El Poder Judicial (PJ) rechazó convocar al expresidente Martín Vizcarra y a la destituida ex fiscal de la Nación, Patricia Benavides como testigos en el juicio oral seguido contra la lideresa de Fuerza Popular (FP), Keiko Fujimori y otros, por el Caso Cocteles.
También rechazó convocar como testigos a Jaime Villanueva, ex asesor de Benavides; al periodista Aldo Mariátegui, al exasesor Iván Manchego Cuayla y a Chad Peterson, funcionario de Estados Unidos.
Durante la audiencia desarrollada este lunes, el Tercer Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior Nacional consideró que dichos testimonios no eran pertinentes para el proceso judicial que se sigue a los acusados por los presuntos aportes ilícitos a las campañas electorales del 2011 y 2016.
“Declarar infundado el ofrecimiento del testigo Aldo Mariátegui, Martín Vizcarra, Iván Manchego, Chad Peterson y Liz Patricia Benavides Vargas”.
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Fujimori Higuchi y otros afrontan actualmente el juicio oral por los supuestos delitos de crimen organizado, lavado de activos y otros. Ello, presuntamente por haber lavado dinero a través de los aportes recibidos por el partido político Fuerza Popular (FP) por parte de empresas nacionales y extranjeras, entre ellas la constructora Odebrecht.
Testigos ofrecidos no están vinculados a la línea de juzgamiento
Como se recuerda, el fiscal José Domingo Pérez había presentado como prueba nueva las declaraciones de Vizcarra Cornejo, Benavides Vargas, Mariátegui y otros a fin de que sean convocados a rendir su testimonio.
Sin embargo, el tribunal señaló que en el caso de Vizcarra, su declaración sobre las reuniones que sostuvo con Keiko Fujimori no eran relevantes paraa el juicio por presuntos aportes, ya que el tema no estaba en “la línea” de los hechos juzgados.
A consideración de los jueces, “si el testigo Martín Vizcarra tuvo reuniones con Keiko Fujimori y otras personas, estos hechos no son materia de estos juzgamiento; y si lo que pretende el Ministerio Público es ofrecerlos para ver la conducta criminal, será motivo de una nueva investigación”.
En el caso de Benavides Vargas, el colegiado precisó que su testimonio tampoco era pertinente, ya que recién fue nombrada fiscal de la Nación posterior al marco temporal juzgado en el caso.
Como se recuerda, la fiscalía había señalado que su declaración era importante para demostrar cómo funcionaba la presunta red criminal liderada por Fujimori Higuchi y las reuniones que habría tenido Benavides Vargas con congresistas como Martha Moyano, para afectar las investigaciones.
“Patricia Benavides fue nombrada fiscal recién el 20 de julio del 2022, y los hechos por los que se investiga a esta presunta organización criminal datan de fecha anterior a ello. Lo que ella pueda o no declarar resulta para este órgano jurisdiccional, no trascendente para los hechos que son materia de investigación de los años, en los cuáles ella no era fiscal de la Nación. Entonces el pedido del Ministerio Público será declarado infundado”
El colegiado también rechazó la documentación que el Ministerio Público presentó como prueba nueva, entre estos los expedientes de trámite parlamentario que siguieron diversas leyes, como la recientemente publicada 32108, referida a los nuevos requisitos para la configuración del delito de crimen organizado.
Estos documentos, señaló la fiscalía en su momento, demostrarían el poder y control político que continuaría ejerciendo Fuerza Popular y su lideresa Keiko Fujimori, aunque no era congresista. No obstante, el colegiado señaló que, pese a que dichas leyes puedan ser cuestionadas, no eran temporales a los hechos juzgados.
Las leyes que hayan dado y a las que hace referencia el Ministerio Público, pueden o no ser cuestionadas, pero eso no está en debate en esta audiencia. No resulta ni pertinente, ni conducente, ni útil y es, incluso, intrascendente para lo que se quiere esclarecer, que son hechos del 2011 y 2016. En consecuencia, este órgano jurisdiccional va a resolver que son impertinente dichos medios de prueba ofrecidos por el Ministerio Público”
Tercer Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior Nacional
Tampoco fueron admitidas las piezas procesales y documentos entregados por colaboradores eficaces como Erick Matto Monge, Patricia Moritami, entre otros; ya que según los magistrados debieron ser ofrecidos con anterioridad dentro de la investigación preparatoria y los consideraron “impertinentes”.
