Editoriales de libros tienen derecho al reintegro tributario equivalente al impuesto general a las ventas. (IGV)(Foto: Hugo Pérez/GEC)
Editoriales de libros tienen derecho al reintegro tributario equivalente al impuesto general a las ventas. (IGV)(Foto: Hugo Pérez/GEC)
Redacción EC

El poder Ejecutivo la “Ley de medidas estratégicas y disposiciones económicas y tributarias para el fortalecimiento y posicionamiento del ecosistema del libro y de la lectura” (), norma que complementa la Ley del libro (), aprobada el 2020.

La norma, previamente aprobada en el Congreso de la República, se aplica a todas las personas naturales y personas jurídicas involucradas en la creación, la producción y la circulación del libro y productos editoriales afines.

La principal disposición se encuentra en su capítulo IV (Disposiciones económicas y tributarias) el cual establece la exoneración del impuesto general a las ventas (IGV) a la importación o venta en el país de libros y productos editoriales afines.

LEE TAMBIÉN | Tai Loy tras su ingreso a Bolivia: “Para el 2026 estaremos, definitivamente, en un país más”

Señala que las editoriales de libros tienen derecho al reintegro tributario equivalente al impuesto general a las ventas (IGV) consignado separadamente en los comprobantes de pago correspondientes a sus adquisiciones e importaciones de bienes de capital, materia prima, insumos, servicios de preprensa electrónica y servicios gráficos destinados a la producción de libros y productos editoriales afines.

Están exonerados del impuesto a la renta (IR) las regalías que por derechos de autor perciban los autores y traductores nacionales y extranjeros, domiciliados y no domiciliados en el país.

También señala que se debe incorporar como parte de la exoneración al libro electrónico/libro digital/e-book.




Contenido sugerido

Contenido GEC