El Congreso aprobó en primera votación y sin debate proyecto que eleva penas y pago de indemnización a daños contra el honor de los querellantes. (Foto: GEC)
El Congreso aprobó en primera votación y sin debate proyecto que eleva penas y pago de indemnización a daños contra el honor de los querellantes. (Foto: GEC)
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Redacción EC

expresión, el Pleno del aprobó la noche del jueves un peligroso dictamen que eleva las penas en los casos de difamación.

El dictamen fue presentado por Perú Libre y sustentado por el presidente de la Comisión de Justicia Américo Gonza, e .

El texto aumenta las penas y hace efectivo el pago indemnizatorio por el daño al honor causado al querellante a fin de sancionar la utilización de los medios de comunicación, redes sociales o sitios web de divulgación colectiva.

Se trata del , que fue sometido a consideración del Pleno a las 21:04 del último jueves y aprobado en solo 11 minutos, sin previo debate, con 69 votos a favor, 28 en contra y tres abstenciones en primera votación.

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De acuerdo al artículo 78 del reglamento del Congreso de la República, el proyecto aprobado será materia de segunda votación transcurrido los siete días calendarios.

El dictamen, cuyo autor es el legislador Segundo Montalvo (Perú Libre), modifica el Código Penal, y el Código Civil, Decreto Legislativo 295, para incrementar las penas y hacer efectivo el pago indemnizatorio por el daño al honor causado al querellante.

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El presidente de la Comisión de justicia, Américo Gonza (Perú Libre) indicó que se busca aumentar las penas por la utilización indebida de los medios de comunicación.

Indicó que en la legislación internacional del derecho al honor supone el reconocimiento de la autoestima y la defensa de la dignidad personal, y se prohíbe que el Estado y/o particulares mancillen, menoscaben o denigren la propia consideración de la persona, como sujeto pleno de derecho.

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“Se busca que se repare de manera integral cuando es mancillado el honor de una persona, pues el daño a veces es irreparable. El Estado ha hecho innumerables esfuerzos para implementar estrategias y mecanismos encaminados a la protección de los derechos fundamentales del individuo, pero no han sido suficientes a lo largo de los años”, comentó.

¿Cuáles son las nuevas penas?

Las modificaciones que plantea el proyecto en el Código Penal se refieren a la calumnia, cuando se atribuye falsamente a otro un delito, será reprimido con 120 días a 365 días-multa y una reparación civil en favor del querellante.

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Si se refiere al caso de difamación, cuando ante varias personas, reunidas o separadas, pero de manera que pueda difundirse la noticia y se le atribuye a una persona, un hecho, una cualidad o una conducta que pueda perjudicar su honor, reputación o intimidad personal, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de cuatro años, con 90 a 120 días-multa y una reparación civil en favor del querellante.

Si la difamación se refiere al hecho previsto en el artículo 131° del Código Penal, la pena será privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años, con 90 a 120 días-multa y una reparación civil en favor del querellante.

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Si el delito se comete por medio del libro, la prensa, redes sociales, sitios web de divulgación colectiva u otro medio de comunicación social, la pena será privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cinco años, con 120 a 365 días-multa y una reparación civil en favor del querellante.

Con relación a la indemnización, aquel que por dolo o culpa causa un daño a otro está obligado a indemnizarlo. El descargo por falta de dolo o culpa corresponde a su autor.

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Finalmente, aquel que por dolo atribuye a una persona, un delito, un hecho, una cualidad, o una conducta que pueda perjudicar su honor, reputación o intimidad personal está obligado a indemnizarlo.

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