El Poder Judicial (PJ), a través del Noveno Juzgado Constitucional de Lima, rechazó el recurso de habeas corpus que interpuso Nicanor Boluarte contra el juez de Investigación Preparatoria, Richard Concepción Carhuancho, que buscaba apartarlo del Caso “Los Waykis en la Sombra”.
Sin embargo, ante el revés constitucional, Boluarte Zegarra ha interpuesto un segundo recurso que fue admitido a trámite, en el que incluye al abogado Mateo Castañeda como beneficiario.
En ambos recursos, el que acaba de ser desestimado y el nuevo habeas corpus -cuyas resoluciones judiciales obtuvo El Comercio- se cuestiona la imparcialidad del juez y solicita incluso que al apartar al magistrado del caso, el pedido de prisión preventiva se retrotraiga (regrese) hasta antes de resolverse. Es decir, anulando la orden de prisión preventiva.
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Concepción Carhuancho, cabe indicar, dictó una orden de prisión preventiva por 36 meses contra el hermano de la presidenta Dina Boluarte, quien cumple diez días prófugo de la justicia. Además, ordenó la misma medida para otros implicados, entre ellos Mateo Castañeda, exabogado de la mandataria.
Pese a los días transcurridos, el nombre del hermano de la presidenta de la República no figura en la lista de los más buscados del Ministerio del Interior.
A la fecha, aún se encuentra pendiente que se resuelva la apelación que presentó su defensa legal contra la medida coercitivas.
Según el comandante general de la PNP, Víctor Zanabria, el prófugo hermano presidencial se encontraría en el Perú, sin embargo no dio detalles para “no alertarlo”.
“Tenemos unas informaciones por fuente humana que tienen que vincularse con algo de tecnología, y esperamos orientar por ahí nuestro esfuerzo de búsqueda”, dijo en RPP.
Boluarte Zegarra, según la fiscalía, lideraría una presunta organización criminal que habría usado el aparato estatal para el nombramiento ilegal de prefectos y subprefectos en diversas regiones del país. Ello, con la finalidad de que éstos puedan facilitar la inscripción de su partido político ‘Ciudadanos por el Perú’.
El hermano de la presidenta de la República, Dina Boluarte, es sindicado por la fiscalía como el presunto líder de la red criminal "Los Waykis en la Sombra". Sobre él se dictó una orden de prisión preventiva por 36 meses; sin embargo se encuentra prófugo de la justicia desde el 19 de noviembre del 2024.
El exabogado de la presidenta de la República, Dina Boluarte, es imputado por la fiscalía como el “brazo legal” de la red criminal "Los Waykis en la Sombra". Es el único que hasta el momento viene cumpliendo con la orden de prisión preventiva, por 24 meses, que le impuso el Poder Judicial.
El exdirector de Gobierno Interior adscrito al Ministerio del Interior (Mininter), es imputado por la fiscalía de ser el encargado de realizar los nombramientos gestionados por Nicanor Boluarte y su presunta red criminal. Sobre este se dictó una orden de prisión preventiva por 36 meses y también se encuentra prófugo desde el 19 de noviembre del 2024.
La exjefa del programa Qali Warma en la Región san Martín, es sindicada por la fiscalía como la persona encargada de proponer candidatos para ocupar cargos de suprefectos en su región. También se dictó una orden de prisión preventiva por 36 meses en su contra y se encuentra prófuga de la justicia desde el 19 de noviembre del 2024.
Es sindicado como el presunto mando medio de la red criminal, quien se habría encargado de la solicitud ilícita de dinero para designar prefectos y subrefectos en la Región Cajamarca. Se dictó prisión preventiva en su contra por 36 meses el 18 de noviembre del 2024; y actualmente se encuentra prófugo de la justicia.
Junto a su hermano Jorge, es sindicado por presuntamente proponer, de manera ilegal, a subprefectos en su región y de coordinar pagos ilícitos para la designaciones. Se dictó 36 meses de prisión preventiva en su contra y se encuentra prófugo desde el 23 de noviembre del 2024.
Pedía anular la prisión preventiva antes que se dicte
En el recurso interpuesto por Nicanor Boluarte y su abogado Joseph Campos se requería al juez constitucional, además, que se anule la resolución que rechazaba su recusación, y que se declaren “nulos y/o se dejen sin efectos todos los actos emitidos por el juez Concepción que hayan privado mi libertad y/o mis derechos fundamentales, en el marco de dicho proceso”.
Es decir, si la demanda constitucional resultaba a su favor, la orden de prisión preventiva en su contra, que actualmente está vigente, se anulaba y el requerimiento fiscal debía pasar a manos de otro juez que tendría que analizar nuevamente la medida coercitivas.
Según sus argumentos, Concepción Carhuancho habría vulnerado sus derechos a un juez imparcial y al debido proceso. Ello, por haber haber empleado su imagen, durante una charla particular, para graficar a una presunta organización criminal.
Debido a que la charla se produjo cuando se había instalado la audiencia para analizar el pedido de prisión preventiva, Nicanor Boluarte Zegarra y su defensa legal consideraron que había adelantado su opinión.
