
Uno de los casos más emblemáticos seguidos contra Vladimir Cerrón está a punto de obtener sentencia. Se trata del proceso de Extinción de Dominio iniciado contra el prófugo fundador de Perú Libre a fin de que el Estado Peruano pueda obtener la titularidad de más de un millón 600 mil soles de presunta procedencia ilícita.
El caso se encuentra expedito para la emisión de la sentencia, fundada o no, sobre la extinción del patrimonio pecuniario incautado a Cerrón Rojas. Esto, luego que el 30 de enero concluyeron las audiencias de presentación de pruebas y pericias.
De acuerdo al artículo 23 del Decreto Legislativo de Extinción de Dominio, el Juzgado Especializado en Extinción de Dominio tiene hasta 30 días hábiles para emitir la resolución, puesto que, al inicio del proceso, este fue declarado “complejo”. Esto, se cumpliría los primeros días de marzo.
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Si bien, el juez a cargo del caso, Juan Rosas, se encuentra en periodo vacacional, el plazo máximo para la emisión de la sentencia coincidirá con su reincorporación a las labores jurisdiccionales.
El proceso de extinción de dominio contra el ex gobernador regional de Junín fue declarado admisible el 20 de agosto del 2024. Se busca que el Poder Judicial declare la extinción de S/1´236,543.30 y S/376,969.13 -que suman S/1´613,512.43- de titularidad de Cerrón Rojas y que se encuentran actualmente incautadas.
Con la sentencia de extinción de dominio, se concluiría que el dinero tendría origen ilícito y dichos montos pasarían a las arcas del Estado, de acuerdo al Decreto Legislativo N 1373.
El proceso de extinción de dominio está regulado por el Decreto Legislativo N° 1373 y su reglamento Decreto Supremo N° 007-2019-JUS, vigentes desde el 2 de febrero del 2019. Las normas buscan trasladar a la esfera del Estado, la titularidad de los objetos, instrumentos, efectos o ganancias que tienen relación o que se derivan de las actividades ilícitas contra la administración pública y el medioambiente, así como tráfico ilícito de drogas, terrorismo, secuestro, extorsión, trata de personas, lavado de activos, contrabando, defraudación aduanera, defraudación tributaria, minería ilegal y otras con capacidad de generar dinero, bienes, efectos o ganancias de origen ilícito o actividades vinculadas a la criminalidad organizada, sin indemnización ni contraprestación alguna a favor del requerido o tercero.
Culminada la audiencia, el Juez dicta sentencia dentro de un plazo que no exceda de quince (15) días hábiles. Excepcionalmente, cuando el caso revista complejidad, la expedición de la sentencia se prorroga hasta por quince (15) días hábiles adicionales.

Se halló un incremento patrimonial de más de seis millones de soles
Durante última audiencia contra Cerrón, la fiscal Jessica López Huaynate, de la Tercera Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Lima, sostuvo que se había demostrado un desbalance patrimonial que no correspondería con sus ingresos y que además, estos provendrían de origen ilícito debido a las sentencias contra el exfuncionario público, así como los procesos judiciales que se le siguen actualmente, entre los que figura el presunto delito de lavado de activos.
En sus alegatos finales, la representante del Ministerio Público, señaló que incluso se ha detectado un incremento patrimonial “no justificado” por más de S/6 millones entre el período del 2008 y 2021.
“Corroboramos la existencia de un incremento patrimonial no justificado por un total de S/6′241,140.66 en el período más grande, de enero del 2008 a setiembre del 2021; siendo que en este caso solo venimos analizando S/1′613,572.43″
Jessica López Huaynate, fiscal de la Tercera Fiscalía Provincia Transitoria de Extinción de Dominio de Lima
La representante del Ministerio Público señaló que -respecto al aumento patrimonial no justificado y su vinculación con actividades ilícitas que implican a Cerrón Rojas- se ha probado, en una línea de tiempo, que los importes de S/610.543.52 y S/1′236,543.30 corresponderían a incrementos que se habrían dado en paralelo al tiempo en que se encontraba incurso en actividades ilícitas, por las que posteriormente fue investigado y hasta condenado.
Ello, dijo, se ha corroborado con los actuados de los procesos vinculados a criminalidad organizada y lavado de activos (Los Dinámicos del Centro) que dataría desde el año 2012; por actividades ilícitas de corrupción de funcionarios (Caso La Oroya) donde fue sentenciado por negociación incompatible o aprovechamiento del cargo por ilícitos ocurridos en su primer periodo como gobernador regional de Junín.
También, agregó, por presunta asociación ilícita para delinquir (Caso Antalsis), que se encuentra en investigación preparatoria; y supuesta colusión (Caso Aeródromo Wanka) en la que Cerrón fue sentenciado (actualmente la condena está anulada y pendiente de nuevo pronunciamiento).
“Todos estos ilícitos que se le atribuyen a nivel penal fue en su condición de gobernador regional de Junín y como líder de Perú Libre”, dijo la fiscal.
Además, con información de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), la fiscalía fundamentó su posición respecto de que Cerrón Rojas realizaba “movimientos financieros sospechosos”.
Ello, debido a que según la SBS, el prófugo exfuncionario realizó el “rescate” de S/ 1′253,074.00 en julio del 2021, lo que fue considerado una “intención de pérdida o desvío de fondo” con la finalidad de que estos no sean afectados con medidas limitativas propias de las pesquisas. Esto, debido a que dicha operación se realizó después de que se inició la investigación preliminar por lavado de activos en Huancayo y de manera casi inmediata se dispuso el congelamiento financiero.
PJ rechazó pedido de Vladimir Cerrón para ordenar otra prueba pericial

