La discusión sobre eliminar la inmunidad parlamentaria vuelve al Congreso. En sesión plenaria de este jueves, se debate el dictamen que aprobó la Comisión de Constitución a inicios de mes.
De ser aprobado el texto por el pleno en esta y la siguiente legislatura, la propuesta reformaría la Constitución en su artículo 93, retirando el vigente trámite de levantamiento de la inmunidad tanto para el procesamiento como para el arresto de un parlamentario. En su lugar, se establecería que estos sean directos y de competencia exclusiva de la Corte Suprema. También se establecería que, para delitos cometidos antes de ejercer la función de congresista, aplique la justicia ordinaria.
El texto de la propuesta no especifica términos relativos a la prisión, como sí lo hace el artículo vigente de la Carta Magna. Sin embargo, en diálogo con El Comercio, el congresista Omar Chehade -presidente de la Comisión de Constitución- aclaró que, al ser la Corte Suprema la encargada del procesamiento, cualquier medida de privación de libertad sí sería aplicable. Además, añadió que otras precisiones al respecto serían reguladas con normas conexas.
“Si [el legislador] es procesado por la Corte Suprema, y tiene una medida cautelar de prisión preventiva, entonces, obviamente, irá a prisión. Este es un texto constitucional: ‘ley de leyes’. Por técnica legislativa, los detalles son tipificados en leyes ordinarias”, dijo el parlamentario.
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¿Cómo está regulada y cómo se aplica la inmunidad parlamentaria actualmente?
Bajo la regulación vigente, es la Corte Suprema de Justicia, mediante su Comisión de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria, la que formula estos pedidos al Congreso. En el propio Legislativo, existe a la vez una comisión homónima, que está conformada por cinco legisladores. Cuando la Suprema presenta la solicitud formal, la presidencia del Congreso notifica a ese grupo de trabajo para la evaluación.
Todo este procedimiento está establecido por el artículo 16 del Reglamento del Congreso. Para admitir la solicitud, la Comisión de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria del Congreso se asegura de que no existan motivaciones políticas detrás del eventual procesamiento o arresto del funcionario.
Luego, si la Comisión admite el pedido, se inicia un procedimiento en ese fuero, donde se le permite al congresista imputado declarar en su propia defensa o junto a un abogado.
Después de esta fase, en un plazo que no exceda los 15 días, la Comisión dictamina. Solo con ese dictamen que apruebe el levantamiento, el debate y la votación pasan al Pleno del Congreso. Se requiere mayoría simple de votos.
El abogado constitucionalista Rafael Sánchez Ríos recuerda que la inmunidad, como prerrogativa de los congresistas, se estableció con el propósito de evitar persecuciones políticas. Así, burocratizando su levantamiento en el propio Congreso, la pretensión es que se filtren casos de verdadera motivación penal. Sin embargo, advierte que la inmunidad no ha sido aplicada bajo esa lógica, sino que ha terminado como un mecanismo para obstaculizar la acción de la justicia.
“La inmunidad parlamentaria fue diseñada con la idea de evitar la persecución política de los congresistas mediante acusaciones o procesos direccionados con ese fin. Es una lógica de protección que originalmente apunta a situaciones ajustables a regímenes autoritarios. Sin embargo, en la Constitución, esta inmunidad está concebida de manera bastante amplia y generosa. Y esto ha devenido en una manipulación o en una discrecionalidad mal entendida a nivel del Congreso”, señala Sánchez.
