Las bancadas de Fuerza Popular, Renovación Popular y Avanza País presentaron este jueves una moción de vacancia en contra del presidente Pedro Castillo, quien tiene menos de cuatro meses en el cargo. La oposición considera que el profesor debe ser destituido por siete motivos, entre ellos el presunto uso ilegal de fondos públicos del Gobierno Regional de Junín a favor de Perú Libre, partido por el que postuló, en la última campaña electoral.
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El portavoz de Renovación Popular, Jorge Montoya, indicó a El Comercio que en el pleno de este jueves se dará cuenta de la moción y la votación sobre si se admite o no a debate se dará después de la semana de representación. Es decir, entre el 6 y 10 de diciembre.
La moción de vacancia tambien refiere que el jefe de Estado designó a altos funcionarios con vínculos con el terrorismo y que en la actualidad están siendo investigados por el presunto delito de apología al terrorismo, como el congresista Guido Bellido, quien estuvo al frente de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) hasta inicios de octubre.
El documento, al cual tuvo acceso este Diario, indica que durante la administración de Castillo se ha debilitado el sistema democrático al “fortalecer las relaciones con gobierno antidemocráticos”, como el de Venezuela.
Los otros motivos que llevaron a la oposición a presentar la moción de destitución contra el mandatario son el presunto tráfico de influencias en los ascensos en las Fuerzas Armadas y en la SUNAT; la generación de inestabilidad económica; el maltrato a los medios de comunicación y la negativa de Castillo de rendir cuentas a la sociedad; y la permisibilidad a la violencia contra la mujer.
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A continuación, el procedimiento que debe seguir la moción de vacancia en el Congreso:
Con la firma de 26 parlamentarios
Un pedido de vacancia contra el presidente de la República debe se formulado, según el artículo 89-A del Reglamento del Congreso, a través de una moción de orden del día firmada por no menos del 20% del número legal de congresista, es decir 26. La solicitud debe precisar “los fundamentos de hecho y de derecho en que se sustenta, así como los documentos que lo acrediten”.
La moción de vacancia presidencial tiene preferencia “en el orden del día” y debe ser vista “antes que cualquier otra moción pendiente en la agenda”.
Una vez que se recibe el pedido, una copia de este debe ser enviada, “a la mayor brevedad” al jefe de Estado.
La moción de vacancia contra Castillo, promovida por la parlamentaria Patricia Chirinos (Avanza País), cuenta con el respaldo de 28 congresistas.
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El segundo paso
La admisión a trámite de la moción de vacancia presidencial se somete a debate y se vota en la siguiente sesión a aquella en la que se dio cuenta.
Para que la solicitud de destitución sea admitida, esta requiere del voto de “por lo menos el 40%” de los congresistas hábiles, es decir, 52.
El pleno del Congreso debe acordar el día y la hora para el debate y votación del fondo del pedido de vacancia. Esta sesión no puede realizarse antes del tercer día siguiente a la votación de la admisión del pedido ni después del décimo, “salvo que cuatro quintas partes del número legal de congresistas (104) acuerdo un plazo menor o su debate y votación inmediata”.
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La defensa del presidente
El presidente de la República puede ejercer personalmente su derecho a la defensa o ser asistido por un abogado, durante la sesión en la que el pleno del Congreso debate y vota la moción de vacancia en su contra, por “hasta 60 minutos”.
¿Cuántos votos son necesarios para aprobar la vacancia?
El acuerdo que declara la vacancia de la Presidencia de la República, por la causal prevista en el inciso 2 del artículo 113 de la Constitución (entre ellos incapacidad moral permanente), requiere de una votación calificada no menor a los 2/3 del número legal de los integrantes del Congreso (87).
La resolución que declara la vacancia- de acuerdo artículo 89-A del Reglamento del Congreso- tiene que ser publicada en el diario oficial “El Peruano” dentro de las 24 horas siguientes al de la recepción de la resolución remitida por el Parlamento.
“En su defecto, el presidente del Congreso ordena que se publique en uno de los diarios de mayor circulación nacional, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar”, agrega el documento.
La resolución que declara la vacancia rige desde que se comunica al jefe de Estado, al presidente del Consejo de Ministros o se realiza su publicación, “lo que ocurra primero”.
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La sucesión constitucional
El artículo 115 de la Constitución establece que ante el “impedimento temporal o permanente” del presidente de la República, asume sus funciones el primer vicepresidente. En defecto de este, el segundo vicepresidente. Por impedimento de ambos, el presidente del Congreso. “Si el impedimento es permanente, el presidente del Congreso convoca de inmediato a elecciones”, agrega la Carta Magna.
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Vizcarra, el caso más reciente
El 9 de noviembre, cincuenta y dos días después desde que fracasara un primer intento de vacancia, el Congreso logró los votos necesarios para aprobar la destitución del entonces presidente Martín Vizcarra por incapacidad moral permanente.
Esto luego de que Vizcarra fuera sido denunciado por cuatro aspirantes a colaboradores eficaces de recibir sobornos por S/2′300.000 por las obras de Lomas de Ilo y del hospital regional de Moquegua, cuando fue gobernador de la referida localidad sureña, entre el 2011 y 2014.
La destitución de Vizcarra Cornejo fue respaldada por la mayoría de los integrantes de Acción Popular, Alianza para el Progreso (APP), Somos Perú, Podemos Perú y Frente Amplio. Fuerza Popular, Frepap y Unión por el Perú (UPP) tuvieron un voto unánime a favor, mientras que el Partido Morado fue la única agrupación que marcó en contra.
Lee aquí la moción de vacancia contra Pedro Castillo:
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