Días atrás, la Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A informó sobre el inicio de un arbitraje en contra del Estado Peruano. Aunque la empresa no detalló las razones que motivaron al mismo, se presume que fue por el pago de regalías mineras que la Sunat le exige desde hace varios años. En el 2018, el ente recaudador dio a conocer que Cerro Verde tenía una deuda pendiente de S/1.100 millones por regalías no canceladas entre 2006 y 2011.
Lo anunciado por la compañía se dio a conocer mediante un hecho de importancia publicado en la Superintendencia de Mercado de Valores (SMV) el pasado 28 de febrero. Según se detalla en el documento, el Directorio de Cerro Verde autorizó a Freeport-McMoRan, grupo económico estadounidense al que pertenece, a iniciar este procedimiento.
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“Freeport ha iniciado el procedimiento de arbitraje […] el día de hoy, también en nombre de la Sociedad”, se lee.
LA CUESTIÓN DE FONDO
El caso en cuestión inició en 1998, cuando Cerro Verde firmó un contrato de estabilidad tributaria (que garantiza que los impuestos y otras cargas tributarias no cambien para las mineras por un periodo determinado) con el Estado Peruano. De este modo, se exoneraba el pago de regalías a su proyecto de lixiviación, en Arequipa, donde operan una mina de cobre.
Años después, en el 2004, se aprobó la Ley de regalías mineras. Y es ahí donde surge la controversia.
Con la norma de por medio, desde la empresa argumentaban que el contrato de estabilidad tributaria que anteriormente firmaron también podría aplicarse a la ampliación que realizaron en el 2004 de otro proyecto de Sulfuros Primarios. Sostenían que, como las regalías fueron establecidas en 2004, no debían pagarlas. Pero la Sunat pensaba lo contrario.
La entidad recaudadora manifestó que cuando se firmó dicho contrato la planta de sulfuros no existía, y por ello no quedó bajo su amparo. El caso ya había sido visto por el Tribunal Fiscal, que le dio la razón a la Sunat en el 2013. Posteriormente, la minera recurrió al Poder Judicial.
En el 2014, el 18° Juzgado Contencioso Tributario y Aduanero declaró fundada, en parte, la demanda de Cerro Verde. La Sunat, entonces, apeló ante la Sexta Sala Contencioso Tributaria y Aduanera de Lima.
Y en el 2016, representantes de la Sunat y Cerro Verde se encontraron en dicha sala, cuando estaban en juego S/ 800 millones. En ese mismo año, se comunicó que la empresa había perdido el juicio contra la entidad recaudadora.
A partir de allí, se estableció que la minera debía pagar al Estado más de S/ 286 millones por regalías no pagas en los años 2006 y 2007. Si consideraban otros pagos similares, la cifra llegaría a los S/ 800 millones.
De acuerdo con lo informado por El Comercio en esas fechas, en la sentencia se establecía textualmente que “el Proyecto de Sulfuros Primarios no está cubierto con las garantías que otorga el Contrato de Estabilidad suscrito entre el Estado Peruano y la recurrente en el año 1998, toda vez que el citado proyecto fue implementado con posterioridad a la celebración del contrato de estabilidad”.
Un día después, la minera anunciaba que recurriría a la Corte Suprema por no estar conforme con el fallo. Cerro Verde había decido impugnar contra la medida a través de un recurso de casación, buscando que la Corte Suprema de la República corrija lo que consideraban “errores procesales y sustantivos”.
Ya en el 2017, la Corte Superior ratificó que la empresa debía pagar S/ 1.000 millones, correspondientes a los años 2006 y 2009 de la planta de sulfuros primarios.
Meses más tarde, el Poder Judicial volvió a ordenar que Cerro Verde pague la suma de US$ 250 millones, luego de que la minera presentara un recurso de apelación. El monto sujeto a pago se hacía por concepto de regalías mineras para la región Arequipa correspondientes a los años 2006 y 2007.
EL POTENCIAL CASO ANTE EL CIADI
Según expuso la minera en el comunicado a la SMV, la medida de llevar el caso a arbitraje se enmarca en el Acuerdo de Promoción Comercial Estados Unidos-Perú, también conocido como el Tratado de Libre Comercio (TLC), el cual se firmó en Washington D.C. en abril de 2006 y entró en vigor en el año 2009.
Cerro Verde no precisó ante qué instancia presentó este reclamo. Vale aclarar, sin embargo, que el anuncio de arbitraje empieza por una etapa de trato directo.
“Antes de presentar la demanda, se tiene que pasar por una etapa de negociación que dura seis meses. La negociación se hace directamente entre las partes en el mismo país receptor de la inversión”, expresó el abogado especialista en arbitrajes, Mario Reggiardo, del Estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez, en conversación con El Comercio. Por su parte, Bruno Marchese, del Estudio Rubio, señala que este periodo se puede ampliar.
Según continúa Reggiardo, el reclamo de Cerro Verde debe ser recibido por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para que se lleve a cabo la etapa de trato directo. “Si no se llega a un acuerdo en el trato directo, el inversionista va al Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) y avisa que quiere iniciar el arbitraje”, comenta. Este Diario intentó comunicarse con el MEF y la Sunat para conocer si se les había remitido este reclamo, pero no obtuvimos respuesta.
Siendo así, el especialista aclara que la demanda aún no está planteada, sino que se trata de un aviso. Lo que gestiona la empresa, indica, es una petición de arbitraje, debido a que el Ciadi tiene que “evaluar” si esta puede o no iniciar el procedimiento en mención.
Y si llega al CIADI, ¿cuánto podría costar este proceso? Reggiardo refiere que, en gastos administrativos por el sistema CIADI y los árbitros, el monto podría oscilar entre el millón y los dos millones de dólares.
“Esto va a depender del monto planteado [en una demanda]”, especificó.
El pago de esta cifra se repartiría equitativamente entre ambas partes –Estado Peruano y empresa–, sin embargo, en ella no se considera el pago a los abogados contratados para la defensa peruana, que en total podrían cobrar una suma aproximada –si el arbitraje llega hasta el final– de cuatro a seis millones de dólares en sus honorarios.
En cuanto al tiempo que tomaría dicho proceso, Reggiardo estima que podría durar de tres a cinco años, una cifra con la que coincide Marchese. En este periodo, el CIADI determina si puede asumir competencias y discutir el caso en cuestión, a la par de decidir si lo revisará a profundidad o no.
Como se vio anteriormente, el Poder Judicial resolvió a favor de la Sunat. Partiendo de ello, ¿el CIADI podría tomar en cuenta estos antecedentes si Cerro Verde presenta formalmente su demanda?
De acuerdo con Reggiardo, la discusión no se realizaría a partir de lo anteriormente dispuesto por la justicia peruana, sino que esta discusión se enmarcaría en lo establecido por el TLC entre EE.UU.
“Ellos [Cerro Verde] lo que van a alegar es la vulneración del tratado de inversiones Perú-Estados Unidos, donde ahí hay otros derechos”, manifestó. “Como no sabemos en qué consiste esa demanda, no sabemos qué tipo de derechos en el tratado de inversiones se habrían vulnerado”, agrega.
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