El juez Raúl Justiniano Romero, del Octavo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Corte Superior Nacional Especializada, admitió la constitución de la Procuraduría Anticorrupción como tercero civil en el proceso que se le sigue a la exprimera dama Lilia Paredes, Yenifer Paredes -cuñada del expresidente Pedro Castillo- y otros, por el Caso Anguía.
A través de una resolución judicial del 1 de agosto último, el magistrado consideró que la defensa del Estado cumplió con los requisitos formales para ser legitimada como actor civil en el proceso.
Según el documento, al que accedió El Comercio, el magistrado también dio por cumplido el señalamiento de la reparación civil provisional estimada en casi S/6 millones por concepto de “daño civil” causado por los ilícitos penales, la cual deberá ser pagada de manera solidaria por los investigados en este proceso.
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“Tener como pretensión resarcitoria planteada por la Procuraduría Pública Especializada en delitos de Lavado de Activos; la suma de S/ 5′943.004 la cual se dirige contra los investigados Yenifer Noelia Paredes Navarro y otros, quien de ser hallados responsables deberán realizar el pago de forma solidaria a favor del Estado Peruano”, indicó el juez Justiniano Romero en su documento.
En este caso se encuentran comprendidos Lilia Paredes, Yenifer Paredes, José Nenil Medina Guerrero (exalcalde de Anguía), David Alfonso Paredes Navarro, Walter Enrique Paredes Navarro, Hugo Jhony Espino Lucana, Anggi Estefani Espino Lucana, Cesar Cabrera Castillo (exalcade de Chadín), Víctor Raul Culqui Puerta (exalcalde de Chachapoyas); así como las personas jurídicas JJM Espino Ingenieria & Construccion SAC y Destcon Ingenieros & Arquitectos SAC.
Todos ellos vienen siendo procesados por los presuntos delitos contra la administración pública -en la modalidad de colusión agravada- organización criminal y lavado de activos en agravio del Estado.
Argumentos del pedido
Para lograr el reconocimiento como actor civil en el proceso judicial, la procuradora anticorrupción adjunta Yudith Villegas postuló que los presuntos actos ilícitos cometidos por los 11 investigados habrían generado un daño patrimonial y extrapatrimonial al Estado.
Y es que, para el presente caso, la procuradora señaló que los investigados han “causado una lesión a los intereses y buena imagen institucional del Estado”. Lesión que, si bien es cierto, no puede cuantificarse con exactitud, puede estimarse de manera justa, razonable y proporcional con los hechos ilícitos efectuados por los investigados.
Siendo así, se explicaron algunos criterios como la gravedad del ilícito cometido, la modalidad delictiva, la ventaja conseguida o sumas indebidamente percibidas por el funcionarios, donde se persigue que al final del juicio de responsabilidad civil, el demandado no haya podido obtener ningún beneficio de su actividad y, por el contrario, asuma una responsabilidad igual o mayor a la ventaja que quiso obtener.
También se debe tener en cuenta, indicó, la posición o grado de jerarquía que ocupaba el funcionario al momento de cometer los ilícitos. Y, junto a ello, el impacto público del delito cometido, relacionado a que, a mayor difusión y publicación del ilícito cometido en contra del Estado, mayor será también el incremento de la percepción negativa del público en desmedro de la institucionalidad estatal.
“En este caso se aprecia la presencia del factor dolo en la medida que la conducta incriminada a los imputados, quienes han realizado su accionar con pleno conocimiento y de forma voluntaria”, indicó la procuradora.
Por ello, respecto al daño patrimonial se recordó que la investigación y los actuados dentro de la Carpeta Fiscal N° 002-2022, los investigados habrían concertado para realizar, asesorar, ejecutar y obtener, diversas licitaciones públicas a favor de municipios, conjuntamente con la participación de altos funcionarios de Estado, como el exministro de Vivienda y Construcción, Geiner Alvarado López.
Siendo las obras afectadas en proceso de investigación Hecho Anguía (Sistema de agua potable e instalación de saneamiento básico en Anguía-Chota-Cajamarca), Hecho Cajatambo (Recuperación de la infraestructura y equipamiento de la Institución Educativa n°20984-2 y Santiago Antunez de Mayolo, Distrito de Gorgor-Cajatambo-Lima), Hecho Chachapoyas (Expediente técnico de proyecto de saneamiento) y el Hecho Chadín (Expediente técnico para el servicio de agua en los Caseríos Succha, Chontas y La Palma).
