La Comisión de Constitución del Congreso de la República aprobó un predictamen que cambia la forma en la que se elige al presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Este texto deberá ser debatido en el pleno y por tratarse de una reforma de la Carta Magna requiere de ser aprobada en dos legislaturas con votación calificada.
La propuesta busca cambiar el artículo 179 de la Constitución, referido a la composición del pleno del JNE, entre otros temas, en lo que referido a cómo se elige al presidente de la institución.
Actualmente, el referido artículo de la Carta Magna establece el máximo cargo del Jurado es ocupado por el representante de la Corte Suprema, quien es elegido por esta en votación secreta entre sus magistrados jubilados o en actividad. Con esto, en la práctica, es la Corte Suprema quien elige al presidente del JNE.
MIRA: López Aliaga, Forsyth, Urresti, Combina y otros: ¿Cómo se perfilan las candidaturas para Lima?
El texto aprobado elimina lo anterior y establece que “el presidente del Jurado Nacional de Elecciones es elegido por mayoría simple de los votos de sus miembros titulares conforme a su ley orgánica”. Con esto, cualquiera de los cinco miembros del Pleno podría ser la cabeza de la institución.
Esta modificación fue planteada durante la sesión de la Comisión de Constitución de este martes por el congresista Alejandro Muñante (Renovación Popular). A su criterio, esto contribuiría a democratizar el Pleno del JNE, en particular a partir de que la reforma incluye que los cincos miembros cumplan los mismos requisitos que para ser un magistrado de la Corte Suprema.
Sesión donde se debatió y votó la propuesta
“Resulta lógico que sea entre ellos, los miembros del JNE, los que elijan a su presidente. ¿Por qué tendría que, por defecto, venir un presidente ya de una institución? Pareciera que fuera una dependencia de otro órgano del Estado. Deberíamos dotar de mayor autonomía al JNE para que tome sus decisiones. Además, esto podría dar paso a que un especialista en materia electoral pueda ser elegido presidente del jurado y no necesariamente un juez”, expresó Muñante.
Durante la sesión, la iniciativa obtuvo el respaldo de legisladores como Alejandro Cavero (Avanza País), José Elías (Podemos Perú) y Wilson Soto (Acción Popular), bajo argumentos similares. Por su parte, Waldemar Cerrón (Perú Libre) y Edgard Raymundo (Juntos por el Perú) la cuestionaron y dijeron que debía darse más argumentos o un mayor debate.
El texto aprobado también busca modificar la Constitución en otros puntos, el que actualmente establece que uno de los miembros del Pleno del JNE es “elegido en votación secreta por el Colegio de Abogados de Lima, entre sus miembros”.
La reforma plantea que sea “elegido mediante sufragio universal, directo y secreto por los miembros hábiles de todos los Colegios de Abogados del Perú, en elecciones a cargo de la Oficina Nacional de Procesos Electorales en coordinación con los organismos electorales, de acuerdo con sus funciones legales”.
Esta propuesta, que también fue planteada por el Poder Ejecutivo, obtuvo mayor consenso entre los integrantes de la Comisión de Constitución. Por su parte, el congresista Elías propuso que los miembros del JNE no pueda ser reelectos, iniciativa que también fue recogida en el texto sustitutorio aprobado.
Tras el debate, las propuestas de Muñante y la de Elías se incluyeron en el texto, que inicialmente solo abordaba la elección el representante del Colegio de Abogados. Fue aprobado con 11 votos a favor, entre ellos los de la presidenta de la comisión, Patricia Juárez; 2 en contra de Adriana Tudela (Avanza País) y Cerrón; y la abstención de Raymundo.
Texto sustitutorio aprobado
Especialistas critican la medida
Fernando Tuesta, politólogo de la Pontificia Universidad Católica y especialista en temas electorales, advirtió que lo aprobado sobre la elección del presidente del JNE es “un error”. En diálogo con El Comercio, puntualizó que el representante de la Corte Suprema es “el único miembro del Pleno del JNE que tiene experiencia en impartir justicia”.