Una historia repetida
Durante los últimos dos Congresos, la Comisión de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria de la Corte Suprema ha formulado solicitudes por hasta 21 legisladores diferentes. En la anterior gestión, dos de esos casos fueron de arresto: el de Benicio Ríos y el de Edwin Donayre. Aquí recordamos algunos casos y a cuántas etapas llegó su trámite en el Congreso:
Congresista | Delito(s) que se le imputaron | Caso | Solicitud de levantamiento de inmunidad | ¿El Congreso levantó la inmunidad? |
---|---|---|---|---|
Richard Acuña | -Fraude procesal - Falsa documentación | Presuntamente, había utilizado documentos falsos para apropiarse de un terreno en Trujillo. | Inmunidad de proceso, aprobada el 30/06/2017. | No. La Comisión de Levantamiento de Inmunidad del Congreso declaró improcedente el pedido el 13/06/2018. |
Wilbert Rozas | Peculado doloso | Presuntamente, había aumentado su sueldo como alcalde de Anta de manera irregular, contraviniendo la Ley de Presupuesto del Sector Público. Agraviado: Municipalidad Provincial de Anta, Cusco. | Inmunidad de proceso, solicitada el 21/05/2018. | No. La Comisión de Levantamiento de Inmunidad rechazó la solicitud el 19/12/2018. |
Edilberto Curro | Falsedad genérica | Presuntamente, había simulado su asistencia a clases y rendimiento de examen en el onceavo semestre de Derecho. Agraviado: Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez, de Puno. | Inmunidad de proceso, solicitada el 24/08/2018. | No. La Comisión de Levantamiento de Inmunidad denegó el pedido. |
Betty Ananculí | -Falsa declaración en procedimiento administrativo -Falsedad genérica | Presuntamente, había mentido sobre sus estudios en la declaración jurada de hoja de vida que presentó para postular al Congreso. Agraviado: Jurado Nacional de Elecciones | Inmunidad de proceso, solicitada el 23/05/2019. | No. La Comisión de Levantamiento de Inmunidad del Congreso declaró improcedente el pedido de la Corte Suprema. El oficio fue remitido al presidente del Poder Judicial el 26/06/2019. |
Benicio Ríos Ocsa | Colusión agravada | En diciembre de 2017, Ríos había sido condenado en primera instancia a siete años de prisión por la sobrevaluación de un terreno cuando era alcalde de Urubamba. La condena quedó firme en mayo de 2018. Agraviado: Municipalidad Provincial de Urubamba, Cusco. | Inmunidad de arresto. En agosto de 2018, la Corte Suprema presentó el pedido al Congreso para que se autorice “hacer efectiva la condena judicial impuesta”. Antes, en mayo de 2018, se había solicitado el levantamiento de inmunidad de proceso. | Ríos estuvo como no habido hasta agosto de 2018, cuando se presentó en el Congreso para ponerse a derecho. El 23/08/2018, el Pleno del Congreso aprobó levantar su inmunidad de arresto con 82 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones. El 14/11/2018, fue finalmente detenido. |
Edwin Donayre | Peculado | Condena firme a cinco años de prisión, dictada en agosto de 2018. Se le sentenció por robo de combustible asignado al Ejército. Agraviado: Ejército Peruano - Región Militar Sur | Inmunidad de arresto, solicitada en setiembre de 2018. El 26/10/2018, la Corte Suprema reiteró el pedido al Congreso para que se autorice “hacer efectiva la sentencia condenatoria”. | La Comisión de Levantamiento de Inmunidad no aprobó la solicitud con celeridad. Para octubre, devolvió el documento por aparente falta de especificaciones. Para diciembre de 2018, cuando el documento había retornado, la Comisión decidió pedir una opinión consultiva a la Comisión de Constitución porque Donayre había interpuesto recurso de nulidad. Esta otra Comisión resolvió la consulta recién en febrero de 2019. El 02/05/2019, el Pleno del Congreso aprobó levantar la inmunidad de Donayre. Fueron 102 votos a favor, cero en contra y ninguna abstención. Donayre estuvo prófugo hasta octubre de 2019. |
Yesenia Ponce | -Falsa declaración en procedimiento administrativo -Falsedad genérica | Presuntamente, había mentido sobre la culminación de sus estudios secundarios para cuando se presentó como candidata al Congreso. Agraviado: Jurado Nacional de Elecciones | Inmunidad de proceso, solicitada en abril de 2019. | No. La Comisión de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria aprobó la solicitud el 05/06/2019. En un oficio, presentado el 22/08/2019 al presidente del Congreso de entonces, Pedro Olaechea, la Comisión le reitera la decisión. Sin embargo, el caso no llegó a agendarse en el Pleno. |
Moisés Mamani *El excongresista falleció en agosto de este año. | 1. Primer caso: Tocamientos indebidos. 2. Segundo caso: -Falsedad ideológica -Falsedad genérica | 1. Fue denunciado por este delito contra la libertad sexual en agravio de la trabajadora de una aerolínea. 2.Presuntamente, había presentado falsa documentación cuando postuló al Congreso. Agraviado: Jurado Nacional de Elecciones | 1. Inmunidad de proceso, solicitada en enero de 2019. 2. Inmunidad de proceso, solicitada en mayo de 2019. | 1. El 08/03/2019, el Pleno aprobó el pedido con 79 votos a favor, cero en contra y cinco abstenciones. Por este caso, también fue suspendido de sus funciones durante 120 días. 2. El 06/06/2019, la Comisión de Levantamiento de Inmunidad del Congreso aprobó el pedido de la Corte Suprema. Mamani fue suspendido por otros 120 días. |
La eliminación de la inmunidad no aplicaría para congresistas ya sentenciados
Actualmente, en el Congreso sigue en suspenso el caso del legislador Humberto Acuña (Alianza para el Progreso). En setiembre de este año, Acuña fue sentenciado en doble instancia a tres años de prisión suspendida y de inhabilitación de cargo público por su complicidad en el delito de cohecho activo genérico.
