La organización formada por empresarios emitió un comunicado donde rechaza el texto que no tuvo observaciones por parte del Ejecutivo. Foto: CCL
La organización formada por empresarios emitió un comunicado donde rechaza el texto que no tuvo observaciones por parte del Ejecutivo. Foto: CCL
Redacción EC

La (CCL) se mostró en contra de la ley que acaba de promulgar el Congreso de la República respecto al crimen organizado. Mediante un comunicado, le pidieron al Parlamento que corrija la norma, ya que pone en riesgo la seguridad ciudadana del país.

Para la CCL, el texto, que no fue observado por el Ejecutivo, genera graves trabas a la justicia en su lucha contra las organizaciones criminales y desalienta la iniciativa de los emprendedores y empresarios para comenzar sus negocios en suelo peruano.

La ley estipula como requisito que las organizaciones criminales controlen “la cadena de valor de un mercado o economía ilegal”, lo que significa que quedarían fuera quienes cometan delitos de extorsión, secuestro y asalto, que tienen en zozobra a la población.

Además, la norma recientemente promulgada deja fuera a 59 de los 91 delitos penales considerados graves, entre los que se encuentran el enriquecimiento ilícito, cohecho pasivo, tráfico ilícito de migrantes, tráfico de órganos, tala ilegal, entre otros.

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La CCL cuestiona que se considere como organización criminal solo a quienes cometen delitos con penas que superan los 6 años de prisión efectiva, dejando fuera a organizaciones involucradas en actos de corrupción. Si una norma anterior podía generar algún abuso, esto se puede corregir, pero no se debe ir al extremo, debilitando la lucha contra el crimen organizado”, precisan en su comunicado.

Finalmente, la Cámara de Comercio de Lima consideró que la norma carece de sustento técnico y abre un camino a la impunidad donde la delincuencia organizada, al ser una problemática trasnacional, atenta contra el crecimiento económico del país.

En tanto no se corrija la norma publicada hoy, los jueces tendrían la atribución constitucional de aplicar el control difuso, esto es que, durante un proceso, de existir incompatibilidad entre una norma constitucional y una norma legal, los jueces optarán por la primera, inaplicando según sea el caso la norma promulgada”, lamentan.

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