Según información de la Dirección General de Formalización Minera-DGFM son 15,815 pequeños mineros y mineros artesanales los inscritos a la quincena de febrero. Foto: GEC.
Según información de la Dirección General de Formalización Minera-DGFM son 15,815 pequeños mineros y mineros artesanales los inscritos a la quincena de febrero. Foto: GEC.

José Farfán, exdirector de Formalización Minera del , afirmó que a febrero de este año el Registro Especial de Comercializadores y Procesadores de Oro (RECPO) registra 12.418 inscritos.

No puede ser posible que existan más de 12 mil comercializadores de oro. En ningún país se ha visto. Si ese registro se transparenta calculo que, como máximo, debe alcanzar los 2.000 inscritos. Solucionar este problema requiere de un decreto supremo emitido por el Minem, no por una ley”, manifestó Farfán.

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Maro Villalobos

Para el especialista, se ha llegado a este punto porque se han confundido los conceptos. Se le ha pedido al pequeño minero, por ejemplo, que además de inscribirse en el Registro Integral de Formalización Minera- Reinfo, se inscriba en el registro de comercializadores.

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Según información de la Dirección General de Formalización Minera-DGFM son 15.815 pequeños mineros y mineros artesanales los inscritos a la quincena de febrero, cifra que probablemente alcance los 19.000. Cabe mencionar que en cuanto a la venta de oro son también los mineros con Reinfo los que pueden realizar ese proceso.

Explicó que son seis regiones las que tienen más registrados: Puno (22,23%), Arequipa (21,33%), La Libertad (10,38%), Madre de Dios (9,23%), Apurímac (7,75%), Ayacucho (6,73%). Además, reveló que a la fecha existen 2.000 personas naturales o jurídicas formalizadas. “Es importante aclarar que lo que se formaliza no es la persona ni a la empresa sino a la operación minera. A esta operación se le exige IGAFOM, expediente técnico, plan de minado, permiso de aguas entre otros”, precisó.

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Farfán recomendó a las autoridades seis acciones urgentes para una mejor comercialización del oro y tener una verdadera trazabilidad. En primer lugar, reglamentar el Registro Especial de Comercializadores y Procesadores de Oro. En segundo lugar, el reingreso de Activos Mineros a la comercialización de oro físico. Sigue teniéndola pero hace cuatro años no realiza la función.

Así como el apoyo de la Sunat en la verificación y control de compradores de oro. Además, exigir al Ministerio de Energía y Minas (Minem) estadísticas de producción y exportación de oro fiables. Ello en concordancia precisamente con Sunat. Asimismo, trabajar con el Reinfo de los vigentes con prioridad en las seis principales regiones con inscritos. Por último, sincerar si el plazo del Reinfo se cumplirá en el 2026.

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