Si ya ingresó su solicitud de retiro de hasta cuatro unidades impositivas tributarias (UIT) de su fondo de pensiones, tal como lo establece la Ley N° 31192, y desea saber cuándo le depositarán el monto de los aportes que ha solicitado, aquí le explicamos cómo y cuándo recibirá esos fondos.
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En principio, como han explicado en la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), desde que se autorizaron los anteriores retiros de los fondos de pensiones, la ley prevé que una vez que haya efectuado la solicitud, hay un plazo de 30 días calendario para recibir el primer desembolso, pero “este es un plazo máximo, por lo que podría depositarse antes”.
Por su parte, la AFP será la encargada de notificarle cuando haya realizado el abono en su cuenta y, a partir de esa fecha, podrá disponer de su dinero.
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Y, si se toma en cuenta que el cronograma de registro de solicitudes empezó el 27 de mayo y que, a partir de ese entonces, deberían transcurrir 30 días para que se efectúe el primer desembolso, los afiliados cuyo último dígito de su documento de identidad sea cero o una letra serán los primeros en recibir su dinero y tendrán sus abonos como máximo el 27 de junio.
A partir de ese entonces y dependiendo de su fecha de registro según el cronograma establecido por la Asociación de AFP (AAFP), el afiliado o aportante deberá esperar que transcurran 30 días, como máximo, para que le informen sobre la disponibilidad de su dinero y pueda retirarlo.
ESCALA DE RETIROS
Pero, debe recordar que de aplicar al retiro de hasta 4 UIT, el pago se realizará –tal como lo señala la Ley N° 31192– hasta en tres desembolsos: el primero, por hasta 1 UIT (S/4.400), a los 30 días calendario después del ingreso de la solicitud. El segundo, por hasta 1 UIT (S/4,400), a los 30 días calendario después del primer desembolso.
Y, el tercer desembolso, esta vez por hasta 2 UIT (S/8.800), se materializará a los 30 días calendario después realizado el segundo desembolso.
Pero, si su fondo de pensión es menor a una UIT (S/4.400) podrá retirar la totalidad de dicho fondo en un solo desembolso, es decir, transcurrido –como máximo– los 30 días del registro de su solicitud de retiro.
CRONOGRAMA DE REGISTRO
A pesar de que el cronograma establecido por la AAFP empezó el 27 de mayo, según lo establece la Ley N° 31192 que autoriza el retiro de las 4 UIT, el plazo para que se acceda a este beneficio se extiende dentro de los 90 días calendarios posteriores a la vigencia del reglamento de dicha ley, por lo que podrá ingresar su solicitud de retiro hasta el próximo 24 de agosto.
De esta manera, concluido el primer cronograma establecido por la AAFP, es decir, a partir del 24 de junio, los afiliados que deseen ingresar sus solicitudes de retiro podrán hacerlo haciendo uso de la plataforma virtual www.consultaretiroafp.pe, en donde podrán abrir una cuenta bancaria a su nombre para efectuar el retiro o podrán ingresar los datos alguna otra cuenta que ya posean.
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