“Hemos visto transitar a lo largo de los años representantes de diferentes instancias, que corresponden a los que van a integrar el JNE, y la gran mayoría desconocía el derecho electoral. Esto es básico, sobre todo porque se tiene que impartir justicia en poco tiempo”, exclamó.
Tuesta consideró que, si se quiere hacer una reforma, esta debería apuntar a que los miembros del JNE sean elegidos por la Junta Nacional de Justicia (JNJ), además del representante de la Corte Suprema, tomando en cuenta el conocimiento sobre temas electorales. “No se puede ir al jurado a aprender”, afirmó.
“Quien debe seguir encabezando es el representante de la Corte Suprema. En todo caso, si no quieren eso, que todos los miembros sean elegidos por la JNJ y allí sí, entre esos miembros, escoger al más capacitado. No se puede estar eligiendo al presidente de un organismo de esta naturaleza cada año, por ejemplo, no creo que es lo mejor”, agregó.
José Naupari, abogado especialista en temas electorales, consideró que este cambio es “innecesario” y que podría generar problemas por “temas de orden práctico”.
“¿Va a ser una elección anual o por todo el periodo? Si es por todo el periodo, ¿cómo determinas ello? Porque no se ha previsto, a mi juicio positivamente, que los miembros del jurado arranquen todos en el mismo momento”, aseveró.
Advirtió que los representantes de la Corte Suprema y la Fiscalía en el JNE vuelven a sus instituciones tras su periodo, y que su labor en el ente electoral puede ser materia de evaluación para temas relacionados a su ratificación; lo que no ocurre con los otros miembros. “Además, los miembros del jurado, como tal, no tienen antejuicio ni juicio político; pero en el caso de un fiscal supremo y un juez supremo, sí”, añadió.
“En todo caso, habría que esperar en qué está pensando la Comisión de Constitución cuando dice que esto se va a regular con la ley orgánica [del JNE] (…) No está estableciendo periodo, en qué momento se va a dar. Ese tipo de temas generan un nivel de imprecisión que harían que, más que contraproducente, sería materialmente impracticable o difícil de regular”, comentó.
También destacó que, al provenir del Poder Judicial, el representante de la Corte Suprema tiene experiencia en dirigir un despacho jurisdiccional. “O bien debe quedarse como está ahora o las reglas de la elección deben entrar en la Constitución y no a nivel de ley orgánica (…) Es una reforma, a mi juicio, materialmente impracticable”, expresó.
Por su parte, el abogado José Tello señaló como “interesante” la propuesta, pero consideró que el texto de la reforma debería ser más preciso sobre cuánto tiempo ejercerá el cargo quien sea elegido presidente y que esto no se debería dejar a lo que contenga la ley orgánica del ente.
“La norma debería ser más expresa, porque podría generar interpretaciones distintas”, afirmó.
A la fecha, el representante de la Corte Suprema ocupa la presidencia durante los cuatro años que integra el Pleno del JNE. Se prevé que el actual presidente, Jorge Luis Salas Arenas, esté en el puesto hasta noviembre del 2024.
Tello cree que sí debería haber una rotación en la presidencia, pero con un mecanismo claro. Además, opinó que lo ideal sería que la gestión duré dos años. Sin embargo, insistió en que esto debería definirse explícitamente en el texto de la reforma.
El especialista en temas electorales anticipó que el Poder Judicial se opondrá a esta modificación y consideró difícil que llegue a ser aprobada en el Congreso. Además, indicó que la otra reforma, la referida a la elección del representante de los abogados, es positiva. “O esa propuesta [la de la presidencia del JNE] se cae, o prospera lo del Colegio de Abogados y se cae este punto en particular”, opinó.
VIDEO RECOMENDADO
TE PUEDE INTERESAR
- El ranking legislativo: ¿quiénes son los congresistas de mejor y peor desempeño en la primera legislatura?
- Luis Durán, presidente del Partido Morado: “Este gobierno está repitiendo todos los errores de la vieja política” | Entrevista
- Fiscal de la Nación inicia investigación preliminar contra el presidente Castillo
- Pedro Castillo: los anuncios improvisados y efectistas del presidente | LÍNEA DE TIEMPO
Contenido sugerido
Contenido GEC