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Reinfo: el riesgo de un retroceso
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Estas líneas buscan sustentar ante el pleno del Congreso y, en última instancia, ante la Presidencia de la República, cómo debe redefinirse y gravarse una actividad como la minería informal, particularmente la del oro, que hoy opera con altos márgenes y escasa supervisión.
Para ello proponemos acciones siguiendo la secuencia de la cadena productiva: desde la extracción del mineral, su posterior procesamiento y, finalmente, su exportación.
El punto de partida es el Reinfo, que nació como un mecanismo temporal para que mineros en proceso de formalización pudieran operar mientras completaban sus obligaciones. En los hechos, el Reinfo se ha convertido en un salvoconducto que permite extraer mineral, dado que los habilita a adquirir explosivos sin fiscalización ambiental, laboral ni tributaria.
La reciente exclusión de 50.000 mineros informales que tenían inscripciones en el Reinfo fue un acto administrativo riguroso, con arreglo a ley y con derecho a apelación. Tras la depuración, permanecen vigentes 30.000 mineros en el Reinfo. La pretensión de reinstalar a los 50.000 excluidos o, peor aún, de limitar la facultad del Minem de continuar con el proceso de depuración, sería un retroceso inconstitucional.
En este punto, que es donde se inicia la cadena productiva, el Estado debe instaurar una política efectiva de trazabilidad mediante un sistema obligatorio de registro que obligue a los proveedores de insumos –explosivos y combustibles– y de equipos críticos –grupos electrógenos y maquinaria pesada– a realizar únicamente ventas responsables y verificadas.
Un segundo eslabón en la cadena de producción aurífera informal son las plantas de beneficio, que se alimentan de mineral obtenido por operadores con inscripciones en el Reinfo. La mayoría de estas plantas ha obtenido su licencia de operación en los gobiernos regionales, declarándose de pequeña escala (menor a 350 toneladas métricas por día), con lo cual se eximen de obtener su licencia ambiental a través del Senace y de la posterior fiscalización a cargo del OEFA y el Osinergmin. Sin embargo, estas se ubican en espacios costeros y cerca de zonas urbanas, y cuentan con depósitos de relaves cianurados; por ende, gestionan aguas industriales tóxicas. No existe una autoridad técnica regional capaz de supervisar el diseño, construcción y posterior fiscalización periódica. Por la magnitud de los riesgos, estas plantas deben pasar a un régimen de regulación y fiscalización nacional.
Finalmente, un tercer eslabón clave es la exportación, realizada por las mismas plantas de beneficio y en otros casos por ‘traders’. En este punto, el Estado debería establecer un gravamen extraordinario a toda producción metálica exportada proveniente de operaciones del Reinfo. Estos recursos permitirían financiar la lucha contra la minería ilegal y sus redes criminales e incrementar la capacidad de fiscalización. Dado que se trata de una actividad de alta rentabilidad y escasos controles, este gravamen corregiría una inequidad evidente.
Nuestro país no puede retroceder en lo ya alcanzado en formalización minera; más bien, debe seguir avanzando hacia una minería a pequeña escala y artesanal, sostenible y responsable. Y ello exige dejar de generar incentivos que permiten que algunos lucren sin ética a lo largo de la cadena productiva, amparados por el manto gris del Reinfo.
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