La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) rechazó la decisión del Estado Peruano que dispuso la libertad al expresidente Alberto Fujimori.
En esa línea, señaló que la excarcelación dispuesta por el Tribunal Constitucional (TC) en marzo del 2022 - y reiterada a fines de noviembre de este año- es un “desacato” a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que había requerido abstenerse de ejecutar su fallo que disponía restituir el indulto humanitario y derecho de gracia para Fujimori.
LEE TAMBIÉN: Alberto Fujimori: los entretelones de la reunión donde el gobierno de Boluarte decidió su libertad
“Esto, en contravención de las obligaciones internacionales del Estado y en incumplimiento de las órdenes emitidas por la Corte IDH”, advirtió la CIDH en un comunicado.
Agregó que al ratificar la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Estado Peruano reconoció la jurisdicción de la Corte IDH; y por ende, está obligado a cumplir con sus fallos.
“Se hace un enérgico llamado al Estado a tomar medidas efectivas para garantizar el derecho de acceso a la justicia a las víctimas de crímenes de lesa humanidad, en respeto a su dignidad”, demandó.
Piden información actualizada
De otro lado, el Estado Peruano enviará información complementaria ante la Corte IDH respecto a la liberación de Alberto Fujimori, que se produjo el 6 de diciembre último por disposición del TC.
Fuentes vinculadas al proceso de supervisión de sentencia de los Casos Barrios Altos y La Cantuta, que se sigue ante el sistema interamericano, señalaron a El Comercio que dicha información se remitirá entre martes y miércoles de la próxima semana.
Fujimori Fujimori se encuentra en libertad desde hace cuatro días, luego de abandonar el Penal de Barbadillo, ubicado en la sede de la Dirección de Operaciones Especiales de la Policía Nacional-Diroes (Ate Vitarte).
El exmandatario, cumplió 16 de los 25 años de cárcel a los que fue sentenciado el 7 de abril del 2009.
El Poder Judicial lo halló culpable del delito de homicidio calificado con alevosía, por las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta, y secuestro agravado, por las detenciones del periodista Gustavo Gorriti y del empresario Samuel Dyer. Su condena vencía el 10 de febrero de 2032.
Según explicaron las fuentes, el 8 de diciembre, plazo otorgado por la Corte IDH, el Estado Peruano cumplió con responder a las observaciones planteadas por las víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta, en consonancia con lo ordenado en su resolución de 7 de abril del 2022.
En dicho auto, la instancia supranacional requería al Estado Peruano abstenerse de ejecutar la sentencia del TC -de marzo del 2022- que restituía el indulto humanitario para Fujimori y ordenó su excarcelación. El pedido de abstención fue reiterado el pasado 5 de diciembre por el presidente de dicha sede, Ricardo Pérez Manrique, pero no fue atendido.
En la respuesta a la Corte IDH, señalaron las fuentes, se envió la información que fue inicialmente solicitada y posteriormente entregada por el Tribunal Constitucional (TC), Instituto Nacional Penitenciario (Inpe), Poder Judicial (PJ) y al Ministerio Público (MP).
“Aunque solo respondieron parcialmente y antes de los hechos de la liberación”, manifestaron.
Por ello, se esperó hasta el último momento del plazo para que las entidades requeridas actualizaran la información, pero esta no llegó y se envió lo que ya habían entregado.
En esa línea, el Estado Peruano dio cuenta a la Corte de que la liberación de Fujimori Fujimori ya se había producido según lo informado por la prensa y otros medios públicos, pero dada las respuestas parciales y antes de la liberación, se solicitó a las entidades antes mencionadas brindar información actualizada para ser enviada a la instancia interamericana.
Hasta el cierre de este informe, la Corte IDH no había enviado alguna nueva nota al Estado Peruano.
“La Corte (IDH) recibe los escritos de las partes y de la Comisión Interamericana, analizando estos, puede solicitar nueva información y/o convocar a audiencia”, indicaron las fuentes.
Denuncian pacto político
En una conferencia de prensa, los familiares de víctimas de los casos Barrios Altos, La Cantuta y otros, denunciaron un pacto político en la liberación de Fujimori.
