En un fallo en mayoría, la Corte Suprema Federal de Brasil le dio la razón a la expareja presidencial Ollanta Humala y Nadine Heredia y dispuso que la justicia de dicho país entregue toda la información y testimonios de los colaboradores eficaces que han declarado para su proceso judicial que se sigue en el Perú por el Caso Lava Jato.
Según información publicada por el Supremo Tribunal de Brasil, el Segundo Panel del Tribunal Federal Supremo (STF), le otorgó a Ollanta Humala y a su esposa, Nadine Alarcón, acceso a los acuerdos de colaboración firmados entre el Ministerio Público Federal (MPF) y Odebrecht, dentro del alcance de la operación Lava-Jato.
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Como se recuerda, parte de la investigación contra Humala y Heredia, se fundamenta en la presunta recepción de dinero ilícito de la empresa Odebrecht ascendente a US$3 millones, para financiar su campaña electoral en 2011.
La base de la investigación que sigue la fiscalía son documentos entregados por la constructora brasileña, así como sus exfuncionarios. Por tanto, se resolvió que puedan acceder a toda la información vinculada a ambos investigados, así como las declaraciones brindadas por Marcelo Odebrecht, Jorge Barata, Luiz Mameri y Valdemir Pereira Garreta.
De acuerdo al comunicado de la justicia brasileña, la decisión fue tomada el último martes en una sesión por videconferencia. Se dispuso que la defensa de la expareja presidencial tenga acceso solo los documentos en los que se mencionan a los dos, excluyendo los actos de investigación y las diligencias debidas aún en curso. Esto incluye las declaraciones de los colaboradores brasileños a fin de que tengan una amplia defensa.
Hace dos años, la defensa de Humala y Heredia, inició un proceso ante la justicia brasileña que inicialmente les negó el pedido, por decisión del ministro Edson Fachin –que hizo de juez de primera instancia-alegando que todos los documentos en Brasil debían mantenerse en reserva hasta la conclusión del acuerdo de colaboración.
No obstante, la defensa interpuso una apelación que fue analizada por el tribunal supremo.
-Argumentos-
En la audiencia del martes, el ministro Edson Fachin reiteró sus motivos para rechazar la solicitud. Según dijo, la información requerida es confidencial, que, por regla general, dura hasta la conclusión de un acuerdo de colaboración con autoridades extranjeras.
El tribunal informó que para Fachin, no corresponde al Poder Judicial brasileño proteger la regularidad de la investigación que no está bajo su jurisdicción. El intercambio eventual de esta evidencia para su uso en un proceso pendiente en Perú, en su opinión, requeriría la admisión probatoria del estado extranjero.
Mientras que, según el voto del ministro Gilmar Mendes - que fue el que prevaleció en la decisión- los elementos esenciales para la defensa en el proceso pendiente en Perú pueden no haber sido compartidos por el Ministerio Público Federal de Brasil, “lo que ofende los principios constitucionales del adversario y la defensa general”.
Según la comunicación oficial de la Corte Suprema, el ministro hizo hincapié en que no se trata de "retención de información o mala fe" por parte del MPF. Sin embargo, es posible que solo se compartiera el material que, en la evaluación del MPF, era de interés para las autoridades peruanas.
Por tanto, a la luz de ello, la evidencia transmitida a la Fiscalía peruana podría ser ineficiente para que el expresidente y su esposa puedan defender completamente los cargos.
Además, para el ministro, dado que el contenido de las deliberaciones se produjo en Brasil, es posible que haya una selección de datos para compartir con la defensa de los investigados.
Por ello, consideró que “se debe garantizar el acceso si hay dos requisitos; uno positivo: el acto de colaboración debe apuntar a la responsabilidad penal del solicitante; y otro negativo: el acto de la colaboración no debe referirse a la diligencia que se encuentre en curso”.
“Por lo tanto, determino que el acceso al material reclamado por los agraviados debe tener lugar con el debido respeto, tanto a los requisitos positivos mencionados anteriormente (que cubren solo los documentos en los que los factores agravantes se mencionan de hecho) y con respecto al requisito negativo (excluyendo actos de investigación e investigaciones que todavía están en progreso y no han sido verificados y reportados en el investigación o acción penal en curso”, resolvieron.
-Lo presentarán como prueba-
La expareja presidencial estuvo representada por Massud, Sarcedo e Andrade Advogados. El abogado Leonardo Massud declaró al portal Consultor Jurídico que “la decisión es significativa, para restaurar el derecho de defensa en un caso de cooperación internacional que la defensa en sí no tenía acceso a los documentos.”
En el Perú, el abogado Julio Espinoza Goyena dijo a El Comercio que la decisión fue adoptada por la máxima instancia de la Justicia de Brasil, entidad similar a la Corte Suprema Peruana; y por tanto debe cumplirse.
“Lo que se pedía en concreto era que la defensa del expresidente Ollanta Humala y la exprimera dama Nadine Heredia, pueda acceder en Brasil a toda la información que se ha generado en los procesos de colaboración de Jorge Barata, Valdemir Garreta, Mameri; porque los abogados brasileños, consultando a su fuentes brasileñas, tenían conocimiento que había más información de la que llegaba vía cooperación internacional”, explicó.
Espinoza sostuvo que se trata de “información importante” que era necesaria contrastar. Ello, debido a que estaba vinculada a detalles sobre la generación de recursos de la Oficina de Operaciones Estructuradas, si ha existido algún tipo de fondo de fuente oficial o ilícito que se han manejado para campañas políticas; que no necesariamente coinciden con información que haya manejado la fiscalía peruana.
“Nosotros queríamos que oficialmente se abriera, fuera de acceso para poder emplearla en la investigación en lo que continuara el proceso (…) la resolución en Brasil se ha emitido, se está solicitando su uso oficial acá (en Perú) con su respectiva traducción para incorporarlo ¿Cómo se va a incorporar? Como ya se concluyó la investigación, se debe incorporar como prueba nueva o complementaria, ya cuando se inicie el juicio”, sostuvo.
Más allá de ello, indicó, los abogados brasileños de la expareja presidencial solicitarán la copia de los documentos oficiales ante la fiscalía de dicho país a fin de ir revisándolos.
“Lo que reclamamos es la objetividad del Ministerio Público. Si hay información, que se conzca toda la información, no solo la que la fiscalía pueda escoger; sino aquella que la defensa pueda conocer y resulte útil para esa defensa”, concluyó.
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