El fiscal superior Rafael Vela Barba, coordinador del equipo especial Lava Jato, presentó este lunes un recurso de casación en contra de la resolución expedida por la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional, mediante la cual se admitió a trámite la apelación a favor de la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, y que finalmente originó su excarcelación.
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“La resolución recurrida en casación contiene vicio que causa agravio y perjuicio al Ministerio Público, al admitir el recurso de apelación y, como consecuencia, convocar a audiencia, acudiendo a una interpretación sesgada del inciso 1 del artículo 278 del Código Procesal Penal”, se indica en el escrito al que tuvo acceso El Comercio.
El último jueves, la sala revocó la prisión preventiva que venía cumpliendo la excandidata presidencial como parte de las investigaciones por presunto lavado de activos y organización criminal. Esta medida finalmente se ejecutó este lunes.
Este recurso extraordinario presentado por la fiscalía se realiza ante la misma Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional Permanente Especializada en Crimen Organizado, y se solicita que se eleve a la Sala Penal Corte Suprema de Justicia para su análisis.
Lo que cuestiona el Ministerio Público es que la apelación realizada por la defensa de Fujimori Higuchi, a la orden de prisión preventiva dictada en enero pasado, no se habría realizado dentro del plazo legal correspondiente y que, pese a ello, la sala superior la admitió y convocó a una audiencia, mediante un auto de fecha 17 de abril.
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“El plazo para la apelación del auto de prisión preventiva es de tres días, plazo que en el presente caso vencía el 31 de enero de 2020. En esa fecha, […] la defensa de Keiko Fujimori no presentó el recurso de apelación", se señala más adelante.
Entre sus argumentos, la fiscalía recoge lo indicado por Guilliana Loza, abogada de la lideresa de Fuerza Popular, el 3 de febrero pasado a través de Twitter, en donde señala que días antes, el 31 de enero, no se les había permitido “ingresar la apelación debido a un trámite administrativo”.
“Es decir, la defensa conocía y actuaba consciente en que el plazo de tres días para apelar el auto de prisión preventiva decretado contra Keiko Sofía Fujimori Higuchi, había vencido el viernes 31 de enero de 2020, por eso refiere que no pudo ingresar su escrito ‘debido a un trámite administrativo’ y que su reclamo ‘fue puesto inmediatamente en conocimiento del Juez’”, se remarca.
Con este recurso, el fiscal superior Rafael Vela también solicita que se declare “inadmisible" el recurso impugnatorio a favor de la excandidata presidencial y que quede firme la prisión preventiva en su contra dictada inicialmente. También que se establezca una doctrina jurisprudencial vinculante.