El Estado peruano informó que el Bono de Reconocimiento se entregará a todos los ciudadanos que se cambiaron del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) (D.L. N° 19990) al Sistema Privado de Pensiones (SPP). Si fuiste uno de los que optaron por dejar el SNP para afiliarte al SPP, puedes solicitar este bono del Estado siempre que cuentes con alguno de los siguientes requisitos.
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REQUISITOS PARA ACCEDER AL BONO DE RECONOCIMIENTO
Antes de tu incorporación al SPP, debes haber aportado 4 años (48 unidades de aporte) al SNP, ya sea de manera consecutiva o no. Debes haber aportado al SNP durante las siguientes fechas:
- Bono 1992: entre el 6 de diciembre de 1982 y el 5 de diciembre de 1992.
- Bono 1996: entre el 1 de enero de 1987 y el 31 de diciembre de 1996. En este caso se requiere que la afiliación al SPP se haya producido entre el 6 de noviembre de 1996 y el 31 de diciembre de 1997.
- Bono 2001: entre el 1 de enero de 1992 y el 31 de diciembre de 2001.
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¿CÓMO ACCEDER AL BONO DE RECONOCIMIENTO?
- Para poder acceder el Bono de Reconocimiento, debes solicitarlo ante la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) a la que perteneces, quienes cuentan con un plazo de 60 días para revisar tu solicitud de emisión del bono y enviarla a la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
- Tu AFP será la encargada de brindarte la información precisa sobre el estado y posibles problemas encontrados en tu solicitud del bono.
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TIEMPO DE PAGO DEL BONO DE RECONOCIMIENTO
El momento de pago depende de la situación previsional particular en la que te encuentres al momento de presentar tu solicitud:
- Emisión y redención ordinaria: si la o el titular es menor de 65 años. En este caso, el bono se paga el último día hábil del bimestre anterior a aquel en el cual la o el titular cumpla la edad de jubilación legal (65 años).
- Emisión y redención simultáneas: si la o el titular tiene 65 años o más, ha fallecido o le ha sido declarada una discapacidad total permanente. En dichos casos, el Bono de Reconocimiento se pagará a lo los beneficiaros o al titular con discapacidad, dentro de los 90 días calendarios contados a partir de la presentación de la solicitud.