Karem Barboza Quiroz

La justicia peruana ha emitido su primera sentencia por el delito de terrorismo internacional al condenar a 17 años de cárcel a Neider Jhonny Machacury Jota, un ciudadano colombiano de 23 años, quien fue hallado responsable de integrar el grupo terrorista armado conocido como “GAOR-FARC” y como tal haber realizado la captación de menores de edad para dicha organización.

Los integrantes de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones Nacional, conformada por Celinda Segura Salas (presidenta), Mercedes Pareja Centeno (jueza superior) y William Lugo Villafana (juez superior y director de debates) - a pedido de la fiscalía- emitieron la condena la primera semana de diciembre.

Mientras que la logró que se le impusiera el pago de S/100 mil por concepto de reparación civil a favor del Estado.

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Machacury Jota fue hallado responsable del delito contra la tranquilidad pública en la modalidad de terrorismo agravado por su vinculación a organizaciones terroristas internacionales y reclutamiento de personas, en agravio del Estado Peruano.

Sentencia contra Neider Jhonny Machacury Jota, por Terrorismo INternacional.
Sentencia contra Neider Jhonny Machacury Jota, por Terrorismo INternacional.

Los hechos

El 15 de abril del 2018 dos menores de edad fueron interceptados por Machacury a las afueras de un colegio de la localidad de Soplin Vargas, distrito Teniente Manuel Clavero, provincia Putumayo (Loreto).

Christian y Julio -hoy mayores de edad- narraron a las autoridades que el sentenciado los llamó y les preguntó si estudiaban y luego les preguntó si les gustaba las armas de fuego y si deseaban “pertenecer al MRTA y las FARC”, pero ellos le respondieron que no porque estudiaban. Machacury insistió y les dijo que si no era por las buenas sería por las malas.

No obstante, en ese momento, dos policías que estaban por el lugar los intervino; y así fue como el terrorista fue capturado.

En su manifestación policial, Machacury reconoció ante el SO3 PNP Erik Tumbay Perez y el juez de Paz de la localidad de Soplin Vargas, Carlos Nacimiento Ramírez, que sí trató de captarlos por órdenes del comandante “Sausa”, quien le indicó que debía llevar a cinco personas, de lo contrario lo buscaría y mataría. Días después, ante la fiscalía, cambió su versión y negó los hechos.

Sin embargo, luego de iniciarse las investigaciones, los operadores de justicia encontraron que los dos menores no habían sido las únicas víctimas. Otros testigos aseguraron haber sido captados.

Incluso, uno de ellos contó que lo llevó en bote ante un sujeto al que llamó “comandante”, que estaba con otras siete personas que llevaban fusiles y pistolas. El testigo aseguró que el “comandante” le dijo que ya no iba a regresar a su casa y si se escapaba lo mataría. Pero cuando tuvo la oportunidad de escapar y regresó a Puerto Veliz.

Días después, su hermano, fue secuestrado por la guerrilla colombiana y al tratar de escapar fue herido de bala.

Por ello, en el juicio oral se determinó que este grupo delictivo tenía presencia y desplegaba su accionar de manera recurrente en el ámbito del río Putumayo, zona fronteriza Perú – Colombia; insertándose en los distritos de Teniente Manuel Clavero (capital Soplin Vargas), Putumayo (capital San Antonio del Estrecho), Rosa Panduro y Yaguas de la provincia Putumayo (Loreto), para captar y reclutar a jóvenes peruanos a plegarse a sus filas, bajo el ardid de ofrecerles mejores condiciones de vida (ingresos económicos, estudios, provisiones alimentarias, salud y otros). No obstante, la verdadera actividad era obligarlos a elaborar y comercializar alcaloide de cocaína y otros.

“En consecuencia, se acreditó plenamente que el acusado Neider Jhony Machacury Jota formaba parte del Grupo Armado Organizado Residual conocido con “GAOR” y, como tal, dentro de los fines de la organización, tenía la finalidad de captar a personas, dentro de las cuales estaban los menores de edad Juan Julio Zevallos Lunarejo (14 años) y Christian Eduard Andle Sosa Butuna (16 años), con el propósito de integrarlos al grupo subversivo”

Sentencia de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones Nacional.

Es el primer antecedente

El procurador para casos contra el terrorismo, , aseguró a El Comercio que se trata de la primera sentencia condenatoria por el delito de pertenencia a una organización terrorista internacional prevista en el artículo 3° del Decreto Ley 25475, contra grupos armados que mantienen una estructura organizativa similar al grupo terrorista internacional “FARC-EP”.

“Es un resultado importante, único en los procesos judiciales y como antecedente primero, pues se la logrado condenar a un acusado por el delito de terrorismo internacional”, señaló.

Indicó que dicho grupo delictivo opera en la zona fronteriza Perú-Colombia y en este proceso se ha determinado que las localidades de Teniente Manuel Clavero (Capital Soplin Vargas), Putumayo (Capital San Antonio del Estrecho), Rosa Panduro y Yaguas de la provincia de Putumayo (Loreto) son las más afectadas.

El procurador especializado en terrorismo Milko Ruiz, aseveró que la primera sentencia por terrorismo internacional en un logro importante para la justicia peruana . (Foto: Archivo El Comercio)
El procurador especializado en terrorismo Milko Ruiz, aseveró que la primera sentencia por terrorismo internacional en un logro importante para la justicia peruana . (Foto: Archivo El Comercio)


Además, enfatizó que el reciente fallo es importante porque actualmente se ha reiniciado un proceso judicial contra Muhamad Ghaleb Hamdar, a quien se le imputa ser integrante de la organización terrorista islamista-chiita-libanés, Hezbolá.

“En el caso de Ghaleb Hamdar se anuló una condena absolutoria y se está volviendo a juzgar. Entonces, esto es importante, porque este delito de terrorismo internacional fue incluido por los convenios que Perú tiene con la ONU, a raíz de los atentados del 11 de setiembre (de 2001), antes no estaba regulado ese delito”, anotó.

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