Forsyth podrá apelar ante el pleno del JNE la decisión de excluirlo. (Foto: Andina)
Forsyth podrá apelar ante el pleno del JNE la decisión de excluirlo. (Foto: Andina)
Redacción EC

El candidato presidencial de , , fue excluido en primera instancia del proceso electoral por el Jurado Electoral Especial Lima Centro 1. La decisión del organismo también deja fuera de carrera a los integrantes de su plancha presidencial y Jorge Chávez.

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Según la Resolución 00520-2021-JEE-LIC1/, el candidato presidencial omitió declarar ingresos y empresas en su declaración jurada de hoja de vida, que presentó para participar en las elecciones generales.

El documento señala que George Forsyth, en el rubro de rentas del sector privado, no consignó ningún ingreso correspondiente al 2019 y que este posteriormente pidió en su descargo rellenar la información de dicho rubro en una anotación marginal y consignar la suma de S/53.595.

La resolución también indica que Forsyth no declaró su participación en una serie de empresas.

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“Este colegiado estima pertinente precisar que, si bien es cierto que dos de las ocho empresas en las que el candidato es tenedor de acciones se encuentran temporalmente suspendidas a efectos tributarios; sin embargo, ello no implica que necesariamente ya no sigan desarrollando actividades económicas o propias del rubro comercial al que pertenecen y por ende puedan generar renta”, indica el jurado especial.

Esta resolución podrá ser apelada ante el Jurado Nacional de Elecciones, que resolverá en forma definitiva el caso.

Situación complicada

José Tello, experto en derecho electoral, consideró que la situación de George Forsyth es “complicada” al existir antecedentes en los que el JNE confirma resoluciones del JEE por omisión de rentas privadas.

“Constituye una causal de exclusión expresa en la ley electoral y hay que tener en cuenta que el JNE ya se ha pronunciado en casos similares, y confirmó la exclusión, debería ser una línea similar si es que mantiene sus criterios”, sostuvo.

Añadió que el JNE “debidamente motivado” también podría tener una postura distinta a los anteriores casos en los que determinó la exclusión de candidatos, “siempre y cuando la apelación desvirtúe los hechos”.

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