- Otorgamiento de la buena pro – procedimiento de selección adjudicación simplificada D.U. N° 102-2021 N° 008-2021-MDA/CS-BASES INTEGRADA; resultando adjudicado el Consorcio IECONS, teniendo como representante común a Ronel Yuner Solis Arquinigo, por el monto de obra S/ 3 ́098 263.13, suscrito el 25 de noviembre de 2021.
- Otorgamiento de la buena pro – Procedimiento de contratación pública especial para reconstrucción por cambio N° 004-2021-MPC/CS-126 (primera convocatoria) Resultando adjudicado el Consorcio Gorgor, teniendo como representante legal a Teodoro Alexander Lino Quiche, por el monto de obra S/ 3 ́876 061.73, suscrito el día 16 de setiembre de 2022.
- Elaboración del Expediente Técnico del Proyecto Mejoramiento, Ampliación del Servicio de Agua Potable y Saneamiento Básico de los Caseríos Succha, Chontas y La Palma.
- Colusión en la elaboración del expediente técnico de proyecto de saneamiento por identificar, de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas.
Y, sobre el daño extrapatrimonial referido a la afectación en el funcionamiento de la administración pública debido al delito de colusión agravada; además del quebrantamiento a la paz pública y el orden interno respecto del delito de organización criminal; y el menoscabo del orden socioeconómico y la licitud de los bienes que circulan en el mercado vinculados al delitos de lavado de activos.
Monto podría elevarse
Cabe precisar que, según la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, siguiendo los criterios anteriores se puede determinar un aproximado de la reparación civil vinculada al daño “extrapatrimonial”, dejando a salvo el monto que se generaría por daño “patrimonial”.
Ello, teniendo en cuenta que el caso aún se encuentra en investigación preparatoria; y que a la fecha está pendiente la emisión del informe pericial contable financiero respecto al daño patrimonial ocasionado al Estado.
Por ello, la defensa jurídica del Estado dejó a salvo su derecho de postular un monto “patrimonial” si, en el transcurso de la investigación, se identifica a los probables responsables y el monto del perjuicio patrimonial (de establecerse).
“Sin perjuicio de lo anterior, resulta relevante señalar que nuestra pretensión definitiva se precisará en la etapa intermedia, cuando contemos con todos los elementos que la sustenten, entre ellos, las pericias contables financieras que determinarán cuál fue el monto real del perjuicio patrimonial que habría sufrido el Estado Peruano como consecuencia de haber concertado y direccionado los procesos de contratación a favor de particulares interesados ilícitamente; los cuales serán ofrecidos como medios de prueba al absolver el traslado de la futura acusación fiscal.”
PROCURADURÍA ANTICORRUPCIÓN
Las imputaciones
Según la tesis fiscal, los implicados formarían parte de una organización criminal que habría liderado el expresidente Pedro Castillo, en el estamento público, aprovechando su cargo y la designación de personajes afines.
Estas habrían cometido diversos actos de corrupción en instituciones públicas como el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, a cargo del exministro Geiner Alvarado.
Es por ello que, en el caso de la ex primera dama Lilia Paredes, aprovechando su posición de poder dentro del aparato estatal al tener la condición de esposa del primer mandatario de la Nación y primera dama de la República, cumpliría la función de “coordinadora” de la organización criminal, para viabilizar, financiar y dar celeridad a los proyectos de inversión pública referentes a la ejecución de obras en las diferentes entidades de los gobiernos subnacionales, a través de su hermana Yenifer Noelia Paredes Navarro, con conocimiento y venia de su esposo, el expresidente de la República.
La presunta lobbista, como es señalada Yenifer Paredes, se habría encargado de buscar y captar alcaldes de las diferentes localidades del país para ofrecerles la viabilidad y celeridad para el financiamiento de sus proyectos de obras públicas, entre ellos, proyectos de saneamiento. De esta manera, se habría asegurado de que la Organización Criminal pueda contar con empresas de fachada que se encarguen de la formulación del expediente técnico y posterior ejecución de la obra, valiéndose de su posición de poder como hermana de la exprimera dama e hija de cariño del exmandatario.
Junta a estas, también se ha identificado a José Nenil Medina como el “operador”, los hermanos David y Walter Paredes Navarro -cuñados de Pedro Castillo- como los “testaferros”, al igual que los empresarios Hugo y Angie Espino; y finalmente, los exalcaldes César Castillo Cabrera y Víctor Culqui.
Todos ellos habrían cumplido diversos roles en el presunto pacto criminal que habría implicado la entrega de dinero del Estado, en algunos casos; y otros, pactos a futuro.