El pleno del Congreso aprobó el dictamen de la Comisión de Constitución que establece el concurso público de méritos como único mecanismo de elección de los magistrados del Tribunal Constitucional. A la fecha, seis de los siete integrantes de la institución tienen su mandato vencido desde hace más de un año.
El textocon el nuevo mecanismo de elección fue aprobado con 112 votos a favor y 14 en contra. La única bancada que se opuso fue Fuerza Popular.
El presidente de la comisión, Omar Chehade (Alianza para el Progreso, Lima), destacó la transparencia del proceso y el consenso alcanzado luego de analizar 10 proyectos de ley.
El texto también recoge puntos de la propuesta presentada por el presidente Martín Vizcarra el pasado 30 de setiembre del 2019. Aquel día, el jefe de Estado disolvió el Congreso luego de que se rechazara poner al debate la iniciativa y se procediera con la elección -por invitación- de Gonzalo Ortiz de Zevallos como magistrado del TC.
Este nuevo periodo dejó sin efecto tal elección que había quedado entrampada luego de que no se resolviera un pedido de reconsideración a la votación.
Cambios introducidos
En el debate del pleno se retiró el apartado donde se estipulaba que las sesiones de la comisión -encargada de la selección- contaba con la presencia como veedores del Defensor del Pueblo, el presidente de la Junta Nacional de Justicia y el Contralor General de la República. Este punto fue cambiado luego de que los titulares de los tres organismos remitieran oficios a la presidencia del Congreso indicando que no podrían realizar esa labor porque no existía el marco legal para tal fin.
La modificación especificó que las sesiones solo contarán con la presencia, en calidad de observadores, de los representantes de la Junta Nacional de Justicia, de la Contraloría y de la Defensoria del Pueblo.
En tanto, el Tribunal Constitucional se había pronunciado el jueves en contra del punto que plantea que -cuando el mandato de varios magistrados concluya simultáneamente- la renovación comience por el de mayor antigüedad y, por ello, pidió al Congreso de la República que, en resguardo “de su autonomía e independencia”, sea la propia institución la que -en ese escenario- defina el orden. Sin embargo, sobre este tema no se realizó modificaciones.
El nuevo mecanismo de elección por concurso de méritos establece que la lista de candidatos al TC debe publicarse en el diario oficial El Peruano, en el portal del Congreso, así como en un medio de circulación nacional. La lista incluirá la hoja de vida de los aspirantes.
Los candidatos, además, presentaran una declaración jurada de rentas y una declaración jurada de intereses. Mientras que la comisión deberá incluir el criterio de “igualdad y no discriminación”.
El texto estipula que no podrán postular las personas que hayan sido objeto de investigación preparatoria o que registren una condena penal por delito doloso.
El proceso de elección de magistrados del TC, según lo aprobado en el pleno |
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La Comisión Especial de Selección estará integrada por un representante de cada grupo parlamentario. |
La Comisión Especial publica en el diario oficial El Peruano, en la página web del Congreso y en un diario de circulación nacional, la convocatoria para el concurso público de méritos. |
En un plazo de 10 días hábiles, se podrán formular tachas por parte de los ciudadanos, las cuales deben estar debidamente motivadas y acompañadas de prueba documental. |
Las tachas son resueltas por la Comisión Especial en un plazo máximo de 10 días hábiles. Las decisiones son inapelables. |
Resueltas las tachas, la Comisión Especial cita en un plazo no mayor a tres días hábiles a los candidatos para la entrevista personal sobre su trayectoria personal, académica y profesional, así como su posición sobre temas de relevancia nacional y compromiso con el sistema democrático e idoneidad moral para el cargo. |
La Comisión Especial selecciona a los candidatos garantizando el principio de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, a través de procedimientos transparentes, imparciales y de meritocracia. Para tal efecto, el reglamento del Concurso Público de Méritos establece los criterios de evaluación y el porcentaje asignado a cada uno de ellos. |
Concluida la selección, la Comisión Especial publica el listado de candidatos aptos y convoca al Pleno del Congreso de la República, para que en un plazo no inferior a cinco días hábiles proceda a elegir a los magistrados por votación individual y en el orden de calificación obtenida durante la evaluación. |
Si concluidos los cómputos de los votos en el pleno del Congreso, no se logra cubrir las plazas vacantes, la Comisión Especial procede, en un plazo máximo de cinco días hábiles, a formular sucesivas propuestas en base al cuadro de méritos, hasta que se cubran las plazas vacantes. De no cubrirse las plazas vacantes, con el cuadro de méritos de la primera convocatoria, se iniciará una nueva convocatoria con la finalidad de cubrir dichas vacantes. |
Las sesiones de la Comisión Especial son públicas. |
La Contraloría General de la República recibe la Declaración de ingresos, bienes y rentas, así como de la declaración jurada para la gestión de conflicto de intereses de los candidatos, y pone la información de conocimiento de la Comisión Especial antes de la entrevista personal. |
En caso que el mandato de varios magistrados concluya simultáneamente, la renovación de los miembros del Tribunal Constitucional se realizará mediante el reemplazo del magistrado con la mayor antigüedad en su designación o, en su defecto, el magistrado que tenga mayor antigüedad de la colegiatura. |
Proceso público y transparente
En la sustentación, Chehade destacó la urgencia de aprobar esta fórmula recordando que seis de los siete magistrados tienen vencido el mandato desde junio del 2019.
“Este procedimiento requiere ser público y transparente. Es necesario también que los candidatos presenten declaraciones juradas de bienes y rentas y sus declaraciones juradas de intereses”, refirió.
El legislador Carlos Mesía (Fuerza Popular, Lima), quien ha sido magistrado del Tribunal Constitucional, advirtió que la meritocracia debe estar combinada con la voluntad política.
“El proyecto dice que se pone al debate del pleno la lista basada en el orden de mérito, pero si el primero no logra los 87 votos, se pasa al segundo y así sucesivamente. Entonces ya no es un concurso de méritos y los buenos profesionales no se van a presentar, no van a estar dispuestos a pasar por un concurso de méritos para después ser baloteados en en pleno, el cual decide que, a pesar de tener las mejores calificaciones, no lo vota porque no tiene su simpatía”, sostuvo.
En la misma línea se expresó el legislador Carlos Almerí (Podemos, Lima Provincias), quien además calificó como un “contrasentido” incluir el criterio de paridad en la elección de magistrados. Juan Carlos Oyola (Acción Popular, Ica) fue otro de los congresistas que pidió eliminar el criterio de paridad.
“Creo que algunos no entienden ciertos conceptos. Paridad implica igualdad y si hay 7 magistrados sería genial que Chehade sustente como es eso de una paridad dispar. Eso que parece un trabalenguas es lo que se propone y se quiere aprobar”, agregó Diethell Columbus (Fuerza Popular, Lima). Tras esto, Chehade cambió la redacción de la fórmula legal y retiró la palabra “paridad” y la reemplazó por la “igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres”.
Por su parte, Mirtha Vásquez (Frente Amplio, Cajamarca) pidió que se establezcan medidas para la promoción de candidatura colegiadas, a las cuales se les atribuyan una puntuación especial. Mientras que María Retamozo (Frepap, Lima) calificó como un acierto que se elimine el mecanismo de elección por invitación, el cual funcionó hasta el 30 de setiembre del 2019, cuando fue disuelto el periodo anterior.