El Quinto Juzgado Constitucional de Lima, a cargo del juez Jorge Ramírez Niño de Guzmán, rechazó otros dos pedidos planteados por la defensa legal de Patricia Benavides, suspendida por la Junta Nacional de Justicia (JNJ) como fiscal de la Nación el pasado 6 de diciembre, con lo que suman ahora cinco los recursos y pedidos presentados a su favor que han sido desestimados en la vía constitucional en apenas un mes. Sin embargo, su abogado adelantó que impugnarán las decisiones.
Juan Peña, quien ejerce la defensa legal de la extitular del Ministerio Público, confirmó a El Comercio que se han presentado a lo largo de las últimas semanas hasta tres recursos de amparo ante juzgados constitucionales de Lima a favor de Benavides y, en cada uno de esos expedientes abiertos, también se presentaron de forma adicional medidas cautelares en lo que se resuelve el tema de fondo.
Ya a mediados de diciembre, el Quinto Juzgado Constitucional admitió a trámite una demanda de amparo presentada a favor de Benavides en contra del proceso disciplinario inmediato que se inició en su contra en la JNJ, aunque se fijó como fecha de audiencia el próximo 6 de marzo. Ese expediente sigue su curso y la audiencia tiene previsto llevarse a cabo.
EXPEDIENTE | TIPO | JUZGADO | RESOLUCIÓN |
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07339-2023-0-1801-JR-DC-05 | ACCIÓN DE AMPARO | Quinto Juzgado Constitucional | ADMITE Y FIJA AUDIENCIA PARA MARZO |
07339-2023-70-1801-JR-DC-05 | MEDIDA CAUTELAR | Quinto Juzgado Constitucional | INADMISIBLE |
07339-2023-0-1801-JR-DC-05 | PEDIDO PARA ADELANTAR AUDIENCIA | Quinto Juzgado Constitucional | IMPROCEDENTE |
07774-2023-0-1801-JR-DC-05 | ACCIÓN DE AMPARO | Quinto Juzgado Constitucional | IMPROCEDENTE |
07774-2023-71-1801-JR-DC-05 | MEDIDA CAUTELAR | Quinto Juzgado Constitucional | IMPROCEDENTE |
07840-2023-0-1801-JR-DC-03 | ACCIÓN DE AMPARO | Tercer Juzgado Constitucional | INADMISIBLE |
07840-2023-11-1801-JR-DC-03 | MEDIDA CAUTELAR | Tercer Juzgado Constitucional | PENDIENTE DE REVISAR |
*Son los recursos que se han planteado en el marco del proceso disciplinario de la JNJ que terminó con su suspensión. |
Un rosario de amparos
Sin embargo, también se han presentado otra serie de recursos cuestionando las decisiones que fue adoptando la JNJ desde que decidió abrir el procedimiento administrativo. Ayer jueves se conoció que el juez Jorge Ramírez rechazó la medida cautelar presentada respecto a ese primer expediente y, en otra resolución, desestimó un pedido presentado por la defensa para que se adelante la fecha de audiencia.
Respecto al primer punto, el juzgado advierte que habría “similitud” en los recursos planteados en esa y en otras judicaturas, lo que —remarca— podría llevar a pronunciamientos “contradictorios” de parte de los juzgados, por lo que optó por declarar inadmisible la solicitud de medida cautelar.
Y sobre el pedido para adelantar la fecha de audiencia, el juzgado sostiene que se fijó audiencia en marzo debido a que ya se tenía programadas sesiones y, además, que del 1 de febrero al 1 de marzo corren las vacaciones judiciales del 2024 tanto para jueces como para el personal auxiliar. “En ese sentido, lo solicitado por la demandante debe ser desestimado”, se indica en la resolución.