Tras analizar los argumentos, el juez constitucional José Camargo concluyó que los actos cuestionados y el petitorio de Boluarte y su defensa legal contra Concepción Carhuancho no tenían “incidencia específica en el derecho a la libertad personal”.
Ello, explicó Camargo Cabezas, porque se estaban cuestionando actos procesales que no limitan la libertad personal, por lo que no correspondía efectuar el control constitucional vía un habeas corpus.
Además, precisó el magistrado constitucional, un habeas corpus contra una resolución judicial solo procede contra aquellas que imponen una restricción de la libertad personal (prisión preventiva, mandato de comparecencia restringida) o que niegan un pedido de libertad (cesación de la prisión preventiva, solicitud de beneficios penitenciarios).
Sin embargo, al momento de interponer este recurso, el pedido de prisión preventiva aún no se resolvía.
El órgano constitucional también reparó en señalar que Boluarte y su defensa legal habían ejercido su derecho de recusar al juez Concepción Carhuancho dentro del proceso penal.
“En tal orden argumentativo resulta evidente que en el caso concreto, el accionante presentó su recusación en el proceso, conforme lo señala en el punto 16 de los fundamentos de hecho de su demanda, es decir, que ha hecho uso del mecanismo procesal que le permite el ordenamiento legal, entendiendo que la recusación contra los jueces es una institución procesal que permite a las partes apartar a un juez del caso cuando existen razones justificadas, ciertas, concretas y objetivas que permitan dudar sobre su actuación imparcial.”
Finalmente, el magistrado constitucional rechazó la presunta afectación a su derecho de presunción de inocencia y derecho a la defensa, argumentando que se entiende que toda persona es considerada inocente mientras no se haya declarado judicialmente su responsabilidad y que el investigado tiene derecho a contar con una defensa particular o brindada por el Estado.
Por tanto, no se había vulnerado ningún derecho constitucional que pueda ser atendido vía un recurso de habeas corpus; y siendo ello así, resultaba declar “improcedente” el recurso interpuesto por Nicanor Boluarte.
Este recurso ha sido apelado por el abogado Campos Torres, según el documento judicial obtenido por este Diario.
Admiten a trámite segundo recurso a favor de Nicanor Boluarte e incluyen a Mateo Castañeda
Sin embargo, tras el primer revés ante la justicia constitucional, Nicanor Boluarte y su defensa legal interpusieron un segundo habeas corpus contra el juez Richard Concepcion Carhuancho.
El recurso, a favor de Nicanor Boluarte, al que accedió El Comercio, fue admitido a trámite por el juez constitucional José Camargo el 22 de noviembre e incluye como segundo beneficiario a Mateo Castañeda, exabogado de la presidenta Dina Boluarte.
La segunda demanda fue interpuesta, esta vez, por Gonzalo Alberto Tello Vildosola, quien junto a Joseph Campos también ejercen la defensa de la mandataria.
En el recurso, el prófugo y su defensa solicitan “la nulidad” de la prisión preventiva y otras resoluciones emitidas por el juez del Concepción Carhuancho.
“Se aprecia que los antes citados interponen demanda de Habeas Corpus, y como consecuencia de ello se disponga: a) La nulidad de las resoluciones restrictivas de la libertad, como mandatos de prisión preventiva, que emita el Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, Richard Concepción Carhuancho, en contra de los beneficiarios, Nicanor Boluarte y Mateo Castañeda; toda vez que vulneran su libertad personal como consecuencia de haber violado el debido proceso en su vertiente del principio de imparcialidad.”
También insistieron en que el juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional sea apartado de la investigación y/o proceso penal seguido contra Nicanor Boluarte y Mateo Castañeda y se retrotraiga el proceso hasta antes de resolverse el pedido de prisión preventiva para que sea un magistrado distinto quien los resuelva.
Así como declaren nulos y/o se dejen sin efectos las órdenes de captura así como todos los actos emitidos por el Juez Concepción Carhuancho que han privado la libertad y/o los derechos fundamentales de los favorecidos, en el marco de dicho proceso.”
Pedido de Nicanor Boluarte y su defensa, según resolución judicial
Tras admitir la demanda a trámite, el juez Camargo Cabezas dispuso correr traslado de la misma a la Procuraduría Pública del Poder Judicial, a fin que en el término del tercer día de notificada la resolución, conteste la demanda.
Joseph Campos, abogado de Nicanor Boluarte, en la demanda constitucional, confirmó a El Comercio haber presentado la apelación respecto del primer habeas corpus.
Al respecto, señaló que se denegó el recurso porque al momento de interponerlo no se había emitido la resolución de prisión preventiva.
“El recurso fue planteado antes de la prisión preventiva, pero hemos apelado”, dijo.
De otro lado, señaló que por ello, presentaron un segundo recurso de habeas corpus a favor de Nicanor Boluarte y Mateo Castañeda, después de haberse dictado la orden de prisión preventiva.
“Hemos planteado otro recurso de habeas corpus a favor del señor Boluarte y Mateo Castañeda por dos situaciones; por falta de imparcialidad y vulneración. El juez ya tiene antecedente, porque la Sala le anuló y revocó su decisión cuando dictó la orden de detención.”