En el caso del exasesor fiscal, Jaime Villanueva, ofrecido por la defensa del partido Fuerza Popular (FP), también se declaró “impertinente” su presentación al juicio como testigo, por lo que fue rechazado.
El abogado de dicho partido, Christian Salas, había indicado que Villanueva Barreto aportaría información sobre un presunto sesgo en la fiscalía en contra de Fuerza Popular y su lideresa Keiko Fujimori.
El colegiado rechazó su presentación al precisar que no se estaba juzgando actos políticos; sino presuntos delitos. “Véase que este órgano jurisdiccional no ve temas políticos; sino que se deberá determinar si hubo o no delitos”, señalaron.
Las demandas presentadas por Marcelo Odebrecht, Jorge Barata y otros ante la Corte de Brasil, así como sus respectivas resoluciones que anulan sus procesos y sanciones en el Caso Lava Jato, que fueron ofrecidas como documentales de prueba nueva por Jaime Yoshiyama, a través de su abogado Humberto Abanto, también fueron rechazados por el colegiado.
Ello, por no cumplir con los requisitos para su introducción como elementos de prueba nueva.
Colegiado usará el testimonio de Jorge Barata que rindió en el Caso Metro de Lima
En otro punto, el colegiado de juzgamiento aceptó el testimonio que brindó el exdirector de Odebrecht en Perú Jorge Barata, en el marco del juicio oral que se sigue por el Caso Metro de Lima.
Ello, resolvieron los jueces, debido a que la convocatoria de Barata sería imposible, tal como ha quedado demostrado en el juicio oral que se sigue contra el expresidente Ollanta Humala, donde el empresario no ha concurrido pese a las reiteradas citaciones.
“Sobre Jorge Barata, es un hecho público y notorio que en este juicio de Ollanta Humala, en varias oportunidades se le ha notificado para su concurrencia y no lo ha hecho. En este caso se trata de un hecho notorio de que esa persona no concurrirá a este juicio oral, en consecuencia se va ha admitir la declaración de este testigo Jorge Barata, pero no del acta que ha ofrecido la fiscalía, sino del video del juicio oral que es la prueba traslada”, señaló el colegiado.
Respecto a las declaraciones transcritas de otros exdirectivos de Odebrecht como Carlos Nostre Junior, Luis Eduardo Da Rocha Suarez, Antonio Carlos Nostre Junior, Angela Palmeira, y otros, el tribunal rechazó, por el momento, ya que no se sabe si acudirán o no al juicio oral.
También se admitió convocar como testigo experto al exfiscal suizo Stefan Lenz, propuesto por la fiscalía.
“Es importante que podamos determinar el análisis de My Web Day y Drousys de la empresa Odebrecht señalado por el Ministerio Público, de la relevancia de los hechos, por eso es que este órgano jurisdicicional lo declara fundado”, indicaron.
La próxima sesión fue programada para el próximo 17 de setiembre, desde las 9:00 am hasta las 12:30 p.m. Ahí comenzarán los interrogatorios de Luis Briceño, Luis Barboza y Pamela Pucará.
Al término de la audiencia, a pedido de la defensa de Keiko Fujimori, el colegiado dispuso excluir todas las pruebas presentadas por el Ministerio Público que pudieron estar vinculadas al delito de obstrucción a la justicia que se presentó inicialmente en la acusación.
La abogada Giulliana Loza, defensa de Fujimori, señaló que tras la decisión de excluir a los acusados del delito de obstrucción a la justicia, por orden del Tribunal Constitucional en el caso Arsenio Oré, también debían ser excluidas las pruebas que presentó la fiscalía por este delito.
La fiscal adjunta Paulina del Rocío Roque, cuestionó dicho pedido al señalar que las pruebas también estaban vinculadas al delito de organización criminal, por lo que solicitó rechazarlo.
El colegiado declaró procedente el pedido de la defensa de Fujimori Higuchi, ordenando la exclusión de todas las pruebas vinculadas al delito de obstrucción a la justicia, en consonancia con su decisión anterior de excluir a los acusados. No obstante, precisaron que, en su oportunidad, si se considera necesario se debatirá el uso de algunos medios de prueba excluidos ahora.