En el debate organizado por El Comercio e IDEA Internacional de este martes, el candidato presidencial Daniel Urresti (Podemos Perú) señaló que, una vez electo mandatario, impulsará el procesamiento de funcionarios que, por omisión, no hayan evitado las muertes de miles de ciudadanos por COVID-19.
“Enjuiciaré a los responsables de no haber hecho nada para evitar miles de muertes por COVID”
Daniel Urresti, candidato presidencial de Podemos Perú
Esta afirmación es imprecisa.
En consulta con este Diario, la abogada penalista Liliana Calderón Jacinto indicó que la frase desconoce la separación de poderes en el Estado. Entonces, en primer lugar, un eventual presidente no podría garantizar el inicio de un proceso penal contra una o varias personas.
“El Ejecutivo o el presidente no puede determinar quién es investigado, procesado o sentenciado. En este caso, la forma de explorar esa posibilidad sería que el Ministerio de Justicia, como parte del Ejecutivo, determine con sus especialistas si es que existe algún mérito para formular una denuncia. También lo podría hacer la procuraduría de algún ministerio, por ejemplo. En ese supuesto, lo que seguiría es acudir al Ministerio Público y ya este último deberá decidir si abre o no una investigación, lo cual tampoco garantiza un juicio”, explicó Calderón.
Como lo señala Calderón, el Código Procesal Penal, en su artículo 344, establece que la atribución de formular acusación por delitos corresponde a los fiscales. Esto, luego de concluida una investigación preparatoria.
Por su parte, el también penalista Andy Carrión Zenteno señaló que resulta muy gaseosa la atribución de responsabilidad penal bajo la premisa de “no haber hecho nada”. En tal sentido, dijo que debería comprobarse en el funcionario o los funcionarios una omisión dolosa o intencional al momento de gestionar la pandemia.
“Primero que ‘enjuiciar’, no puede. Quien lo hace es el fiscal, que acusa el delito [ante el Poder Judicial]. Lo que sí podría hacer es denunciar. Podría denunciar, por ejemplo, a algunos exministros o a responsables identificados. Pero también está la discusión de que, primero, se identifique la base de la denuncia. Para que ‘no hacer nada’ u omitir actos configure delito tendría que tratarse de una omisión dolosa. Y eso tiene que responder a indicios razonables. La mera negligencia, incluso, tampoco es necesariamente sancionable. Se tendría que evaluar y eso no asegura un proceso”, dijo Carrión.
El abogado añadió que el mecanismo de denuncia podría darse a través de la procuraduría, pero recordó que dicha institución goza de autonomía. Por tanto, un presidente de la República no puede emplazarla a emprender una acción de este tipo.
Adicionalmente, ambos especialistas coincidieron en indicar que Daniel Urresti no tiene necesidad de llegar a la Presidencia para recién denunciar a funcionarios o exfuncionarios que considere responsables de las pérdidas humanas en pandemia. De hecho, podría hacerlo ahora, como ciudadano en campaña.
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