Karem Barboza Quiroz

El fiscal José Domingo Pérez, del Equipo Especial Lava Jato del Ministerio Público, aseguró que la presunta organización criminal que conformaría el partido (), persona jurídica llevada a juicio oral en el ‘’, apoyó la reciente emisión de la Ley 32108 -ley que modifica los requisitos para la tipificación del delito de organización criminal- para lograr la “impunidad” de su procesamiento.

Así lo aseguró durante la audiencia del juicio oral seguido contra la excandidata presidencial y otras 40 personas -entre naturales y jurídicas- por el Caso Cócteles, que se desarrolló este lunes.

Durante la sesión, ante el Tercer Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior Nacional además, el fiscal también aseguró que la presunta red criminal continúa activa en la actualidad.

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Los procesados son acusados por los presuntos delitos de crimen organizado, lavado de activos, falsa declaración en procedimiento administrativo, por la presunta recepción de dinero ilícitos, de empresas nacionales y extranjeras, en las campañas electorales del 2011 y 2016.

Según la acusación fiscal, durante las referidas campañas electorales, Fujimori Higuchi y Fuerza Popular, habrían lavado US$ 17,307,359.72 y S/ 18,000. De ese monto, la constructora brasileña Odebrecht realizó un aporte de US$ 1 millón proveniente de fondos ilícitos, según la tesis del Ministerio Público.

En la audiencia, el tribunal escuchó los argumentos del Ministerio Público y de las partes para la admisión de testigos nuevos y prueba documental nueva, en el juicio oral.

La sesión continuará este martes a las 9:00 de la mañana, donde se continuará el ofrecimiento de pruebas nuevas. Luego de ello, el colegiado emitirá su decisión respecto a la aceptación de los nuevos elementos ofrecidos por el Ministerio Público y las partes.


En el banquillo de los acusados: Keiko Fujimori durante su acreditación en el inicio de su juicio por el Caso Cocteles. Foto: Poder Judicial
En el banquillo de los acusados: Keiko Fujimori durante su acreditación en el inicio de su juicio por el Caso Cocteles. Foto: Poder Judicial

“En pleno juzgamiento se están modificando las normas procesales”


Durante su argumentación, el fiscal José Domingo Pérez, enfatizó en que la presunta organización criminal que está siendo juzgada en el ‘Caso Cócteles’ continúa operando desde el Congreso de la República, pues el partido Fuerza Popular ha emitido votos a favor de leyes de menoscaban el rol del Ministerio Público y la configuración de delitos como el crimen organizado.

Para demostrar ello, presentó como nueva prueba documental los expedientes completos de los proyectos de ley que tramitaron en el Legislativo y que terminaron siendo promulgadas como normas oficiales y que se gestaron -indicó- para beneficiarse en el presente caso.

Uno de los expedientes corresponde al trámite de que siguió la Ley 32108 , sobre el delito de organización criminal.

“Estamos llevando a juicio oral a una presunta organización criminal, en donde en pleno juzgamiento se están modificando las normas, no solo procesales; sino las normas sustantivas. Pues bien, al modificarse las normas sustantivas, el Ministerio Público y el Poder Judicial tienen que reaccionar.”


José Domingo Pérez, fiscal del caso Lava Jato.


En esa línea, sostuvo que debido a la aplicación de dicha ley, en algunos casos dentro del sistema de justicia ya se viene analizando la aplicación de este dispositivo legal.

El Pleno del Congreso.
El Pleno del Congreso.
/ Congreso de la República / Luis Saldaña Alvarado


Cabe precisar que, en sesiones anteriores, el representante del Ministerio Público señaló que la acusación en este caso cumple con los estándares requeridos por la nueva Ley 32108. No obstante, insistió en que la presunta red criminal juzgada en este proceso, estaría buscando la impunidad con esta norma.

“Una de ellas es todo el expediente que se está trayendo de esta ley. Es decir, cómo una presunta organización criminal llevada a juicio, está respondiendo desde el control político de las instituciones para modificar las leyes de procesamiento y lograr la impunidad de sus actos”, indicó.

El representante del Ministerio Público también presentó como prueba nueva documental, los expedientes de la Ley 31751, que modificó el plazo de suspensión de la prescripción penal hacia un máximo de un año (Ley Soto), “que recorta las facultades de persecución de la fiscalía” y que, según dijo, obtuvo votos favorables de Fuerza Popular.

Consideró pertinente dicho documento al sostener que probaría lo que ya había indicado en el auto de enjuiciamiento del caso, al señalar que la presunta organización criminal llevada a juicio oral, realizaría actos “de interferencia” en el Congreso de la República y/o Legislativo; y, “a través de esta instrumentalización, la emisión de normas que favorecen sus intereses. Es decir, establecer marcos de impunidad”.

“Es decir, no solamente estamos hablando de que con esta Ley, este documento, van a tomar conocimiento de que se está modificando el ordenamiento procesal para lograr los beneficios que en sede judicial no podría obtener quienes estarían siendo procesados; sino que a través del indebido uso político, se están gestando normas y leyes para precisamente, excluirlos o sean sustraídos de la acción penal.”

