El presidente Martín Vizcarra anunció la declaratoria del Estado de Emergencia Nacional por 15 días. (Foto: GEC)
El presidente Martín Vizcarra anunció la declaratoria del Estado de Emergencia Nacional por 15 días. (Foto: GEC)
/ NUCLEO-FOTOGRAFIA > PIKO TAMASHIRO
Redacción EC

El último 15 de marzo, el presidente anunció el aislamiento social obligatorio por 15 días en todo el territorio nacional, a fin de prevenir la propagación del brote de (COVID-19) en el país, que aumentó a 71 casos en las últimas horas.

En su , el mandatario detalló quiénes podrán transitar por las vías de uso público durante el estado de emergencia nacional: las personas dedicadas a la prestación y acceso a servicios y bienes esenciales como, adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, lo que incluye su almacenamiento y distribución para la venta al público.

Asimismo, aquellas encargadas de la adquisición, producción y abastecimiento de productos farmacéuticos y de primera necesidad; los que den asistencia a centros de servicios y establecimientos de salud, así como en los centros de diagnósticos en caso de emergencia; así como permitirles el retorno a sus lugares de residencia habitual.

Del mismo modo, podrán circular aquellas personas que brinden asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes dependientes, personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad.

También aquellos trabajadores de entidades financieras, seguros y pensiones, así como los que brinden servicios complementarios y conexos que aseguren su adecuado funcionamiento; así como los de producción y almacenamiento y venta de combustible; medios de comunicación y centrales de atención de emergencia.

Policías y militares resguardan las calles de Lima para hacer cumplir el estado de emergencia decretado por el presidente Vizcarra (Foto: Diana Marcelo / GEC)
Policías y militares resguardan las calles de Lima para hacer cumplir el estado de emergencia decretado por el presidente Vizcarra (Foto: Diana Marcelo / GEC)

“Estamos ante el riesgo de que este virus pueda extenderse en todo nuestro territorio, lo que haría más difícil aún enfrentarlo”, dijo Vizcarra tras anunciar la aprobación de un decreto supremo que declara el Estado de Emergencia Nacional debido al COVID-19.

“Hemos aprobado en el Consejo de Ministros y de manera unánime un decreto supremo que declara el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación por el coronavirus, enfatizó el jefe de Estado.

Identificarse con credenciales o fotochecks

El declaraciones a Cuarto Poder, el ministro del Interior, Carlos Morán, precisó que aunque la cuarentena entra en vigencia a las 00:00 horas de este lunes 16 de marzo, se considerará las excepciones. “Los trabajadores de salud deben ir a trabajar a los nosocomios, los policías, los militares, los trabajadores de servicios públicos (energía, telecomunicaciones) tienen que seguir brindando su trabajo”, indicó.

Para garantizar el cumplimiento de sus deberes -añadió- todos ellos podrán movilizarse identificándose con sus credenciales o fotochecks “solo por el día de mañana (lunes)”. “Los periodistas, que cumplen un deber importante de informar, las entidades bancarias, para que no se paralice el sistema financiero (también están incluidas en las excepciones)”, agregó.

VIDEOS RECOMENDADOS


Contenido sugerido

Contenido GEC