Aplicativos deberán otorgar un seguro a sus repartidores (Foto: Anthony Niño de Guzmán).
Aplicativos deberán otorgar un seguro a sus repartidores (Foto: Anthony Niño de Guzmán).

El Gobierno promulgó el sábado el Decreto Supremo 94-2020-PCM, en el que establece las modificaciones, continuidad e implementación de las nuevas medidas para frenar el avance del coronavirus en el país.

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La promulgación de la norma se da un día después de que el presidente de la República, Martín Vizcarra, anunciara la ampliación de la cuarentena por quinta vez. La medida debió acabar hoy, pero ahora se prolongará hasta el 30 de junio.

Estos son los puntos más importantes de la norma.

1. Flexibilización para el uso de vehículos particulares

Se autorizó el empleo de vehículos particulares para la compra de alimentos, medicinas y para hacer uso de los servicios financieros, siempre y cuando sea dentro del distrito de residencia y vaya una sola persona. También para el traslado de pacientes que requieran atención médica (en este caso, se autorizará que un acompañante conduzca el vehículo).

Para fines laborales, solo pueden circular los vehículos particulares previamente autorizados por el Ministerio de Defensa o el Ministerio del Interior.

La norma indica que si se detectan vehículos utilizados al margen de la norma o sin autorización, se permite “el remolque de los mismos a los depósitos que se destinen para tal efecto”.

Hasta el sábado había 3.373 fallecidos en el país por el coronavirus.
Hasta el sábado había 3.373 fallecidos en el país por el coronavirus.

2. Se mantiene el control en los mercados

Para su funcionamiento, los supermercados, mercados, establecimientos comerciales minoristas de alimentos no preparados y afines tienen permitido un aforo que no supere el 50% de su capacidad. Los usuarios debe ser desinfectados antes de ingresar a estos locales, usar mascarilla y mantener la distancia social no menor de un metro.

3. Los aplicativos no deben aceptar pago en efectivo ni firma

El Gobierno promulgó ayer la Resolución Ministerial 163-2020-PRODUCE , mediante la cual se aprobó el protocolo sanitario de operación para la entrega a domicilio (delivery).

Los lineamientos dispuestos se orientan a la vigilancia de la salud de los repartidores. Entre los aspectos a incluir se encuentran el establecimiento de la nómina de repartidores independientes, así como de personal del servicio de seguridad y salud en el trabajo de cada empresa.

De forma específica, la titular del Produce, Rocío Barrios, resaltó que todos los servicios sin excepción se brindarán a domicilio. De este modo, rubros como, peluquería, librería, ferretería, entre otros, podrán iniciar sus actividades siempre y cuando acaten esta medida.

En opinión de Saúl Flores, subgerente de Relaciones Laborales de Rímac Seguros, lo anunciado desde el Ejecutivo son medidas “prácticas”, dada la necesidad de proteger la salud de los trabajadores y garantizar la continuidad de la cadena productiva.

La resolución destaca que las aplicaciones tendrán la obligación de deshabilitar el método de pago en efectivo y la firma en el aplicativo del repartidor para validar el cobro de la orden.

Asimismo, se considera que solo los comercios que se encuentren permitidos de operar por parte del Estado serán los únicos que podrán trabajar mediante estas aplicaciones. A su vez, las empresas podrán limitar la cobertura de reparto de sus comercios aliados y el ingreso de pedidos para evitar la aglomeración.

4. Aplicativos deberán brindar seguro privado

Los aplicativos brindarán un seguro privado a los repartidores que los protegerá del COVID-19, otorgando 90 días de cobertura.

En este punto, se consideró la indemnización por fallecimiento y la orientación médica telefónica las 24 horas. También contarán con un fondo de asistencia para dar ayuda financiera a quienes se les diagnostique con COVID-19.

Dicho fondo brindará un monto de dinero a los repartidores diagnosticados con este enfermedad, como soporte durante el tiempo en el que no van a prestar servicios, debido a su recuperación.

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¿Qué es el COVID-19?

La covid-19 es la enfermedad infecciosa que fue descubierta en Wuhan (China) en diciembre de 2019, a raíz del brote del virus que empezó a acabar con la vida de gran cantidad de personas.

El Comité Internacional de Taxonomía de Virus designó el nombre de este nuevo coronavirus como SARS-CoV-2.

¿Cuáles son los síntomas del nuevo coronavirus?

Entre los síntomas más comunes del covid-19 están: fiebre, cansancio y tos seca, aunque en algunos pacientes se ha detectado dolor corporal, congestión nasal, rinorrea, dolor de garganta y diarrea. Estos malestares pueden ser leves o presentarse de forma gradual; sin embargo, existen casos en los que la gente se infecta, pero no desarrolla ningún síntoma, precisó la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Además, la entidad dio a conocer que el 80 % de personas que adquieren la enfermedad se recupera sin llevar un tratamiento especial, 1 de cada 6 casos desarrolla una enfermedad grave y tiene dificultad para respirar, la gente mayor y quienes padecen afecciones médicas subyacentes (hipertensión arterial, problemas cardiacos o diabetes) tienen más probabilidades de desarrollar una enfermedad grave y que solo el 2 % de los que contrajeron el virus murieron.

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