
Escucha la noticia

Vladimir Cerrón, Odebrecht, José Luna, Ollanta Humala: ¿Qué casos de extinción de dominio serían archivados debido a la sentencia del TC?
Resumen generado por Inteligencia Artificial
Accede a esta función exclusiva
Resume las noticias y mantente informado sin interrupciones.
Tras el fallo del Tribunal Constitucional (TC), que ordena archivar todos los procesos de extinción de dominio que constituyan hechos anteriores a la vigencia del Decreto Legislativo 1337, el Ministerio Público (MP) alzó la voz para advertir los graves efectos que conllevaría la referida decisión del máximo órgano de interpretación constitucional.
Newsletter Mientras Tanto

Héctor Villalobos analiza a fondo los hechos políticos que definen la agenda, cada miércoles.
El coordinador nacional de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio del Ministerio Público (MP), Mirko Cano Gamero, informó que la sentencia emitida por el TC afectaría a los casos que se procesan en los 26 despachos de Extinción de Dominio que tiene el MP a nivel nacional.
La sentencia del TC, indicó, “ataca” las raíces y genera “daños” al subsistema de Extinción de Dominio, puesto que afecta sobre todo a los casos denominados “emblemáticos”.
MIRA: La postura de Gustavo Petro genera rechazo unánime en el Perú: la historia y las claves del impasse por la isla Santa Rosa
Solo en Lima, de acuerdo a cifras del Ministerio Público (MP), serían 762 casos en investigación preliminar y procesos judicializados, donde se busca extinguir bienes productos de presuntos actos ilícitos, los que pasarían al archivo.
Este sería el efecto de la sentencia que declara inconstitucional los incisos 2.1 y 2.5 del artículo II del Título Preliminar del Decreto Legislativo 1373 sobre Extinción de Dominio, donde el TC ordena archivar y devolver los bienes, “ipso facto”, de aquellos procesos que se iniciaron antes de febrero del 2019, año en que entró en vigencia el citado DL.
Como se recuerda, si bien el DL 1373 fue publicado en agosto del 2018, su reglamento recién fue promulgado a través del Decreto Supremo n° 007-2019-JUS el 1 de febrero del 2019.

El Estado no podrá recuperar más de 1.200 millones como efecto de la sentencia del TC
De acuerdo al fiscal Mirko Cano Gamero, si la sentencia del TC se aplica “a rajatabla” solo en Lima, los seis despachos de extinción de dominio que procesan diversos casos emblemáticos, que implican bienes cuyos orígenes se presumen ilícitos, serían los principales afectados.
Señaló que de los casos que se manejan en el subsistema de extinción, menos del 1% estarían afectando bienes de terceras personas, mientras que en más del 90% de los casos se investigan bienes que fueron instrumento del delito.
En consecuencia, las investigaciones y procesos de Extinción de Dominio contra el prófugo Vladimir Cerrón, los congresistas José Luna Gálvez y José Arriola, bienes vinculados a Odebrecht, del cabecilla terrorista Florindo Eleuterio Flores Hala, alias “Artemio”; el exasesor presidencial Vladimir Montesinos, el expresidente Ollanta Humala, del exasesor fiscal Jaime Villanueva y otros, serían archivados en los próximos días por la aplicación de la reciente sentencia emitida por el Tribunal Constitucional (TC).
Por ello, discrepó de la sentencia emitida por el TC, puesto que la misma, dijo, no precisa, explica o muestra los casos de afectación de derechos de terceros, que supuestamente usó como argumento para señalar la inconstitucionalidad de algunos puntos del DL de extinción.
Gamero expresó que, no obstante ello, era respetuoso de la sentencia del TC. “En realidad no se ha vulnerado derechos de terceros, porque no está en la sentencia, en qué casos se ha vulnerado. Se habla que se ha protegido derechos de personas que no estarían involucradas, pero como vuelvo a repetir, solo el 1%. Entonces, a qué terceros o de buena fe, que nos diga los nombres, se han perjudicado con la ley de Extinción de dominio”, cuestionó el fiscal.
Por el contrario, advirtió que las fiscalías de extinción de dominio, durante los seis años que han venido funcionando, han trabajado atacando organizaciones criminales cuyos bienes de procedencia ilícita se han ido comprobado.
“Después de analizar, en base a esta sentencia del Tribunal Constitucional, los casos archivados por aplicación de la sentencia son 762 en Lima. Esto es, los que se encuentran en trámite en investigación preliminar y los que se encuentran judicializados con demandas de extinción de dominio. El monto estimado, estamos hablando aproximadamente de 1.202 millones de soles que el Estado no podrá recuperar producto de sentencia."
Mirko Cano Gamero, coordinador de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio
Finalmente, el fiscal coordinado dijo esperar que ahora, el Poder Judicial (PJ) tendrá que analizar caso por caso, si es que la sentencia del TC se debería aplicar. Ello, agregó, puesto que el artículo 204 de la Constitución señala que la sentencia del TC que declara la inconstitucionalidad de una norma, no tiene efecto retroactivo.
En todo caso, dijo esperar que si el PJ termina por archivar los procesos de extinción que provengan, por ejemplo de procesos de lavado de activos y de corrupción, las fiscalías especializadas en dichos ámbitos realicen las incautaciones respectivas a fin de que los bienes no sean devueltos a los implicados.
Además, anunció que solicitarán una aclaración de la sentencia al TC respecto a la aplicación de la misma.
“En la demanda que presentó el señor Defensor del Pueblo, no se acompañó, por ejemplo, un dato estadístico de cuáles serían los casos en el cual se habría afectado a terceros. No existe un estudio de los casos o ciertos casos donde se habría afectado a terceros, por tanto, al no tener ese dato no podríamos decir cuál es el daño del DL 1373. Por el contrario, esta sentencia afecta gravemente a las investigaciones que tenemos en los casos emblemáticos”
Roger Solano Yauri, fiscal adjunto superior especializado en Extinción de Dominio
“La Constitución prevé que los bienes tiene que ser usados conforme al bien común, entiéndase la función social (…) Esta permisión necesitaba de una consecuencia jurídica, y esto la preveía el ordenamiento de extinción de dominio (..) Lo que no puede darse, es que yo me desentienda del uso que se le da a mi propiedad y que solo me interese la función económica de la misma”.
Carlos Salas Butinza, fiscal superior especializado en Extinción de Dominio
¿Cuáles son los casos emblemáticos que serían archivados por la sentencia del TC?
Según lo informado por la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio del Ministerio Público (MP), solo como ejemplo, más de 15 casos que implican a personajes públicos y casos emblemáticos que actualmente están judicializados pasarían al archivo.
Dichos casos, representarían un pérdida total de S/ 310′341,964 para el Estado Peruano.
Sin embargo, existen otros casos que se encuentran en investigación o calificación que superan los 30 casos, que también implican bienes y montos de dinero.
El prófugo líder de Perú Libre (PL), Vladimir Cerrón, sería uno de los principales beneficiados por la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la ley de Extinción de Dominio.
El proceso de Cerrón Rojas implicaba la extinción o recuperación para el Estado Peruano, las sumas dinerarias de S/1’236,543.30 y S/376,969.13, que ya habían sido extinguidas en un proceso judicial. Esto, deberá ser devuelto en caso no haya otra orden de incautación sobre los mismos bienes pecuniarios en los procesos por presunto lavado de activos o corrupción que afronta en la actualidad.

