Un procedimiento administrativo sancionador podría concluir con multas de hasta 450 UIT (equivalentes a S/2.407.500). Foto: GEC.
Un procedimiento administrativo sancionador podría concluir con multas de hasta 450 UIT (equivalentes a S/2.407.500). Foto: GEC.

La Comisión de Protección al Consumidor N°3 (CC3) de Indecopi inició de contra Rímac Seguros y Reaseguros, y el Banco BBVA Perú, por presuntamente haber promocionado productos y servicios a consumidores sin contar con su consentimiento para el uso de esta práctica comercial, infringiendo así el Código de Protección y Defensa del Consumidor.

La Dirección de Fiscalización de Indecopi, con el apoyo de la inteligencia artificial y la ciencia de datos, analizó más de 600.000 grabaciones de llamadas telefónicas realizadas por ambas empresas y sus centros de atención telefónica para ofrecer productos y servicios, detectando que no se acreditó el consentimiento previo, informado, expreso e inequívoco de los consumidores para recibir comunicaciones con fines promocionales.

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Maro Villalobos

Ante ello, la CC3 inició los procedimientos con el objetivo de cautelar los derechos de los consumidores.

Cabe precisar que, desde el año 2024, Indecopi viene analizando aproximadamente siete millones de audios como parte de una serie de investigaciones a empresas de los sectores bancario, seguro y telecomunicaciones.

En ese marco, ya se iniciaron procedimientos sancionadores a Pacífico Seguros y Reaseguros, y al call center Impulsa 365 S.A.C., por presuntamente haber publicitado productos y servicios a consumidores que no brindaron su consentimiento; así como a Entel Perú S.A., por no haber atendido requerimientos de información relacionados con llamadas spam.

Un procedimiento administrativo sancionador podría concluir con multas de hasta 450 UIT (equivalentes a S/2.407.500), además de medidas correctivas a favor de los consumidores afectados, conforme a lo establecido en el Código.

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