Estos dos reveses de Benavides se suman a otra decisión previa también del Quinto Juzgado Constitucional —difundida el último martes— en donde ya se advertía que habría “duplicidad” y “otros procesos con el mismo petitorio” tanto en ese como en otros juzgados, por lo que se optó por declarar improcedente otro amparo planteado a favor de Benavides y, en consecuencia, también la respetiva medida cautelar.
“Se advierte que se ha presentado la misma demanda (misma pretensión y mismas partes procesales) en este órgano jurisdiccional (...) entre otros [juzgados], evidenciando duplicidad de la presente demanda en otros procesos judiciales”, se indica en la resolución del juez Jorge Ramírez.
Ante ello, el magistrado también dispuso oficiar a otros dos juzgados informando de su decisión “por aparente duplicidad de demanda” y que “de confirmarse ello, procedan estos contra el abogado en virtud de sus facultades”.
Uno de los juzgados informados es justamente el Tercer Juzgado Constitucional, en donde se presentó otro de los tres amparos (en este último ya se cuestiona la decisión final de la JNJ de suspenderla provisionalmente), el cual ha sido declarado inadmisible también por advertirse otros expedientes similares en otros juzgados y se ha pedido a la defensa de Benavides que aclare su pedido.
También se notificó al Sexto Juzgado Constitucional, aunque este juzgado tiene a su cargo el expediente de amparo —y medida cautelar— por las investigaciones que se inició hace unos meses al interior de la JNJ contra Benavides por su tesis y otros, antes de la Operación Valkiria V.
Niega que exista duplicidad
El abogado de Benavides, Juan Peña, negó que se haya incurrido en una duplicidad de demandas, al indicar que se presentó “tres recursos de amparo por hechos distintos”; es decir, desde que se decidió iniciar el procedimiento contra la extitular del Ministerio Público hasta que se adoptó la medida de suspensión provisional como parte de una medida cautelar, y que “no es que hayamos ruleteado la misma demanda” en juzgados diferentes.
“Primero ante la apertura [del proceso] planteamos el primer amparo. El segundo amparo es porque presentamos un recurso de inhibición ante la JNJ y, en lugar de contestarnos, nos mandan una fecha de vista de la causa. Se lleva la audiencia sin que nos hayan respondido la solicitud de inhibición, con lo cual nos generan un agravio también. Y el tercer amparo ha sido ante la suspensión”, dijo Peña en diálogo con El Comercio.
Así, el abogado dijo, al ser cuestionamientos a resoluciones distintas dadas por la JNJ, los resultados de los recursos presentados también serían diferentes, por lo que a su juicio no habría “pronunciamientos contradictorios”, como advirtió el juzgado.
Ante ello, adelantó que van a subsanar las dos resoluciones que declaran como inadmisible sus recursos (la medida cautelar ante el Quinto Juzgado Constitucional y la acción de amparo ante el Tercer Juzgado Constitucional), y que ya presentaron una apelación a la decisión del Quinto Juzgado que declaró improcedente la segunda acción de amparo pues —insistió— consideran que “son actos totalmente distintos”.
Además, en la vía constitucional, Peña también indicó que han presentado un habeas corpus en contra del Equipo Especial por un supuesto “seguimiento y las diligencias” que habrían iniciado sobre su patrocinada; y cuya decisión debería de conocerse en las próximas horas.
Implicancias
En diálogo con este Diario, el exprocurador Antonio Maldonado indicó que, de confirmarse que existió una duplicidad de demandas, correspondería que los otros juzgados declaren improcedentes los otros recursos que podrían haberse presentado a favor de Benavides y que no se pronuncien sobre el tema, independientemente que se tomen otras acciones contra el abogado que las presentó.
Incidió en que una acción de amparo es una acción de garantía constitucional que es “de las más importantes acciones legales que un abogado puede patrocinar” porque “lo que está señalando es que una determinada autoridad ha vulnerado una norma constitucional” que protege derechos fundamentales. Por ello, subrayó que no debería de haber una distorsión respecto a su uso.