Entre las disposiciones la norma indica que se aplica para aquellos casos en que, por común acuerdo entre el trabajador y el empleador, se elija el uso de la billetera digital para la percepción de sus haberes y otras obligaciones laborales. Foto: GEC.
Entre las disposiciones la norma indica que se aplica para aquellos casos en que, por común acuerdo entre el trabajador y el empleador, se elija el uso de la billetera digital para la percepción de sus haberes y otras obligaciones laborales. Foto: GEC.

El Pleno del aprobó el dictamen que propone habilitar las billeteras digitales para percibir el pago de haberes y otras obligaciones laborales.

La iniciativa legislativa que se sustenta en los Proyectos de Ley 4975-2022-CR obtuvo 95 votos a favor, 1 voto en contra y cero abstenciones. Fue exonerada de segunda votación.

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Maro Villalobos

¿Qué dice la norma?

La iniciativa aprobada contiene seis artículos y una Disposición Complementaria Final que dispone su reglamentación. Entre las principales disposiciones se destaca el tercer artículo que “reconoce la billetera digital como un medio de pago válido para que los empleadores realicen el depósito de haberes y otras obligaciones laborales de los sectores público o privado (…)”.

El cuarto artículo define que esta modalidad “se aplica para aquellos casos en que, por común acuerdo entre el trabajador y el empleador, se elija el uso de la billetera digital para la percepción de sus haberes y otras obligaciones laborales, siempre que el trabajador considere que esta modalidad le resulta más conveniente. (…)”.

Así como el sexto artículo de la norma que establece que la “Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones determina el nuevo límite operativo aplicable a la billetera digital que realice operaciones con dinero electrónico para el pago de haberes y otras obligaciones laborales, con el fin de facilitar una mayor inclusión financiera”.

Al respecto, el itular de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, Ilich López Ureña (AP), sostuvo que el uso de las billeteras digitales ha crecido de manera exponencial y hoy son utilizadas por más del 58% de la población.

Detalló que con el uso de las billeteras digitales se generará el registro de los trabajadores informales ante las instituciones financieras, y de esa manera se sincerarán los ingresos provenientes de los haberes y beneficios sociales.

De este modo se dispondrá de la información que “sirva como criterio de evaluación para la accesibilidad a préstamos que superen la barrera de calificación negativa y exclusión financiera”.

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