

El Poder Judicial evaluó las apelaciones presentadas por Rafael Vela Barba y José Domingo Pérez, así como del Ministerio Público, en la investigación que se les sigue por el presunto delito de cohecho pasivo específico por las acusaciones que hizo Jaime Villanueva en sus testimonios.
La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, encabezada por César San Martín, realizó la sesión virtual donde, en primer lugar, atendió el sobreseimiento que hizo la fiscalía a su apelación presentada contra la decisión que, en primera instancia, le dio la razón a Rafael Vela y le permitió ejercer su derecho de autodefensa y así poder participar en los interrogatorios a Villanueva y otros investigados.
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Vela Barba, coordinador del equipo especial Lava Jato, participó en la sesión para recordar que el 12 de diciembre del 2024, el despacho de Alcides Chinchay, a cargo de estas investigaciones, determinó que transcurrieron ocho meses por lo que correspondía concluir con la investigación.
“La pretensión impugnatoria establecía, dentro deus consecuencias congruentes al pedido originario de tutela de derecha, la posibilidad de declarar la nulidad de una declaración testimonial programada en su oportunidad por un testigo, el señor Jaime Villanueva, que desde la perspectiva de la defensa había generado una absoluta indefensión”, resaltó Vela.
En ese sentido, tanto Vela como el Ministerio Público estuvieron de acuerdo con el desestimiento de la apelación de la fiscalía.
Donde la fiscalía sí confirmó su pedido de apelación fue en el caso de José Domingo Pérez, al indicar que la resolución que le permitió ejercer su autodefensa no estuvo bien argumentado y habría permitido la presencia del fiscal en los interrogatorios sin tomar en cuenta que podía afectar la espontaneidad de los investigados por una posible “intimidación”, algo que habría reportado Jaime Villanueva al finalizar una de las diligencias.
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En respuesta, el abogado de Pérez Gómez cuestionó el sentido del riesgo de la intimidación. “¿Cuál sería la intimidación? ¿De repente una posición de superioridad? ¿La sola presencia de este fiscal que ahora quiere ejercer su defensa puede intimidarlo o una presión sicológica por la presencia del fiscal ejerciendo su autodefensa? Consideramos que esto no tiene un asidero constitucional ni legal”, advirtió.
Al concluir las dos sesiones, San Martín aseguró que las causas quedaban al voto y que las resolverían inmediatamente.
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