El Poder Ejecutivo ha dispuesto que todo gasto que se realice este año en el marco de la Emergencia Sanitaria o la reactivación económica se financiará con los recursos del Fondo de Estabilización Fiscal y de la Cuenta Principal del Tesoro Público.
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Según Decreto de Urgencia Nº 013-2021, publicado este jueves en el Diario Oficial El Peruano, la medida extraordinaria de financiamiento se da para mitigar los efectos adversos que pueda haber en la economía tras la expansión de la pandemia del COVID-19 por la aparición de nuevas variantes del virus.
Para ello, se ha autorizado la incorporación de hasta S/ 3,108 millones, mediante crédito suplementario, a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), con cargo a los recursos del Fondo de Estabilización Fiscal y los recursos de la cuenta principal del Tesoro Público. Este monto es proveniente de la emisión de bonos hecha por el Gobierno.
Los saldos no utilizados al 31 de diciembre de 2021 de las cuentas del Tesoro Público se revertirán a la cuenta principal del Tesoro Público o al Fondo de Estabilización Fiscal, según corresponda.
Asimismo, se ha autorizado al MEF la emisión de Documentos Cancelatorios del Tesoro Público para el pago de los tributos que se deriven de la adquisición de las vacunas contra la COVID-19.
Estos instrumentos se financiarán con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Salud (Minsa), tendrán carácter de no negociable y su caducidad se producirá a los 4 años de su emisión.
El Documento Cancelatorio es un documento valorado emitido por la Dirección General del Tesoro Público que sirve como medio de pago de los tributos administrados por el Tesoro Público.
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