

Sunat dispuso la modificación al Reglamento del Régimen de Gradualidad aplicable a la infracción de no presentar las declaraciones dentro de los plazos establecidos, a fin de facilitar a los contribuyentes del Régimen General, Especial y del Mype Tributario con ingresos que no superen las 19 UIT en el ejercicio anterior, la presentación de sus declaraciones omitidas, estableciendo mayores rebajas en las multas y ampliando la oportunidad para regularizar sus obligaciones.
Esta Resolución de Superintendencia N°000007-2024/Sunat, publicada hoy, brinda una serie de facilidades a los contribuyentes que no pudieron acceder a la rebaja del 100% de la multa, promoviendo que regularicen sus declaraciones, incluso si se encuentran en proceso de cobranza coactiva.
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Se estima que esta norma beneficiará aproximadamente a 565 mil contribuyentes, permitiéndoles subsanar la omisión en la presentación de sus declaraciones con un monto de multa acorde a sus ingresos mensuales.
De esta manera, los contribuyentes ahora cuentan con mayores rebajas en multas. Anteriormente, eran del 95% con pago de la multa y 90% sin el pago de esta. Estos porcentajes aumentan a 99% y 98% respectivamente, si se presenta la declaración y se paga la multa hasta los 7 días hábiles posteriores a la notificación de la Resolución de Ejecución Coactiva (REC).
Además, Sunat implementa un tramo adicional para subsanar la infracción que va desde los 8 hasta los 120 días hábiles, posteriores a la notificación de la REC. Durante este periodo, las rebajas serán del 97% y 96% con y sin el pago de la multa, respectivamente.
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Las medidas también aplican a aquellos contribuyentes con ingresos de hasta 19 UIT que, al inicio de la vigencia de la resolución, tengan multas en cobranza coactiva. Incluso, cuando el nuevo plazo de 120 días hábiles de notificada la REC esté vencido o próximo a vencer, a estos contribuyentes se les brindará un plazo excepcional adicional de 30 días hábiles posteriores a dicha vigencia para regularizar su situación.
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