Una de las recomendaciones que ofrece la Dirección General de Tráfico (DGT), en España, es manejar un vehículo con prendas cómodas que no interfieran en la conducción. Aunque, expresamente, no está prohibido, es posible que una interpretación de la normativa lleve a un agente del orden a imponer una multa de hasta 200 euros solo por vestir un abrigo.
Si una persona se encuentra inmerso en un percance o accidente, y el agente a cargo determina que el mismo se causó por la vestimenta inadecuada del conductor, puede ser sancionable. De hecho, manejar con abrigo, guantes, botas de suela gruesa, sandalias o con el torso desnudo pueden ser parte del incumplimiento de varias exigencias del Reglamento General de Circulación.
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Así, por ejemplo, se puede hablar de limitar la libertad de movimiento y posición adecuada. Esto significa una multa de 80 euros. Se sustenta en el artículo 18.1 de la norma, que dice que el conductor debe “mantener su propia libertad de movimientos” para garantizar su seguridad, de los ocupantes y demás usuarios de la vía, apunta el sitio especializado Motorpasion.
El abrigo podría limitar dicha libertad cuando el conductor intenta colocarse el cinturón de seguridad. A la vez, impide “mantener una posición adecuada”. Mientras que, abrocharse de forma incorrecta el cinturón es también una consecuencia de vestir prendas de gran volumen como puede ser un abrigo. Lo que también es castigado con una multa de 80 euros.
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Pero la falta más grave es la de conducción negligente. El artículo 3.1 de la norma establece que “se deberá conducir con la diligencia y precaución necesarias para evitar el daño, propio o ajeno” y evitar poner en peligro a todos los ocupantes del vehículo y resto de usuarios. Por lo que “queda terminantemente prohibido conducir de modo negligente o temerario”.
Estar al volante con un abrigo voluminoso puede impedir la operación correcta de los controles del vehículo, evitando que el conductor reaccione de forma adecuada ante un imprevisto. Ante esto, la sanción puede ser una multa de hasta 200 euros, al ser una infracción grave.
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