Por Redacción EC

Los movimientos emprendidos hacia el extranjero por parte de cada ciudadano peruano, hoy deben quedar siempre certificados y constatados en el pasaporte electrónico. En esta ocasión, los cambios aprobados por el Congreso aplican a los pasaportes emitidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Al respecto, la publicación de nueva normativa viene llamando la atención ya que mediante ella, quedan modificados los artículos 20, 21 y 22 del Decreto Legislativo 1350 a fin de actualizar denominaciones otorgadas a los diversos tipos de dicho documento de viaje.

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