Gisela Ortiz, familiar de una de las víctimas, indicó que la sentencia de Fujimori, fue “alcanzar justicia”. No obstante, con su reciente liberación “el Estado Peruano nuevamente nos ha traicionado” puesto que le habría “regalado” de manera “injusta e ilegal, una libertad que no le corresponde”.
“Entonces, 31 años después, seguimos hablando de impunidad y seguimos hablando de incumplimiento de estas sentencias. Y sin embargo, en este contexto, se decide políticamente, en el gobierno de Dina Boluarte, regalarle una libertad a Alberto Fujimori, sin que este sea su derecho”, indicó.
Afirmó que los familiares de las víctimas se sienten desprotegidas ante lo que sería un pacto político.
“Las instituciones de nuestro país como el Tribunal Constitucional, cuyos miembros mayoritariamente se han convertido en abogados de Fujimori, devolviendo el favor político al fujimorismo para los que han sido elegidos desde el Congreso, traicionan esta obligación de garantizar la legalidad de los actos al otorgale esta libertad dando validez a un indulto que nació negociado”, dijo.
Gloria Cano, abogada de Aprodeh y representante de las deudos de las víctimas, indicó que ya han presentado ante la Corte IDH in informe con todos los pormenores “ocurrido con la ilegalidad cometida entre el Tribunal Constitucional y el Ejecutivo”.
Así, en dicho documento también han solicitado a la instancia supranacional que emita una resolución indicando que el Estado Peruano ha desacatado una orden de la Corte y emita un informe a la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA).
“La Asamblea General de la OEA deberá evaluar este incumplimiento del Estado Peruano y ojalá puedan emitir disposiciones o resoluciones que obliguen al Estado Peruano a acatar los fallos de la Corte”, expuso.
Se acerca nuevo juicio
Como se recuerda, Elio Riera, abogado de Fujimori Fujimori, aseguró que su patrocinado permanecerá en el Perú.
“El señor expresidente, como yo ya lo dije en todo momento, se va ha quedar en el Perú. Finalmente, el destino u objetivo de lograr el indulto era que el señor expresidente pudiera regresar a su hogar, en compañía de su familia y de sus nietas. Yo descarto en todo momento, esos comentarios de algunos sectores indicando que el señor expresidente se vaya a fugar, lo rechazo categóricamente”, indicó.
Así mismo, rechazó el pedido de arresto domiciliario por 18 meses que solicitó la fiscalía en contra del exmandatario por el Caso Pativilca-Caraqueño.
El Poder Judicial ha programado para el próximo 18 de diciembre el inicio del juicio oral contra Fujimori Fujimori por este caso.
Al procesado se le imputa ser presunto autor mediato del delito contra la vida, el cuerpo y la salud – Homicidio Calificado – Asesinato con Alevosía, en agravio de Jhon Gilbert Calderón Ríos, César Olimpio Rodríguez Esquivel, Toribio Joaquín Ortíz Aponte, Pedro Agüero Rivera, Nieves Ernesto Arias Velásquez, Felandro Castillo Manrique.
Todos ellos, presuntamente asesinados durante “operaciones especiales de inteligencia” ejecutadas por el Destacamentos Colina el 29 de enero de 1992 en la Pampa San José y Caraqueño del distrito de Pativilca (Barranca),en el marco de la política antiterrorista del Estado dispuesta por Fujimori, en su condición de presidente de la República.
En su acusación, el Ministerio Público postuló que los hechos imputados en el caso “Caraqueño”, reúne los requisitos “para ser considerados como delitos de Lesa Humanidad”.
“Seguidamente el representante del Ministerio Público en su Dictamen Fiscal No 67-2019 ratifica lo consignado respecto de la configuración sobre el delito de Lesa Humanidad, resaltando los instrumentos Internacionales y considerados como tales los delitos seguidos contra los acusados en la presente causa, respecto de los casos “Caraqueño” y “La Cantuta” por los delitos de Asesinato y Desaparición Forzada”, señaló la Cuarta Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria en su auto de enjuiciamiento.