De acuerdo con la Tercera Sala Penal de la Corte Superior de Lambayeque, que ratificó el fallo, Acuña permitió el pago de un soborno a un policía para evitar que lo investigara como gobernador de la región. A fin de revocar su condena, Acuña interpuso un recurso de casación ante la Corte Suprema, el cual fue admitido y se encuentra en proceso.
Consultado sobre este caso, el abogado penalista Carlos Caro Coria precisa que, de ser aprobada la reforma que propone la Comisión de Constitución del Congreso, esta no sería aplicable a situaciones de procesos concluidos como el de Acuña. En otras palabras, aún se le tendría que levantar la inmunidad bajo los estándares clásicos. O, en todo caso, el desafuero, como lo ha anunciado la presidenta del Congreso, Mirtha Vásquez.
“Una modificación de este tipo no se aplica hacia atrás. En el supuesto de que esta reforma se concrete oportunamente, casos como el de Acuña tendrían que acogerse al texto anterior de la Constitución. Este caso de Acuña es particular porque su gestión parlamentaria acaba en julio y lo único efectivo que se le ha dictado es la inhabilitación. Entonces, si el levantamiento de su inmunidad no procede para antes de julio, no se haría efectiva ninguna sanción”, indicó Caro.
El penalista anota también que los recursos de casación no imposibilitan que la Corte Suprema solicite el levantamiento de inmunidad de los congresistas, sino que ellos lo han interpretado equivocadamente así. “La casación no impide la ejecución de la pena. Se trata de un recurso extraordinario que no detiene los efectos de la sentencia firme. Pero ese siempre ha sido un argumento del Congreso para frenar levantamientos de inmunidad”, señaló.
La abogada penalista Liliana Calderón Jacinto coincide sobre este punto. “En el caso de Acuña, no se podría argumentar que no existe sentencia firme. La casación no funciona como una segunda instancia adicional o tercera instancia, sino que es un recurso extraordinario que se presenta cuando la persona siente vulnerado su derecho al debido proceso”.
De la misma manera, para el también penalista Andy Carrión Zenteno, la eliminación de la inmunidad parlamentaria no podría aplicarse a casos que ya estén sentenciados al momento en que se oficialice la reforma.
“Por principio de legalidad, por más modificación que se impulse o concrete, sigue rigiendo la norma que en su momento estaba vigente. Esta modificatoria alcanza, pero siempre a los casos a futuro”, remarcó Carrión.
El pasado 5 de julio, el Pleno del Congreso había aprobado, con 110 votos a favor, un texto sustitutorio que proponía no solo eliminar la inmunidad parlamentaria, sino también inhabilitar prerrogativas similares para altos funcionarios, como el presidente de la República, el defensor del Pueblo y los miembros del TC.
La decisión fue cuestionada porque no hubo dictamen de por medio para esas modificaciones. De no votarse hasta el término de la presente legislatura, ese otro texto pasaría al archivo.
Este es el texto del predictamen de la Comisión de Constitución:
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