemos”, expresó en RPP TV.

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“No sabía que (mi hermana) tenía un proceso alguno. En honor a la verdad, puedo dar mi palabra, que no sabía de ese proceso”, agregó.

Josué Gutiérrez también señaló que su deber es ejercer la defensa de los derechos constitucionales de la comunidad y no actuar para beneficiar directamente a alguien, lo cual –según alegó- sería “ilegal”.

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“Sería ilegal o por lo menos falta de ética si es que uno se aboca al conocimiento de un caso en particular. No, se están confundiendo. Acá es un tema fundamental. El defensor del Pueblo, por mandato constitucional, está en la obligación de ejercer la defensa de los derechos fundamentales las personas y de la comunidad”, aseveró.

“En ese entendido, yo no puedo discriminar, yo hablo del principio de legalidad, de taxatividad, del control constitucional de la norma”, añadió.

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Como se recuerda, el TC analizará el jueves 20 de febrero la demanda de inconstitucionalidad que interpuso el defensor del Pueblo contra el decreto legislativo 1373 que faculta de autonomía a los procesos judiciales de Extinción de Dominio.

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