De acuerdo al reporte del Ministerio Público, existe 33 casos vinculados a los actos de corrupción de la empresa Odebrecht que también tendrían que ser archivados y los bienes incautados tendrían que ser devueltos a sus propietarios por efecto de la sentencia del Tribunal Constitucional. Todos los casos juntos ascenderían a un monto de S/ 880’407,483.00.
Entre estos casos se encuentran investigaciones vinculadas a la exalcaldesa Susana Villarán, el expresidente Alejandro Toledo, el expresidente Pedro Pablo Kuczynski, el exdirector de Odebrecht en Perú, Jorge Barata; entre otros implicados en el megacaso de corrupción transnacional.

Entre los casos que también pasarían al archivo, de acuerdo a la fiscalía, estaría la investigación que se sigue sobre los bienes del congresista de Podemos Perú (PP), José Luna Gálvez, a razón del proceso de extinción de dominio por presuntamente haber usado sus bienes, como la universidad de Telesup, para realizar pagos de dinero a los exintegrantes del desactivado Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) para que intervengan en la elección del exjefe de la ONPE, Adolfo Castillo Meza, y lograr la inscripción de su partido político PP. El monto que perdería el Estado ascendería a los S/7'400,000.00 millones.

El proceso de extinción de dominio contra los montos dinerarios del congresista José Arriola Tueros, sería otro de los casos que podrían archivarse. Se trata de S/33,570.00 mil y US$ 71,950.00 mil, que habían sido incautados dentro del proceso de extinción, puesto que habrían provenido de presuntos actos de corrupción originados en el caso "Los Niños", que habrían actuado durante el gobierno del vacado Pedro Castillo.

Dentro de la lista de los casos de extinción de dominio que podrían quedar en el archivo, se encuentra la investigación instaurada en contra de los bienes del expresidente Ollanta Humala, sentenciado el pasado mes de abril a 15 años de cárcel, por el delito de lavado de activos a través de sus campañas electorales en el 2006 y 2011. En este caso, el monto de los bienes ascendería a S/740,000.00, de acuerdo a la fiscalía de extinción de dominio.

El Ministerio Público también dio a conocer que existe un proceso de extinción de dominio sobre los bienes de Jaime Villanueva, exasesor de la exfiscal de la Nación Patricia Benavides, que también podría pasar al archivo. De acuerdo a las fiscalías de extinción de dominio la suma implicada y que no se podría recuperar ascendería a S/1’095,632.00.

Más casos emblemáticos que podrían ser archivados:







Casos que se encuentran en investigación o calificación emblemáticos sobre extinción de dominio que también serían archivados por la sentencia del TC:














