El Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional del Poder Judicial (PJ) ordenó el embargo en forma de inscripción y dispuso trabar la medida cautelar de inhibición contra la persona jurídica ‘BAKERY 180 E.I.R.L.’, empresa constituida por la exprimera dama, Nadine Heredia, y dedicada al rubro de repostería.
La decisión se adoptó en el marco de la investigación que se le sigue a la esposa del expresidente Ollanta Humala, por presuntamente haberse beneficiado de tratativas irregulares con postores del proyecto “Gasoducto Andino del Sur (Gasoducto Sur Peruano)”, entre los que estuvo la empresa brasileña Odebrecht.
Según la resolución a la que accedió El Comercio, el juez Leodán Cristobal Ayala, dispuso la afectación de la medida en un monto ascendente a S/7,245 que constituye el cien por ciento de las acciones de la empresa.
MIRA: El top ten del Congreso: Lo bueno, lo malo y lo feo de la primera etapa de la gestión de Alejandro Soto
La solicitud de embargo e inhibición fue presentada por la Procuraduría Ad Hoc para el Caso Lava Jato, con el fin de salvaguardar parte de una eventual reparación civil a favor del Estado.
“De la revisión del contenido de la Partida Registral No. 14490152 de la persona jurídica BAKERY 180 E.I.R.L. en la Oficina Registral de Lima se aprecia que la imputada Nadine Heredia Alarcón posee 7,245 participaciones. Siendo un bien que solo es de la investigada a título personal, su afectación es inmediata”, señaló el juez.
La procuraduría presentó 13 elementos de convicción para sustentar su pedido. Entre estos, copias de las anotaciones de Heredia Alarcón en sus agendas, la declaración del testigo con clave TR-01-3D2FPCECF-2016 y el acta de transcripción del aspirante a colaborador eficaz No 003-2019, que verificaría la intervención de la ex primera dama en reuniones con representantes de Odebrecht en las que se tocaron temas sobre el Gasoducto Sur Peruano, etc.
Con todo lo aportado y descrito por la procuraduría, el magistrado señaló que en conjunto con el período de tiempo que pueda durar el presente proceso, se puede inferir “que existe el eventual riesgo de transferencia del bien”, lo que podría devenir en que el orden de prelación cause en una imposibilidad del pago de una eventual reparación civil por parte de la investigada o que se torne en imposible.
Por tanto, consideró que era urgente disponer la medida de embargo en forma de inscripción y orden de inhibición solicitada, cumpliéndose en extenso con los presupuestos de razonabilidad de la medida.
“Declarar fundado el requerimiento de medida cautelar de embargo en forma de inscripción y orden de inhibición formulada por la Procuraduría Pública Ad Hoc Caso Odebrecht contra Nadine Heredia Alarcón por su presunta vinculación con el delito de asociación ilícita para delinquir y colusión agravada en agravio del estado”, declaró el juez.
Cabe precisar que la procuraduría pública ha requerido como pretensión económica provisional la suma de US$ 1.304′074.891,26 (Mil Trescientos Cuatro Millones Setenta y Cuatro Mil Ochocientos Noventa y Uno con 26/100 Dólares Americanos); y, S/. 200.603,13 (Doscientos Mil Seiscientos Tres Con 13/100 Soles) a ser pagados de forma solidaria por todos los imputados en este caso.
La investigación
La fiscalía le imputa a la ex primera dama, Nadine Heredia Alarcón, ser la autora de la presunta comisión del delito de asociación ilícita para delinquir, por supuestamente haber liderado con su cónyuge y ex presidente de la República, Ollanta Humala Tasso, una organización criminal enquistada en el Gobierno Central, durante el período 2011 - 2015, cuya finalidad ilícita habría sido la comisión de delitos contra la administración pública.
Además, se le atribuye el presunto delito de colusión agravada, puesto que, durante la gestión de Humala Tasso; y por delegación de éste, habría gestado desde el Poder Ejecutivo, reuniones con representantes del Grupo Empresarial Odebrecht, con quienes habría concertado en perjuicio del patrimonio del Estado.
Entre los hechos en los que habría intervenido se encuentra el término del proceso de concesión del proyecto Gasoducto Andino del Sur, el cual había sido otorgado bajo la modalidad de iniciativa privada; la devolución de la carta fianza por el importe de US$66′ ́705.106,20 a la empresa “Kuntur Transportadora de Gas S.A” (Odebrecht).
Y, en la decisión de realizar un nuevo proceso de concesión para el proyecto “Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano”, convocado, esta vez, bajo la modalidad de Asociación Pública Privada (APP), esto es, en cofinanciación con el Estado; y finalmente, el favorecimiento fraudulento con la adjudicación de la buena pro del proyecto mencionado en el punto al consorcio Gasoducto Sur Peruano, conformado por la empresa Odebrecht.
En la investigación, la fiscalía le atribuye a Heredia Alarcón la condición de funcionaria pública de facto o, de hecho, por delegación de funciones de parte de su cónyuge, por lo que sus funciones se encontraban al “Servicio de la Nación”.
“Se le imputa haber asumido un rol fundamental en las tratativas con los empresarios extranjeros como fueron los representantes del grupo empresarial Odebrecht, además de reunirse con los funcionarios que participaron directamente en la última etapa del proceso de contratación del proyecto ‘Gasoducto Andino del Sur’”, se indica en la tesis fiscal.