José Domingo Pérez, fiscal.

José Domingo Pérez,

También ofreció el expediente de la Ley 32104, que precisa la ampliación de los plazos de prescripción y el expediente de la Ley 31990, que modifica el proceso especial de colaboración eficaz.

“Por esto, estamos dando a conocer que la presunta organización criminal llevada a juicio, sigue teniendo una capacidad operativa para lograr estos mecanismos de impunidad, porque justifica con esta ley que, los plazos de prescripción que han sido cuestionados por la propia Corte Suprema, es razonable”, adujo.


“La organización criminal se encuentra vigente o permanente”

En sus alegaciones, el fiscal José Domingo Pérez también manifestó que los nuevos testigos y prueba nueva, no solo debían circunscribirse al espacio temporal de las campañas electorales 2011 y 2016 -materia de juzgamiento- sino que era necesario analizar las actividades posteriores realizadas por los acusados, a fin de establecer que la presunta organización criminal continuó operando para el encubrimiento de sus actos.

Fue al sustentar la necesidad de convocar como testigo al expresidente Martín Vizcarra, al exfiscal suizo Stefan Lenz, quien ya declaró en el juicio seguido contra el expresidente Alejandro Toledo, por el Caso Interoceánica Sur.

En esa línea, el representante del Ministerio Público, solicitó al tribunal de juzgamiento “aceptar” la actuación del testigo Martín Vizcarra, quien deberá declarar sobre una presunta reunión secreta que habría sostenido con Fujimori Higuchi; y donde esta última le habría pedido aprobar la Ley sobre Octógonos, según una declaración que el exmandatario realizó en el 2023.

“Porque ustedes lo van a encontrar en el auto de enjuiciamiento; y literalmente voy a dar lectura de las líneas que van a encontrar allí. Se señala lo siguiente: La existencia de la organización criminal, para que a través de este ente jurídico, se pueda concretizar los actos lesivos, manifestándose intensamente en su actividad en las dos campañas electorales 2011 y 2016 hasta la actualidad; y esta esta última parte lo resalto y lo subrayo, hasta su actualidad”, indicó.

En esa línea, precisó que la presunta organización criminal, cuya líder sería Keiko Fujimori, ejecutó actividades delictivas a nivel nacional, desplegando sus labores criminales en el espacio temporal comprendido entre el 2009 hasta la actualidad.

“La organización criminal, liderada por Keiko Fujimori, ejecutó actividades delictivas a nivel nacional desplegando sus labores criminales en el espacio temporal comprendido entre el 2009 hasta marzo del 2021, para los fines del proceso penal, toda vez que esta fiscalía no ha postulado su desarticulación, es decir la organización criminal se encuentra vigente o permanente.”


José Domingo Pérez, fiscal.

El representante del Ministerio Público, en audiencia, pidió que se acepte como prueba trasladad las declaraciones de exfuncionarios de Odebrecht como Jorge Barata, quienes han declarado en sede nacional, antes de que Brasil determine la ilegalidad de los elementos de prueba que entregó a Perú vía cooperación internacional.

Señaló entonces que la defensa legal del exministro Jorge Yoshiyama, había presentado documentos de la justicia de Brasil, donde se establece que tanto los exfuncionarios de Odebrecht no podían declarar en los juicios de Perú y las pruebas entregadas por dicha empresa tampoco podían ser usadas al ser prueba ilegal.

“No se puede trasladar cuestiones del ámbito político al ámbito jurídico”

Giulliana Loza, abogada de Keiko Fujimori, solicitó al tribunal de juzgamiento rechazar los documentos -entre ellos los expedientes de las leyes emitidas por el Congreso- presentados por el fiscal José Domingo Pérez, como “prueba nueva”. En esa línea, rechazó que las votaciones de los congresistas puedan ser sometidos a un reproche penal dentro del juicio oral por el ‘Caso Cócteles’.

También cuestionó que se presenten traducciones o se quiera trasladar las declaraciones que brindaron exfuncionarios de Odebrecht en otros juicios (Metro de Lima, Interoceánica) como prueba nueva.

“Los votos de los congresistas no pueden ser reprochados penalmente, no se puede trasladar cuestiones del ámbito político al ámbito jurídico, donde se discuten aspectos de relevancia penal.”

Giulliana Loza, abogada de Keiko Fujimori.

Giulliana Loza,


A su turno, Gonzalo del Río, abogado de José Chlimper, también solicitó que se rechace la introdución de las traducciones de diversas declaraciones de los exdirectivos de Odebrecht como “prueba nueva” , indicando que lo que pretendía la fiscalía era “subsanar” aquello que no hizo en la etapa de control de acusación.

Además, señaló que la justicia de Brasil ha declarado ilícitas las pruebas obtenidas en el Caso Lava Jato; por lo tanto, la consecuencia es que en el ‘Caso Cócteles” también debe declararse ilegal todo lo obtenido a partir de la prueba entregada por dicho país.