La Procuraduría de Extinción de Dominio, a través de la abogada Angélica Caycho, sostuvo, en la presentación de pruebas, que quedó evidenciado que, a lo largo de los años, Cerrón Rojas emitió declaraciones juradas “con datos incorrectos por no decir falsos”.
Por ejemplo, dijo, a inicio del 2014, su declaración jurada es superior al monto que tenía en sus cuentas; o en 2012, cuando declaró más de lo que tenía en sus cuentas. Incluso, agregó, hubo periodos en los que el funcionario no recibió remuneración.
También aseguró que, entre 2020 y 2021 figuran ingresos por S/300.82.70, suma que no deviene de ninguna de las cuentas abono, que según la defensa de Cerrón, eran usadas para percibir sus ingresos.
Precisó que los peritos, claramente han manifestado que se contactaron con el referido procesado a fin de que presente información y documentación que sustente su patrimonio, pero que nunca respondió y ahora pretende cuestionar la falta de información cuando tuvieron la oportunidad de presentar la que consideraban pertinente.
Este informe pericial ha advertido una serie de ingresos desconocidos en tanto no ha sido posible acreditar si provienen de actividades lícitas. Se ha evidenciado ingresos que se desconoce el origen por más de S/5 millones. En conclusión, se ha determinado un desbalance patrimonial por una suma muy superior a la suma que venimos requiriendo. No corresponde en este proceso hacer el análisis de todo esa suma de dineraria, únicamente de la suma que es materia de extinción de dominio.”
Angélica Caycho, adjunta de Procuraduría de Extinción de Dominio
Ángel Espinoza, defensa de Cerrón Rojas, inició sus alegatos señalando que el juzgado ya habría adelantado opinión en el proceso a través de una resolución en la que rechazó admitir como nueva prueba un informe pericial de oficio.
“Se pretende extinguir la suma de S/376.969.13 y la suma de S/ 1′236,543.30 de titularidad del señor Cerrón. La base fundamental es un incremento patrimonial no justificado, pero con este alegato y con las mismas pruebas del Ministerio Público vamos a demostrar que está debidamente justificado”, dijo.
Señaló que si se revisaban los extractos bancarios del 2020, se verifica un movimiento de S/986.625.94 que fue insumo de la pericia contable y auditoría; y que, según su explicación, provino del cobro de un cheque. Además, aseguró que parte del dinero salió de la venta de un local comercial e, incluso, se registra un monto de S/15.709 que “fue remitido por la señora (Dina) Boluarte, por concepto de aporte partidario”.
Además, de otro monto de S/62,740 contenidos en una segunda cuenta. Esto último, indicó, corresponde a la remuneración como docente universitario del prófugo, desde el 2016 a 2019.
“Con estas dos alegaciones, tanto de la suma de trescientos y tantos mil; y de la suma de un millón doscientos y tantos mil, con todos estos alegatos debe declararse infundada”
Ángel Espinoza, abogado de Vladimir Cerrón
Sobre los procesos mencionados por la fiscalía - y de donde provendrían los dineros ilícitos- aseguró que en el Caso Antalsis se ha declarado nula la prisión preventiva; Los Dinámicos del Centro está en investigación; en el “Aeródromo Wanka” hay una casación bien concedida y declarada nula (la sentencia) y “La Oroya” hay un habeas corpus pendiente.
Desde la clandestinidad, y a través de su cuenta social de “X”, Cerrón Rojas cuestionó esta semana las pruebas periciales que se han actuado en su proceso de extinción de dominio, señalando que no se quisieron admitir pericias de oficio que trató de presentar a través de su defensa.

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