Finalmente, también rechazó la introducción de los expedientes parlamentarios de las cuatro leyes ofrecidas por el fiscal, al sostener que se trata de decisiones de personas que “tienen prerrogativa constitucional”

En esa línea, aseguró que lo dicho por el fiscal es un “discurso o narrativa” que pretende cuestionar al Congreso, pero que es materialmente imposible someterlo al juicio oral.

“Es decir, hay un conjunto de leyes que tiene que valorar el señor fiscal, pero cuestionar un proceso congresal es imposible, no tenemos la competencia para eso, pueden ser fuegos artificiales, narrativa, respecto de un expediente de creación de una norma, donde mi patrocinado no tiene relación, pero que debo pronunciarme porque eso hace mas grande la discusión de pruebas.”


Gonzalo del Río, abogado de José Chlimper




Humberto Abando, abogado de Jaime Yoshiyama, expresó a su turno que las declaraciones de los exfuncionarios de Odebrecht habían sido solicitadas en su momento -vía diligencias sumariales en la investigación- pero que el fiscal no las realizó y dio por concluida la etapa de investigación. Por ello, pidió rechazar la inclusión de sus declaración, ahora vía prueba trasladada.

Además, remarcó que esa y otras pruebas ya fueron declaradas ilegales por juez brasileño Dias Toffoli al declarar que se violaron los derechos de los procesados brasileños (Odebrecht) al momento de la recaudación de pruebas en el Caso Lava Jato en Brasil.

“Por lo tanto, ha señalado de que estamos ante prueba ilícita y lo está comunicando vía cooperación judicial al Perú, como lo ordenó en la resolución de Jaime Yoshiyama. Por eso, pido que se verifique si han llegado estos oficios de la justicia brasileña que dan cuenta de estas decisiones que resultan trascendentes; porque la corte brasileña no ha prohibido la concurrencia de estos testigos porque tenga una actitud caprichosa; sino que los encuentra vinculados a prueba ilícita y como es prueba ilícita no puede prestar declaraciones a propósito de pruebas obtenidas ilícitamente.”

Humberto Abanto, abogado de Jaime Yoshiyama

Humberto Abanto,



Advierten que el peligro de la Ley 32108 en 'Caso Cócteles' podría darse con la aplicación retroactiva

El penalista Daniel Jurado sostuvo que en un escenario normal, la nueva Ley 32108 que eleva los estándares para la configuración del delito de organización criminal, no tendría que afectar al ‘Caso Cócteles’, pues est se enfoca sobre todo en el delito de lavado de activos vigente al momento en que ocurrieron los hechos, esto es debido a los aportes que se hicieron en las campañas electorales del 2011 y 2016.

Sin embargo, consideró que la discusión para el tribunal de juzgamiento, será determinar si se aplica o no, lo que se entiende como “retroactividad benigna”, además de las exigencias de la nueva ley que implica reunir más requisitos para tipificar el delito.

“Es decir, el delito antes era más simple, pero ahora es más complejo. Entendiendo que el legislador ha tenido en consideración que, para dotarle de mayor gravedad, hay que reunir mayores requisitos”, dijo.

Por ello, indicó que corresponderá al fiscal José Domingo Pérez sustentar si es que los hechos que está acusando por el delito de organización criminal, configuran tanto el tipo penal vigente en la época de los hechos como al 2024, con la nueva ley.

“La sala tendrá que resolver sobre la base de las normas vigentes, pero en el caso de delitos, se ha reconocido en el artículo 103 de la Constitución y Título Preliminar del Código Penal, la retroactividad benigna como un derecho del imputado. En todo caso, lo que será objeto de discusión en este punto será solamente el delito de organización criminal, no afectando el delito de lavado de activos porque son delitos que se configuran de manera autónoma. Entonces, cuando se pronuncien tendrán que tomar en cuenta esa ley. "

Daniel Jurado, abogado penalista.

Daniel Jurado,

El especialista indicó que con la nueva regulación la ley “es más estricta” porque eleva el estándar de los requisitos para configuración el delito de organización criminal y agrega algunos elementos. Por tanto, acotó, la pregunta que tendrá que hacerse el colegiado es si este cambio normativo puede significar una aplicación retroactiva por ser más benigna.

“Si esto es así, normalmente, la retroactividad benigna se aplica cuando la nueva regulación disminuye la pena o elimina la antijuridicidad; o sea elimina el delito. En todo caso, cuando esto ocurre , los que cometieron el delito piden que se aplique la ley más favorable, se reduzca la pena o por último, que archiven el caso”, advirtió.

Jurado advirtió que el escenario actual “es muy particular”, y se debe esperar el pronunciamiento de la Corte Suprema sobre la aplicación de la Ley 32108. Ello, dijo, debido a que con la nueva norma “la parte más complicada será probar la finalidad de la presunta organización criminal, esto es controlar un mercado ilegal”.

Recordó que por ahora tenemos algunos pronunciamientos de juzgados de primera instancia, como en el ‘Caso Los Dinámicos del Centro’, donde el juez Jorge Chávez Tamariz ha rechazado su aplicación amparado en convenios internacionales como el de Viena y lucha contra el crimen organizado y la corrupción. Y, aún está pendiente el pronunciamiento en el ‘Caso Los Waykis en la sombra’.